El CSIC recomienda a sus investigadores no exagerar la importancia de los resultados científicos

El Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) recomienda evitar una serie de actuaciones en su nuevo Código de Buenas Prácticas Científicas (CBPC) a la hora de difundir y divulgar resultados científicos a los medios de comunicación.

Por ejemplo, insta a evitar «exagerar la importancia y la aplicabilidad práctica de los resultados», la omisión de «información relevante» o «circunstancias que pudieran generar confusión, crear falsas expectativas o hacer concebir la existencia de soluciones inmediatas o inexistentes».

El nuevo Código, que se ha presentado este jueves y sustituye al anterior (de 2011), dedica un capítulo a la difusión de resultados, a cómo debe prepararse esta fase y qué debe tenerse en cuenta a la hora de publicar los resultados de la investigación, con especial énfasis en las cuestiones de autoría y con recomendaciones importantes a la hora de difundirlos a través de los medios.

«Se evitará exagerar la importancia y la aplicabilidad práctica de los resultados, así como omitir información relevante, circunstancias que pudieran generar confusión, crear falsas expectativas o hacer concebir la existencia de soluciones inmediatas o inexistentes», reza el documento.

EL PERSONAL INVESTIGADOR EN LOS MEDIOS

La guía también dedica un apartado al personal investigador en los medios. Según recoge el texto, el personal del CSIC que participe en actividades de docencia, difusión y divulgación no deberá comprometer la imagen ni la credibilidad del CSIC.

Con respecto a las redes sociales, señala que la información científica que se difunda a través de ellas, así como en portales de Internet, deberá estar «contrastada, verificada, actualizada y contextualizada» como requiere la comunicación científica.

Además, se utilizará un «lenguaje accesible y aséptico, de manera que resulte inteligible por el público no especializado y se eviten distorsiones y exageraciones sensacionalistas, así como la divulgación indebida de datos de carácter personal».

Asimismo, cuando se viertan opiniones personales se enfatizará en que lo manifestado no tiene por qué reflejar la postura o criterio institucional. Precisamente, el Código recalca que el personal del CSIC no podrá arrogarse representación institucional cuando realice actividades de divulgación a título particular.

Tal y como ha asegurado el presidente del Comité de Ética del CSIC e investigador del Centro Nacional de Biotecnología (CNB-CSIC), Lluis Montoliu, que ha presentado este jueves el nuevo Código junto a la presidenta del CSIC, Rosa Menéndez, «los investigadores del CSIC, cuando exponen sus opiniones y análisis científicos sobre los temas de los que son expertos reconocidos, hablan a título personal, y no en nombre de la institución, a no ser que hayan sido invitados a ello por la propia institución».

UN DOCUMENTO PARA FOMENTAR LA CONDUCTA RESPONSABLE

El nuevo Código, que alcanza a todo su personal investigador, desarrolla los aspectos del trabajo científico, entre los que destacan los que atañen a la investigación con seres humanos, con animales y a la seguridad y la salud de los investigadores y del resto de la sociedad, así como la protección del medio ambiente.

«El nuevo Código de Buenas Prácticas Científicas del CSIC persigue fomentar la conducta responsable y la excelencia en la investigación y es de aplicación a todo el personal investigador de la institución, incluidas las personas en formación y las que desarrollan labores técnicas y de apoyo conexas a la investigación», afirma Montoliu.

El Código de Buenas Prácticas Científicas del CSIC promueve la integridad científica, y subraya valores como la honestidad, la imparcialidad o la independencia. El documento recuerda que los experimentos y observaciones deben estar cuidadosamente diseñados, con rigor e inteligencia, con el fin último de asegurar la obtención de información veraz y completa, y el mejor uso de los recursos disponibles.

El nuevo Código subraya que en las tareas de evaluación debe actuarse de forma rigurosa y se desarrolla la labor del investigador como formador y supervisor, ejerciendo liderazgo. Además, se recuerdan las obligaciones que adquieren los tutores con respecto a sus discípulos o personal investigador en formación. También se resaltan las obligaciones de estos últimos en relación con sus supervisores, el grupo y el trabajo de investigación que realizan.

El respeto a los acuerdos adoptados en cualquier colaboración científica, interna o externa, también está desarrollado en el nuevo Código, con menciones expresas a la actividad científica contratada y a las labores de asesoramiento que realizan los científicos. De igual manera, se aborda la gestión de los resultados de investigación susceptibles de protección.

CIENCIA ABIERTA E IGUALDAD DE GÉNERO

El Código también aborda las vulneraciones de la integridad científica y las malas prácticas en investigación que deben evitarse en todo momento, en especial las que revisten mayor gravedad y resultan claramente fraudulentas, como la fabricación, falsificación o plagio de resultados, entre otras. El nuevo Código también se refiere a la gestión de los conflictos de intereses, aunque están desarrollados más extensamente en el Manual de Conflictos de Intereses del CSIC.

El nuevo Código termina con una sección de compromiso institucional en la que se subraya que el objetivo de esta institución es perseguir la excelencia en el desarrollo de la investigación científica, con el compromiso de producir y comunicar resultados de la más alta calidad, además de consolidar la apuesta por la ciencia abierta.

«El CSIC se compromete a fomentar la cultura de la honestidad en el entorno científico y a promover la conducta responsable en investigación, la igualdad de oportunidades sin ningún tipo de discriminación y, en particular, la perspectiva de género en la ciencia, con acciones que permitan avanzar hacia la igualdad plena entre hombres y mujeres en la institución, con un firme compromiso por la diversidad y la inclusión», ha concluido Montoliu.