Si te ha tocado renovar el carné de conducir con la DGT, debes saber que existen una serie de enfermedades establecidas por las que la Dirección General de Tráfico, por las que podrían decidir no renovártelo.
Uno de los requisitos para poder renovar el carné es el informe médico, el cual debe ser favorable en caso de presentar algunas de las enfermedades consideradas por la DGT en el listado de enfermedades incompatibles con la conducción.
Él informa favorable del especialista que se debe presentar para permitir una renovación o sacarse el permiso de conducción por primera vez, debe señalar que has experimentado mejoría o que te has sometido a un tratamiento para la curación.
A continuación te explicamos cuales son los grupos de enfermedades señaladas como inconciliables con la conducción en el Real Decreto 818/2009.
1El grupo de las enfermedades cardiacas

En este caso, de acuerdo a lo establecido en el reglamento, deben transcurrir como mínimo tres meses para solicitar la renovación del permiso de conducir, en el caso particular del marcapasos se debe tener al menos tres años de vigencia una vez haya pasado un mes desde la colocación. Dentro del grupo de las enfermedades cardiacas señaladas en la lista de la DGT, destacan;
- Infarto agudo al miocardio. En este caso se debe presentar un informe favorables una vez hayan transcurrido tres meses desde el suceso, para poder solicitar la renovación del permiso de conducir.
- Arritmias
- Si eres portador de una prótesis valvulares
- Si eres portador de un marcapasos
- Si eres portador de un desfibrilador automático