Exteriores advirtió a la Generalitat de que puede recurrir sus ‘embajadas’

El Ministerio de Asuntos Exteriores, UE y Cooperación avaló el pasado mes de septiembre las tres últimas delegaciones de la Generalitat de Cataluña en el exterior con un informe en el que advertía expresamente de que si éstas no respetaban la ley y el orden competencial «el Estado podría intervenir con todos los medios que el ordenamiento jurídico pone a su alcance»: un conflicto de competencias ante el Tribunal Constitucional o los tribunales de lo contencioso administrativo.

La advertencia llega al final de un informe en el que Exteriores enumera una serie de conductas perjudiciales «innegablemente al interés general de España» en los meses anteriores. No obstante, el informe opina que las delegaciones de la Generalitat están teniendo «una nueva actitud», distinta a la que demostraban cuando el Ministerio informaba en contra de ellas.

A juicio de Exteriores, en 2020 las oficinas «han tenido cuidado para que su actividad no entre en colisión con los principios y las obligaciones» de la Ley de Acción Exterior, «a pesar de que el objetivo principal de la acción de Gobierno de la Generalitat siga siendo el mismo y no cese de proclamarlo», dice el informe, obtenido por Europa Press a través del Portal de Transparencia.

Sin embargo, también dice que pese a esa «nueva actitud» las delegaciones «no pueden ser ajenas totalmente a la línea directriz del Gobierno de la Generalitat». De hecho, enumera varias acciones de las oficinas que «ignoraban» al menos dos directrices de la Ley de Acción Exterior: el principio de lealtad institucional, coordinación y cooperación y el principio de servicio al interés general «de forma que toda acción exterior se oriente a la defensa de los intereses y la promoción de la imagen de España».

Recoge, por ejemplo, que las delegaciones difundieron las declaraciones de Quim Torra poniendo en duda la calidad de la democracia española en la vista para su inhabilitación y otras del ‘conseller’ Bernat Solé pidiendo al Gobierno que cumpla con la opinión del Grupo de Detenciones Arbitrarias de la ONU.

Cita también una entrevista del delegado en los Balcanes, Eric Hauck y un boletín de la delegación en Londres que decía que pese a la pandemia «las fronteras con Francia y España» siguen abiertas.

LA NEUTRALIDAD POLÍTICA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS

El informe reconoce que puede alegarse que las webs solo recogían unas declaraciones, igual que hicieron los medios, y que Hauck hacía uso de su libertad de expresión. No obstante, menciona jurisprudencia, inclusive del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) para recalcar que cabe limitar la libertad de expresión para garantizar la neutralidad política de los empleados públicos.

De hecho, el documento recoge abundante jurisprudencia para acotar cómo debe interpretarse el ámbito de actuación de las oficinas y advertir de que deben coordinar su acción con las Embajadas de España y no se contenta con reclamar a la Generalitat correcciones en la literalidad de los decretos.

Además, examina las memorias justificativas de la creación de las tres oficinas y cree que se basan en datos que, «sin ser en absoluto banales, podrían cuestionarse como fundamentos suficientemente sólidos para dicha apertura». En este caso, se trata de las oficinas en Australia, Senegal y Japón y constata que su «razón fundamental» es «extender la red de delegaciones» para «seguir reforzando la internacionalización de Cataluña».

«VIS EXPANSIVA» DE LA POLÍTICA EXTERIOR DE LA GENERALITAT

En relación con las memorias, Exteriores detectó «el uso indebido de la política exterior catalana» y además, opinó que es «casi imposible que la ‘vis expansiva’ de la acción exterior de la Generalitat no derive en un riesgo serio de solapamiento de competencias, duplicación de funciones e ineficiencia económica», pues «no consta» que las oficinas se estén «coordinando con las embajadas de España».

En este contexto, el Ministerio avaló las delegaciones con varias advertencias, empezando recalcar que la expresión «de interés general para Cataluña» que figura en las atribuciones de las delegaciones debe interpretarse en el marco de sus competencias.

Además, avisa de que, aunque no hay problemas «en la literalidad» de los decretos, «cada una de las actuaciones de las delegaciones» puede ser «analizada» desde el punto de vista del respeto de las competencias y la Ley de Acción Exterior y, en tal caso, objeto de acción ante los tribunales o el TC.

En esa línea, recuerda que hay jurisprudencia del propio TC que permite impugnar los decretos de creación de esas oficinas y, por último, recuerda la necesidad de que se coordinen con las Embajadas y Representaciones Permanentes de España.