Adicae afirma que 芦en ning煤n momento禄 el TJUE considera el IRPH como 芦no abusivo禄

Adicae ha afirmado que 芦en ning煤n momento禄 el Tribunal de Justicia de la Uni贸n Europea (TJUE) ha considerado que la cl谩usula IRPH sea 芦no abusiva禄 y ha lamentado que 芦la banca insista en seguir tratando de limitar la eficacia de la acci贸n colectiva禄, seg煤n ha se帽alado este viernes a trav茅s de un comunicado.

Adem谩s, ha considerado que el auto del tribunal europeo sobre el IRPH ha puesto de manifiesto la 芦urgencia de corregir legislativamente los d茅ficits de la interpretaci贸n aplicada en Espa帽a al concepto de ‘transparencia en la contrataci贸n'禄.

As铆, ha destacado que la sentencia aporta como 芦煤nica novedad禄 la obligaci贸n del juez en Espa帽a a valorar si, declarada la falta de transparencia, la misma derivar铆a adem谩s en la consideraci贸n de la cl谩usula como abusiva.

芦Esta perspectiva, a cuya adopci贸n parece evidente que no han sido ajenas las actuaciones de presi贸n de Espa帽a y el sector bancario espa帽ol, se intenta traducir, por parte de los bancos implicados, en la necesidad de que cada caso sea abordado de forma individual, abocando a decenas de miles de consumidores a la reclamaci贸n individual y tratando de limitar la eficacia de la acci贸n colectiva incluso antes de la transposici贸n de la ya en vigor directiva europea sobre acciones de representaci贸n芦, seg煤n ha asegurado Adicae.

De esta forma, considera que la resoluci贸n del TJUE 芦resta efectividad禄 a la falta de transparencia, al sostener que no basta 芦aparentemente禄 para considerar una cl谩usula abusiva.

Esto implicar铆a, seg煤n la asociaci贸n, la necesidad de que se clarifique normativamente en Espa帽a el alcance y efectos del principio de 芦transparencia material禄 que en su d铆a adopt贸 el Supremo como forma de 芦evitar declarar abusivas de una vez todas las cl谩usulas suelo禄.

En este sentido, Adicae defiende que este principio no s贸lo debe evaluarse en la contrataci贸n con los consumidores, sino 芦generar efectos directos cuando se incumple禄.

En cualquier caso, se帽ala que la directiva europea que regula las cl谩usulas abusivas ya recoge que en la valoraci贸n de la abusividad de una cl谩usula deben tenerse en cuenta las circunstancias –芦tambi茅n las de car谩cter colectivo禄, afirma la asociaci贸n– relativas a la contrataci贸n, en las que la existencia o no de transparencia es 芦elemento clave禄 y de donde se deber铆a derivar ese car谩cter abusivo.

芦Entre tanto, la confusi贸n a la que se somete a los consumidores se incrementa, en el 谩nimo evidente de limitar el n煤mero de hipotecados que se lancen a reclamar unos derechos que el auto del TJUE en modo alguno les ha negado, en beneficio evidente de las entidades que comercializaron pr茅stamos con el IRPH como 铆ndice de referencia禄, ha subrayado.

Adem谩s, ha cargado contra 芦falsas asociaciones de consumidores禄 que 芦buscan aprovechar esta situaci贸n para ‘hacer negocio’ a base de emplazar a los consumidores al ‘uno por uno’ de las demandas individuales, e incluso con bases jur铆dicas deficientes, que no dan respuesta global a un abuso masivo禄.