El Supremo se opone al indulto de García Ortiz: la filtración fue 'grave' y afectó a la Fiscalía

La Sala de lo Penal informa en contra de la petición de gracia y remarca que el exfiscal general no ha reconocido los hechos. La Fiscalía había apoyado la medida; ahora la decisión vuelve al Ministerio de Justicia.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha informado en contra del indulto para el ex fiscal general Álvaro García Ortiz, el mismo tribunal que lo condenó por revelacion de secretos en el conocido como caso Ayuso. En su escrito, los magistrados sostienen que no ven “razones de justicia, equidad o utilidad pública” que justifiquen una medida de gracia. La decisión, aunque preceptiva y no vinculante, supone un jarro de agua fría para quienes esperaban que el Gobierno pudiera perdonarle la pena de inhabilitación de dos años que aún pesa sobre él.

El informe de la Sala es demoledor. Los jueces califican la filtración del correo del abogado de la pareja de la presidenta madrileña como “un hecho grave que ha producido una afectación importante de la institucionalidad del ministerio público”. Y añaden que García Ortiz no ha tenido ninguna “actuación” que suponga “un reconocimiento de la vigencia de la norma y un acatamiento al orden jurídico”. Traducido: no ha pedido disculpas ni ha admitido el delito.

Lo que ha dicho el Supremo y por qué es clave

La condena que recibió el ex fiscal general en su día fue de dos años de inhabilitación, una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros al comisionista Alberto González Amador. Además, el tribunal le impuso las costas del procedimiento, que ascendieron a 39.000 euros más. Ahora, el mismo órgano judicial considera que el indulto no procede porque la gravedad del delito justifica que se ejecute la pena, por “escasa” que sea su duración.

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El revés judicial es especialmente significativo porque la propia Fiscalía había informado a favor de la concesión del indulto –al menos parcial– para que la inhabilitación que le quedaba por cumplir fuera conmutada. La Teniente Fiscal del Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, que ya pidió su absolución durante el juicio, firmó un documento en el que aseguraba que “la condena ha generado consecuencias extrapenales desproporcionadas”. Pero el tribunal no ha compartido ese criterio.

La Sala deja claro que el indulto no es un derecho automático: exige que quien lo solicita demuestre una utilidad pública y que el condenado haya reconocido la ilegalidad.

Una división que va más allá del caso particular

El caso ha generado una fractura en la propia Sala de lo Penal. De los cinco magistrados que firmaron la condena original, dos –Susana Polo y Ana Ferrer– votaron en contra del fallo y a favor de la absolución. Sin embargo, en el informe sobre el indulto, la magistrada Polo aparece firmando la oposición al perdón, mientras que Ferrer se encuentra de baja y no participa. Esta circunstancia subraya la división de criterios que ha marcado todo el proceso.

El Supremo ya se ha pronunciado en contra del perdón en otros casos de alto voltaje político. Durante el procés independentista, los jueces también rechazaron los indultos solicitados, y el Gobierno acabó concediéndolos pese al criterio adverso del tribunal. Ahora, con García Ortiz, el patrón se repite: si no hay arrepentimiento, la medida de gracia carece de base. La diferencia es que esta vez está en juego la imagen de la propia Fiscalía.

Aun así, el Gobierno conserva la última palabra: en los indultos del procés, el Ejecutivo se saltó el criterio adverso del Supremo invocando la “utilidad pública” para la convivencia. En esta ocasión, el argumento parece más difícil de sostener, ya que el delito no es político sino de revelación de secretos con daño institucional.

Lo que viene: recurso al Constitucional y decisión política

Pero la partida judicial no acaba aquí. García Ortiz ha recurrido ya la sentencia ante el Tribunal Constitucional, donde tanto la Abogacía del Estado como la Fiscalía defienden que se anule la condena. El tribunal de garantías tiene previsto debatir su admisión a trámite antes del parón estival de verano, lo que podría reabrir el caso si estima que se vulneraron derechos fundamentales en el juicio. Si el Constitucional admite el recurso, la inhabilitación podría quedar en suspenso hasta que se dicte una sentencia definitiva.

El siguiente paso queda ahora en manos del Ministerio de Justicia, que debe elevar la propuesta definitiva al Consejo de Ministros. La decisión final es política y, aunque el informe del Supremo no es vinculante, muy pocas veces el Gobierno se ha saltado un criterio tan contundente. Con las elecciones generales en el horizonte y el ruido mediático alrededor del caso, la pelota está en el tejado del Ejecutivo.

Mientras, García Ortiz ya ejerce en la Fiscalía de lo Social del Supremo, un destino alejado del foco pero que no apaga la controversia. El ex fiscal general mantiene que la filtración no fue obra suya, sino de alguien de su entorno, una línea que la sentencia ni descartó ni confirmó del todo.

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📌 En claves: lo que debes saber

  • Qué ha pasado: El Tribunal Supremo ha informado en contra del indulto al ex fiscal general Álvaro García Ortiz, condenado por revelación de secretos en el caso Ayuso. Considera la filtración grave y que no hay razones de justicia o equidad.
  • Por qué te importa: La decisión refuerza el criterio de que la justicia debe cumplirse incluso cuando el condenado ocupa puestos de alta responsabilidad, y marca un límite al poder del Gobierno para perdonar penas.
  • A quién afecta: Al propio García Ortiz, a la Fiscalía General y al debate sobre la independencia judicial. También a la percepción ciudadana de que ciertos casos pueden resolverse por la vía política.
  • Hacia dónde vamos: El Ministerio de Justicia decidirá si eleva el indulto al Consejo de Ministros. Mientras, el Tribunal Constitucional admitirá o no el recurso de amparo del condenado, lo que podría anular la pena.