El Consejo de Estado recomienda evitar costes fiscales adicionales en la ley de residuos

El Consejo de Estado recuerda al Gobierno que, en aplicación del principio de eficiencia, las cargas administrativas incorporadas por el proyecto de ley de residuos y suelos contaminados que el Consejo de Ministros aprobará –previsiblemente– este martes, es necesario «evitar cargas innecesarias y desproporcionales al fin perseguido», especialmente en las normas ambientales, como es este caso.

El informe emitido por el Consejo de Estado el pasado 15 de abril respecto al citado proyecto de ley, subraya que aunque las normas ambientales persiguen un fin claro «imponen a los particulares, a los sectores económicos y a las Administraciones Públicas costes adicionales, diferentes de la mera carga que supone la tramitación de un procedimiento».

De ese modo, incide en que el principio de eficiencia impone también la «exigencia de evitar que dichos costes superen los necesarios y proporcionales al fin establecido».

El proyecto de ley incluye el establecimiento de un nuevo impuesto al plástico no reutilizable y la ‘armonización’ de un impuesto al depósito en vertedero así como nuevas responsabilidades a los productores y a los sistemas colectivos de gestión de residuos que aunque buscan el cumplimiento de los objetivos ambientales en esta materia, según el Consejo de Estado podrían no estar lo suficientemente justificados.

«Sería conveniente, por ello, la referencia a dicho principio de eficiencia tuviera en cuenta no únicamente las cargas administrativas sino también este aspecto, recogiendo una explicación sucinta», aconseja.

Respecto al texto, el Consejo de Estado analiza los impactos económicos y ambientales y refleja la «relevancia e intensidad» de los efectos de la norma en ambos. En concreto, el dictamen analiza algunos aspectos para advertir el impacto de la regulación para las distintas administraciones -y, en particular, las entidades locales- y para los distintos agentes, tanto en lo que hace a las necesidades de inversión como en cuanto al coste que tienen los sistemas de responsabilidad ampliada del productor.

Por otro lado, el dictamen refleja la importancia de que el legislador estudie las alternativas a las propuestas pero no de una manera formal sino que debe justificar adecuadamente las soluciones adoptadas, las ventajas que tienen frente a las opciones deschadas.

Bajo su criterio, el «importante impacto económico» que va a tener lanorma para las entidades locales, como refleja la previsión del artículo 11.3 de que las entidades locales habrán de imponer una tasa o prestación patrimonial de carácter público no tributaria para hacer frente a los gastos derivados de las competencias que les atribuye la Ley, «debiera haberse» analizado de forma «más sistemática».

Recuerda así al Gobierno que, de acuerdo con la ley, la redacción de las normas «debe ir precedida de cuantos estudios y consultas se estimen convenientes para garantizar el acierto y la legalidad de la norma». No obstante, aclara que aunque no es obligatorio sí es «sumamente aconsejable» cuando se lleva a cabo a través de una norma de rango legal el establecimiento de las bases de la ordenación de un sector como el de residuos.

«Se echa en falta», según el órgano consultivo, un «análisis más detallado y sistemátivo y sobre todo más justificativo de los aspectos más relevantes de la regulación».

FALTA DE SOLIDEZ EN LA ARGUMENTACIÓN

Explica así este órgano consultivo que si el Gobierno hubiera realizado ese estudio se habría podido justificar de forma «más robusta» las soluciones adoptadas o elegir aquellas otras que también garanticen el cumplimiento de los fines pero con un «impacto menor».

En definitiva, el dictamen reconoce que si bien la memoria recoge un análisis «suficiente» en el caso del impacto de la norma o el análisis jurídico, que en «muchos casos» es «exhaustivo», esta debería ser completada también con un análisis de las principales alternativas regulatorias asumidas.

También echa en falta «de manera más concreta» una justificación de las soluciones adoptadas en el articulado, en particular cuando se trata de reglas que tienen un impacto particularmente intenso para sus destinatarios (administraciones, agentes económicos, particulares).

Por ello, llama la atención al Ejecutivo sobre la «necesidad de llevar a cabo un estudio más pormenorizado en la memoria, en particular cuando se trata de leyes que, como la que ahora se somete a consulta, es susceptible de tener importantes impactos para los diferentes agentes. En esa línea, añade que «hubiera sido particularmente importante» un estudio previo sobre los posibles impactos económicos de la regulación.

En todo caso, subraya que «no cabe duda» de que los objetivos de la ley son ambiciosos y están en línea con los objetivos de economía circular, de lucha contra el cambio climático y, particularmente en el caso de los plásticos, de protección del medio marino. Al mismo tiempo, destaca que se alinea con los objetivos de desarrollo sostenible y que puede generar empleo.

La memoria de la ley, según reconoce el Consejo de Estado «tampoco ignora» que el texto puede suponer un «importante coste para las administraciones, para los agentes económicos y en última instancia para los particulares. En ese sentido, advierte de que será a los particulares a los que «en última instancia es previsible que se repercutan aquellos costes, ya en forma de tasas, ya como aumento del coste de los productos generadores de residuos».

«No cabe ignorar, al mismo tiempo, que la mayor ambición de los objetivos expresados, en particular cuando la situación de partida está muy alejada de su cumplimiento, puede suponer importantes cargas y costes económicos para los diferentes agentes económicos, por lo que es necesario llevar a cabo una adecuada justificación de los objetivos establecidos. Resulta, sin embargo, que la tramitación de la norma y, enparticular, la memoria, no reflejan una adecuada y suficiente justificación de tales objetivos», afea el dictamen al Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, promotor de la norma.

Otro de los aspectos que critica el dictamen del Consejo de Estado es su consideración de que a lo largo del texto se incluyen «diversas» habilitaciones para el desarrollo normativo o mandatos para la aprobación de determinados actos, con una frecuencia «acaso excesiva» a favor del titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico» y aconseja que esta potestad se reserve al Gobierno.

Por otro lado, aconseja al Gobierno que incluya una memoria con la explicación «aunque sea sintética» de las razones que justifiquen cada una de las exenciones previstas en el impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos.