La frase «casarte te saldrá caro» tiene desde este 2025 un sentido literal, al menos si se llegan a registrar bodas por lo civil. Sí, hasta formalizar legalmente una relación puede costarte dinero, cosa que no ocurría hasta ahora, debido a la nueva ley de eficiencia de la Justicia que acaba de entrar en vigor.
La Ley Orgánica 1/2025, más conocida como ‘ley Bolaños‘, ya es una realidad, provocando un cambio inesperado que afecta de lleno a miles de parejas en España: los Juzgados de Paz ya no podrán celebrar bodas civiles.

LA ‘LEY BOLAÑOS’ DE 2025 PROVOCA UN CAMBIO EN LAS BODAS: LAS CIVILES YA NO SERÁN GRATIS
Esto supone el fin de un servicio que hasta ahora era gratuito en muchos municipios, sobre todo los pequeños, y deja la organización de matrimonios en manos de notarios y ayuntamientos, donde sí se aplica una tasa por casarse, que puede llegar hasta los 120 euros.
Como tal, el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 3 de enero de 2025 recoge la reforma que establece que los matrimonios civiles deben celebrarse preferentemente en las sedes del Registro Civil, por parte del Encargado del Registro. No obstante, se contempla que también puedan ser oficiados por el alcalde, un concejal delegado o un funcionario habilitado del ayuntamiento, siempre que así lo soliciten los contrayentes.
Este cambio desplaza en muchos casos las ceremonias desde los Juzgados de Paz, donde no solía cobrarse por celebrar bodas, hacia ayuntamientos u otros entes locales que, al ser responsables de proporcionar el servicio, pueden establecer un precio.
LOS AYUNTAMIENTOS PODRÁN ESTABLECER UN PRECIO A LAS BODAS CIVILES
Para estos precios, de igual forma, dependerá del municipio. Y es que la ley no fija tarifas ni establece un coste obligatorio. Sin embargo, al dejar en manos de los ayuntamientos la posibilidad de oficiar bodas civiles, son ellos quienes ahora pueden aplicar tasas por el uso de instalaciones, personal, o servicios adicionales como música o decoración.
Por tanto, las parejas que pretendan darse el «sí, quiero», deberán contemplar, entre todos los gastos, este nuevo añadido. La norma ha provocado descontento y desde la Federación de Municipios y Provincias (FEMP) han solicitado que se revierta la situación.

El propio ministro de Justicia indicó que enmendaría la norma antes de que entrara en funcionamiento, aunque no ha sido así. La ley comenzó a aplicarse el pasado 3 de abril, según el Ilustre Colegio de Abogacía de Madrid, por lo que ya hay que pagar para contraer matrimonio.
ENTRE 74 Y 201 EUROS EN EL PEOR DE LOS CASOS
Es así que en Madrid, por ejemplo, el impuesto municipal que se ha fijado es de 120 euros, que deberá abonarse en el momento de la inscripción previa a la ceremonia solo los sábados, en los lugares designados y mediante las autoridades competentes.
Barcelona, por su parte, ofrece este servicio de manera gratuita, aunque cobra 74,62 euros por el añadido audiovisual de la boda civil. En Sevilla, la Tasa por la Prestación del Servicio de Celebración de Matrimonios Civiles establece un precio de 116,63 euros, que deberá ser pagado con antelación para que se proceda a la presentación de la solicitud para casarse.
Para Murcia, por ejemplo, en lo que respecta a las tasas, el importe es de 201,85 euros, pudiéndose aplicar una reducción del 50% en dicha tasa en el caso de que uno de los contrayentes se encuentre en situación de demanda de empleo.
En el mejor de los casos se confía que las parejas puedan volver a casarse en los Juzgados de Paz antes del verano, a través de una enmienda de ley. Eso permitiría a los titulares de esas oficinas recuperar una de las competencias por la que son más conocidos y valorados.
Esa usurpación de funciones a los jueces de paz ha dejado en el limbo a muchas parejas que ya tenían fecha para casarse y que no preveían pagar por esa ceremonia. Pero el problema no es solo de dinero, pues muchas de ellas tienen que buscar ahora nueva fecha y nuevo escenario para el enlace.