El Juzgado de Primera Instancia número 38 de Madrid ha condenado a Renta 4 Banco a restituir a un cliente más de un millón de euros que invirtió en contratos por diferencias (CFD) en 2012.
El demandante, una pequeña constructora y su administrador, invirtió en 2012 un total de 1.049.437 euros en CFDs. En su demanda reclamó la nulidad por vicio en el consentimiento de los contratos suscritos, al no haber emitido consentimiento válido, «prestado por error», y por haber actuado Renta 4 Banco «con abuso de derecho».
Los CFDs son un producto de alto riesgo por el que un inversor y una entidad financiera acuerdan intercambiarse la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta de un determinado activo subyacente.
Pese a que el cliente es una empresa, el Juzgado concluye que se trata de un consumidor minorista, ya que «carece de conocimiento y experiencia profesional» y la actividad de la sociedad es «ajena a los productos de inversión complejos.
En su fallo, el Juzgado señala que el banco «no suministró información previa veraz y suficiente en términos comprensibles sobre las características esenciales» del producto, no facilitó información clara sobre los riesgos de apalancamiento de crédito y de tipo de cambio y no formalizó el test de idoneidad ni de conveniencia.
Además, determina que el consentimiento del cliente «fue viciado por error, porque la información aconsejando la inversión en CFDs como altamente rentable es manifiestamente no cierta y errónea».
Por ello, ha condenado a la entidad bancaria a devolver al demandante el más de un millón de euros invertido más los intereses y costas, una sentencia contra la que cabe recurso de apelación en el plazo de 20 días.
El despacho Navas & Cusí presentó a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) una queja en diciembre de 2016 sobre los CFDs, productos «altamente especulativos donde el 80% de los inversores sufren pérdidas». La CNMV, otros supervisores europeos y la ESMA han emitido notas de advertencia y tomado decisiones restrictivas, mientras que la SEC americana los tiene prohibidos.
El socio director de Navas & Cusí, Juan Ignacio Navas, cree que, en este entorno, la sentencia «puede marcar un antes y un después en la comercialización de los CFDs en España».
Según ha destacado, se trata de una sentencia muy relevante porque «evidencia la falta de transparencia con la que ha actuado Renta 4» en la comercialización de CFDs y otros productos complejos a clientes minoristas, pues «no se advierte expresamente el riesgo y se subraya exclusivamente la potencial rentabilidad».