Un juez de Avilés avala a la madre de una niña de 8 años para vacunar a su hija, frente a la oposición del padre

El Magistrado del Juzgado de Instrucción número 7 de Avilés ha dictado un Auto por el que se concede la capacidad de decisión sobre la administración de la vacuna a una menor de 8 años a su madre, a fin de que reciba la vacuna completa en las pautas que sean recomendadas por las autoridades sanitarias, frente a la oposición del padre, según informan fuentes judiciales.

Según el Auto el Magistrado ha decidido a partir de que la madre de la menor tiene la custodia de su hija, teniendo el padre el disfrute de fines de semana alternos y mitad de vacaciones.

La madre ha manifestado la necesidad de vacunar contra el Covid-19 a su hija, actualmente de 8 años, mientras que el padre se opone a ello. Así, la progenitora está vacunada y trabaja como enfermera en un centro sanitario de Gijón. Reside además con otro hijo y su actual marido, todos ellos vacunados.

En los momentos en los que por motivos de trabajo no puede estar con su hija, se ocupa de ella los abuelos maternos, también vacunados.

La niña está al día en el calendario de vacunas, sin que hubiera oposición alguna por parte de su padre a la hora de recibir tanto las vacunas obligatorias como de las voluntarias. También el padre, que reside con una compañera que está vacunada, recibió la primera dosis de la vacuna.

Fue tras recibir dicha dosis cuando afirmó «haberse puesto puso con taquicardia», motivo por el cual rechazó recibir más dosis. La abuela paterna que tiene relación con la menor también está vacunada.

El padre se opone a que su hija reciba la vacuna porque considera que la misma «no está suficientemente desarrollada para saber qué efectos secundarios con el tiempo pueden producir, y que en todo caso en los supuestos de menores no hay estudios que avalen que sea necesaria para lo mismos ante la escasa entidad de los síntomas que produce el covid en menores».

El juez considera que la vacunación de la menor no va contra el interés de la misma, «sino que se hace para evitar desarrollar una mayor gravedad en caso de infección, estando aprobaba por las autoridades sanitarias y pediatras».

Así, según recoge en el Auto el magistrado «con esa vacuna no solo se trata de conseguir una mejor respuesta inmunitaria, no obviando que los menores sí se contagian de covid y por tanto no sólo es una medida que se adopta para la seguridad de terceras personas, sino para su salud».

Siguiendo esta pauta el magistrado concede la decisión sobre la menor a la madre, al ser la principal cuidadora de la menor al tener la custodia y, además, «trabaja en el ámbito sanitario, donde el riesgo de contraer el covid es mayor que en otras profesiones ante las situaciones que debe atender y por tanto la menor tiene mayor riesgo de contraer dicha infección pues es profesión expuesta a dicho riesgo, más motivo para que la menor esté vacunada».

Recoge además el Auto que el padre tiene miedo a los efectos de la vacuna, pero su pareja y su madre han decidido vacunarse demanera completa, aun sabiendo el problema que tuvo el padrecon la primera vacuna, que no pasó de un cuadro de taquicardia y ansiedad al día siguiente de la vacuna, la cual como cualquier vacuna puede producir una reacción, pero que no debió revestir gravedad cuando su pareja y madre decidieron seguir vacunándose.