Los políticos presos no podrán salir de prisión para hacer campaña electoral

El Tribunal Supremo ha rechazado excarcelar a los cinco presos que concurren como candidatos a las elecciones del 28 de abril. La decisión afecta a Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Sánchez, Jordi Turull y Josep Rull. El auto descarta que sus derechos de participación politica se puedan ver vulnerados y se apoya en la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para respaldar la aplicación de medidas cautelares.

La Sala considera que los presupuestos para decretar la medida siguen vigentes y más aún si se tiene en cuenta “el momento del juicio en el que nos encontramos”. Entiende, por tanto, que su permanencia en prisión es proporcionada y no vulnera el derecho a la participación política.

El tribunal considera que en este momento del proceso una desatención al llamamiento judicial provocaría una importante disfunción en el desarrollo de la vista. Insiste, igualmente, en que el mantenimiento de la prisión es proporcionado y no vulnera el derecho a la participación política de los acusados.

En su escrito, el tribunal se remite a los razonamientos expuestos al resolver anteriores peticiones de libertad y analiza las razones sobrevenidas alegadas ahora por las defensas. Así, frente al argumento de que los acusados están mostrando durante el juicio una actitud colaboradora y que no van a eludir la acción de la justicia después de un año en prisión, la Sala responde que, en efecto, el juicio oral está en pleno desarrollo, con un número muy importante de sesiones celebradas y añade que “ la desatención al llamamiento judicial para la continuación de las sesiones del plenario, introduciría una importante disfunción, frustrando el sentido de toda medida cautelar privativa de libertad, que se orienta, precisamente, a asegurar la presencia del procesado durante el desarrollo del juicio oral”.

El tribunal considera que, dada la fuerza con la que concurren los presupuestos que legitiman la medida cautelar de prisión, serían insuficientes otras medidas cautelares menos gravosas, como el control telemático u otras sugeridas en los escritos presentados por las defensas.

La Sala tampoco comparte la posible limitación del derecho de defensa alegada por los acusados. Los magistrados indican que ese derecho de defensa está garantizado de la misma manera para todos los acusados, estén o no privados de libertad. El auto recuerda que a todos los acusados se les ha ofrecido la posibilidad de sentarse en estrado junto a sus abogados, garantizando así una comunicación fluida y permanente durante el desarrollo del juicio.

“Aademás”, añade la Sala, “en los distintos recesos y en el tiempo empleado para la comida, siguiendo instrucciones dadas por la Sala a los agentes encargados de la custodia, los acusados pueden entrevistarse libremente, sin restricciones, así como recibir asesoramiento de sus letrados”.

El tribunal ha declarado reiteradamente que la celebración del juicio, “no obstante su complejidad y previsible duración, no implica vulneración de la dignidad de los procesados por el hecho mismo de que estén en prisión”. La Sala argumenta que ha facilitado todos los medios precisos para que durante dicha estancia se respeten los derechos de todos los acusados.

Por último, el auto explica que el hecho de que alguno de los acusados privados de libertad sean candidatos a las próximas elecciones del 28 de abril o a las del 26 de mayo, tampoco conduce a una modificación de su situación personal. Añaden que la circunstancia de que un procesado sea miembro o candidato a un Parlamento no excluye la prisión preventiva, que por sí misma no implica vulneración de sus derechos políticos.

TRIBUNAL DE ESTRASBURGO

En este sentido, la Sala reitera los razonamientos esgrimidos en su auto de 25 de enero, donde a propósito de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el llamado caso Demirtas vs Turquía, el Supremo explicaba que la condición política de una persona privada de libertad no impide la adopción de esa medida cautelar previa al juicio y que lo relevante es el carácter proporcionado de la misma, para lo que deberá valorarse la existencia de garantías suficientes contra cualquier arbitrariedad, así como la posibilidad de que los afectados puedan impugnarla.

Añade que en el caso de los acusados que piden ahora la libertad, la decisión misma de presentarse como candidatos a las elecciones es una manifestación del derecho esencial a la participación política consagrado en el artículo 23 de la Constitución y una muestra de que dichas personas son plenos titulares del mismo.

El miércoles de pasada semana Jordi Pina, abogado de Jordi Sànchez, Josep Rull y Jordi Turull solicitó a la sala del Tribunal Supremo que juzga el ‘procés’ la excarcelación de sus defendidos para garantizar la “plenitud del derecho de defensa” y sus “derechos políticos”. Los tres, actualmente en situación de prisión provisional, son candidatos de JxCAT a las próximas elecciones del 28 de abril. Al día siguiente, el abogado de Junqueras y Romeva, candidatos de ERC, hizo idéntica petición.

Pina presentó tres escritos a la Sala solicitando la libertad provisional de sus defendidos para garantizar la “plenitud del derecho de defensa”. Además, añadía, “está en juego el respeto a sus derechos políticos”, ya que “no están en igualdad con el resto de candidatos que se presentan, es algo que la Sala debería valorar”, apuntó. Su objetivo, añadió, es que “pudieran hacer campaña con total normalidad”.

El letrado insistía al tribunal en que “el riesgo de fuga ha disminuido mucho”, ya que su situación “no tiene nada que ver con la de quien está esperando que se acabe el juicio para marcharse con una maleta”. Esgrimía también el “arraigo” que supone su candidatura a las próximas elecciones.

Además, los tres ponían “a disposición del tribunal todo su patrimonio para garantizar una hipotética fianza” e incluso se ofrecían a aceptar medidas cautelares como “establecer que estén en un hotel o apartamento con vigilancia policial, con control por medios telemáticos o cualquier otro medio menos gravoso, para garantizar su derecho de defensa”.

Por su parte, el abogado Andreu Van den Eynde, en representación de Oriol Junqueras y Raül Romeva, argumentaba en sus escritos la condición de candidatos de ambos a las elecciones generales del 28 de abril y al Parlamento Europeo el 26 de mayo.

El abogado reclamaba su excarcelación para garantizar la protección de sus “derechos políticos y personales”, así como la “normalidad institucional” y el “pluralismo político”. Los dos, actualmente en situación de prisión provisional, junto a los tres candidatos, en el penal de Soto del Real. Junqueras es el cabeza de cartel de ERC al Congreso por la circunscripción de Barcelona y Romeva al Senado por la misma circunscripción.

Al igual que los candidatos de JxCat, ofrecían un “amplio haz de opciones” para determinar medidas cautelares alternativas como la vigilancia policial constante y reiteraba “la certeza de que los acusados están afrontando el enjuiciamiento con voluntad de participación plena”.

(SERVIMEDIA)