La Ley de Cambio Climático prevé abordar una reforma del sector eléctrico

La futura Ley de Cambio Climático y Transición Energética, que se encuentra en la recta final de su tramitación parlamentaria, prevé la presentación en el plazo de doce meses desde su entrada en vigor de una propuesta de reforma del marco normativo del sector eléctrico.

Según consta en el último de los borradores del proyecto de la Ley, que se votará este jueves en el Congreso de los Diputados, esta propuesta de reforma, que deberá ser llevada a cabo por el Gobierno y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en ejercicio de sus respectivas competencias, deberá impulsar la participación de los consumidores en los mercados energéticos, incluida la respuesta de demanda mediante la agregación independiente, así como las inversiones en la generación de energía renovable variable y flexible y en la generación distribuida.

Además, tendrá por objetivo el impulso del almacenamiento de energía, del aprovechamiento de las redes eléctricas, el uso de la flexibilidad para su gestión y los mercados locales de energía, así como del acceso de los consumidores de energía a sus datos y de la innovación en el ámbito energético.

Por otra parte, el texto, incluye una nueva disposición adicional en la que se recoge que se constituirá un grupo de expertos para evaluar una reforma fiscal que valorará también la fiscalidad verde.

No obstante, el borrador de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética subraya que las modificaciones que se introduzcan en este ámbito irán acompasadas con la situación económica.

En lo que respecta a las instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo en comunidades de propietarios, se establece que el Gobierno propondrá la modificación en un plazo máximo de un año de la Ley de Propiedad Horizontal para facilitar y flexibilizar sus instalaciones.

DIGITALIZACIÓN PARA LA DESCARBONIZACIÓN DE LA ECONOMÍA.

Asimismo, se ha incluido un nuevo artículo en el que se fomenta el impulso por el Gobierno de la digitalización para la descarbonización de la economía, en el marco de la estrategia España Digital 2025.

Entre las acciones que se plantean en esta materia figuran las de abordar estratégicamente los retos y oportunidades que genera la incorporación de la tecnología digital al sector energético, al sector de la movilidad sostenible, a la economía circular, a la gestión del capital natural, a las redes y ciudades inteligentes y, en general, a las actividades de lucha contra el cambio climático.

Además, se deberá informar y difundir las nuevas propuestas para la reducción de emisiones de efecto invernadero de la economía digital y los nuevos modelos de negocio y emplear el potencial de nuevas tecnologías, como la Inteligencia Artificial, para transitar hacia una economía verde, por ejemplo a través del diseño de algoritmos energéticamente eficientes por diseño.

MANTIENE OBLIGACIÓN DE VEHÍCULOS CERO EMISIONES EN 2040.

En lo que respecta a los coches, y de acuerdo con la norma europea de descarbonización a 2050, este último texto de la Ley mantiene que se adoptarán las medidas necesarias para que los turismos y vehículos comerciales ligeros nuevos, excluidos los matriculados como vehículos históricos, no destinados a usos comerciales, reduzcan paulatinamente sus emisiones, de modo que no más tarde del año 2040 sean vehículos con cero emisiones establecidas conforme la normativa comunitaria.

Además, se mantiene la obligación para las ciudades de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares, de adoptar planes de movilidad urbana sostenible, no más tarde de 2023, que introduzcan medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad, incluyendo el establecimiento de zonas de bajas emisiones, así como medidas para facilitar los desplazamientos a pie, en bicicleta u otros medios de transporte activo, asociándolos con hábitos de vida saludables, o para la mejora y uso de la red de transporte público, entre otras.

FOMENTO DEL FERROCARRIL.

Por otra parte, se incluye una disposición adicional para promover por el Gobierno el uso del ferrocarril de viajeros en el ámbito de la futura Ley de movilidad sostenible y financiación del transporte público, estableciendo las medidas necesarias para su fomento frente a medios de transporte más contaminantes.

En el ámbito del transporte de mercancías, y con el fin de mejorar la eficiencia energética y la competitividad del mismo, el Gobierno establecerá, de acuerdo con lo que prevea esa Ley de movilidad sostenible y financiación del transporte público, objetivos de penetración del ferrocarril en el transporte de mercancías en distancias superiores a los 300 kilómetros.

A este respecto, se elaborará una Estrategia de impulso del transporte de mercancías por ferrocarril, en el marco de su planificación estratégica, en la que podrán tener cabida medidas que afecten a todos los ámbitos que puedan incidir en el incremento de la competitividad de este transporte.