La regulación de influencers en España, en jaque: una multa de 568 euros destapa sus grietas

Ibai pagó 568 euros por no señalizar publicidad en X, pero la sanción abre un debate mucho más grande: ¿cómo se regula a alguien que es un imperio empresarial repartido en cinco plataformas?

Ibai Llanos ha pagado 568 euros por no avisar de que estaba haciendo publicidad en X. La cifra parece más el ticket de una multa de tráfico que la sanción a uno de los creadores más grandes en español. Y justo ahí está la grieta: la regulación de influencers en España se estrena con multas que casi dan risa, mientras el debate de fondo quema en cada grupo de WhatsApp del sector.

La Ley General de Comunicación Audiovisual ya trata a los grandes creadores como medios. Ibai, Jordi Wild y Nachter no son simples particulares para la CNMC: son usuarios de especial relevancia con obligaciones parecidas a las de una televisión. La publicidad, la protección de menores… todo eso les aplica. El problema es que las sanciones parecen de otro mundo: Jordi Wild abonó 1.241,95 euros, Nachter 1.067,96 e Ibai 568 tras el descuento por pago anticipado. ¿Multas disuasorias? Más bien la propina del directo.

No es que la CNMC se haya levantado un día queriendo fastidiar a los streamers. La norma busca algo de sentido común: que el espectador sepa cuándo le están vendiendo algo. Pero cuando el regulador intenta aplicar la ley, la estructura de negocio de un creador le explota en en la cara. Una persona, cinco plataformas, decenas de ingresos distintos y un ejército de seguidores que no entiende de canales aislados.

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568 euros: la multa que parece un mal chiste

La CNMC consideró probado que cuatro vídeos publicados por Ibai en X —antes Twitter— mostraban latas de una marca de bebidas durante la presentación de artistas de La Velada V sin señalar que era contenido comercial. Los vídeos estuvieron online entre junio y julio de 2025 y se retiraron después de que el ente regulador metiera mano. La infracción no es nimia: mezclar entretenimiento y publicidad sin avisar confunde a la audiencia, y la ley es tajante.

Pero la sanción final se calculó usando solo los ingresos de Ibai en esa cuenta de X, que no llegaban ni a 70.000 euros anuales. Con reducción por pago anticipado, el correctivo se quedó en 568 euros, menos de lo que cuesta una cena para cuatro en un restaurante decente de Barcelona. Es lo que dictan los criterios de graduación, sí. Pero la sensación de que el castigo es irrisorio cruje por todas partes.

“La multa es tan pequeña que parece un fallo del sistema. El verdadero fallo es no haber diseñado un sistema que entienda cómo funciona un creador multiplataforma.”

Cuándo un creador deja de ser “el chaval que sube vídeos”

Para que un creador sea considerado usuario de especial relevancia debe cumplir tres requisitos: facturar más de 300.000 euros brutos al año con su actividad en plataformas, tener al menos un millón de seguidores en un único servicio (o dos millones sumando todas) y haber publicado un mínimo de 24 vídeos el año anterior. Superar ese umbral lo cambia todo: ya no eres un particular, eres un prestador de servicios audiovisuales. Toca registrarse, proteger a los menores y seguir normas de publicidad como cualquier cadena de televisión. En teoría.

El salto legal es enorme, pero la industria ha corrido más rápido que el BOE. Los grandes creadores llevan años funcionando como pequeñas empresas audiovisuales con equipos, agentes y patrocinadores que cruzan todas sus cuentas. Sin embargo, la CNMC los examina cuenta por cuenta, como si cada perfil de Instagram o Twitch fuera una empresa independiente. Y ahí se abre un agujero del tamaño de un estadio.

El voto particular de uno de los consejeros en el expediente de Ibai señala justo eso: se asumió sin suficiente análisis que su cuenta de X era un servicio autónomo. También critica que los ingresos considerados no estaban bien verificados y que una multa de menos de mil euros carece de justificación frente al máximo legal de 30.000. Es decir, el sistema multa con calderilla una infracción que podría costar hasta 30.000 euros. Y encima discute si la infracción era leve o grave. Un galimatías.

El problema de dividir a una persona en cinco canales

No es la primera vez que la regulación audiovisual choca con la realidad digital. En su día, los youtubers más famosos esquivaron durante años las normas de patrocinio porque nadie los consideraba medios. Ahora que la ley los reconoce, el siguiente paso es afinar las herramientas para que las sanciones sean proporcionales y realmente disuasorias. Porque fragmentar a una marca personal en pedacitos según la plataforma es como multar a Telecinco solo por lo que emite en su canal TDT y olvidar que tiene Mitele, redes y eventos.

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La polémica está servida, y no es un simple rifirrafe de Twitter. Lo que está en juego es cómo se supervisa un negocio que no tiene sede fija ni parrilla, pero sí audiencias millonarias. España ha dado el primer paso; ahora toca decidir si la multa de 568 euros es un aviso serio o un chiste que los creadores se pueden permitir.

El Salseómetro

Nivel de salseo: 6/10. La noticia ha corrido por todos los grupos de streamers y las redes arden con memes de la multa de 568 euros. No es un beef entre creadores, pero la comunidad está dividida entre los que ven una injusticia y los que recuerdan que la ley es igual para todos. El verdadero fuego, de momento, está en los despachos legales y no en un directo (aunque si esto escala, prepárate).

📱 El TL;DR (Too Long; Didn't Read)

  • 👤 De quién hablamos: Ibai Llanos, junto a Jordi Wild y Nachter, sancionados por la CNMC.
  • 📲 En qué red social ha pasado: X (Twitter) fue la plataforma donde iban los vídeos sin señalización publicitaria.
  • 🔥 Por qué es viral: La multa es tan ridícula (568 euros) que ha destapado el lío de cómo regular a creadores que son imperios empresariales repartidos en varias cuentas.