El Gobierno lo confirma: padres con menores de 12 años pueden reducir su jornada laboral al 50 %

El Gobierno recuerda que la reducción de jornada por guarda legal alcanza la mitad de la jornada diaria. Afecta a padres con hijos de hasta 12 años y a cuidadores de familiares mayores.

Si tienes hijos menores de 12 años (o cuidas de un familiar mayor), puedes reducir tu jornada laboral a la mitad. El Gobierno lo ha confirmado oficialmente y la clave está en el Estatuto de los Trabajadores.

Muchos trabajadores desconocen que la ley les permite ajustar su horario para conciliar sin perder el empleo. No es una ayuda económica: se trata de un derecho individual que toda empresa está obligada a respetar.

¿Quién puede acogerse a esta reducción de jornada?

La reducción de jornada por guarda legal está pensada para trabajadores que tengan a su cuidado directo a un menor de doce años o a un familiar que, por razones de edad, enfermedad o discapacidad, no pueda valerse por sí mismo. El derecho ampara tanto a hombres como a mujeres y no depende del tipo de contrato ni del tamaño de la empresa.

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El requisito fundamental es que exista una relación de guarda legal o de cuidado directo. Basta con que el trabajador acredite la convivencia o la responsabilidad sobre la persona dependiente; no hace falta ser el padre o la madre biológica. Tampoco es necesario que el menor sea hijo único: el derecho se reconoce por cada hijo o familiar a cargo.

Así funciona la reducción en el día a día

La ley distingue entre dos herramientas: la reducción de jornada (artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores) y la adaptación de jornada (artículo 34.8). La primera permite recortar las horas diarias de trabajo y el sueldo baja en la misma proporción. La segunda, en cambio, consiste en reorganizar el tiempo de trabajo (cambio de turno, teletrabajo o flexibilidad horaria) sin pérdida salarial.

La reducción de jornada que contempla el artículo 37.6 se aplica sobre la jornada diaria, no sobre la semanal. Por tanto, no se puede acumular para librar días enteros ni alternar semanas con más y menos horas.

La flexibilidad que da este derecho tiene un precio claro: cada hora que reduces de tu jornada desaparece también de la nómina.

El recorte permitido oscila entre un octavo y la mitad de la jornada laboral diaria. Si trabajas ocho horas al día, la reducción mínima sería de de 1 hora (el 12,5% de la jornada) y la máxima de 4 horas (el 50%). El salario se ajusta proporcionalmente: si pides la mitad de la jornada, cobrarás la mitad de tu sueldo base.

Un derecho poco conocido que puede cambiarte la organización familiar

Las cifras del propio ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública muestran que muchos empleados ignoran esta posibilidad. La confusión habitual es creer que la reducción máxima es del 25% o que solo pueden pedirla las madres. La realidad es que cualquier progenitor –o cuidador– puede solicitarla hasta el 50% y la empresa debe concederla, salvo que demuestre que la reorganización resulta inviable por causas objetivas justificadas.

Junto a la reducción de jornada, el Estatuto ofrece la vía de la adaptación horaria. Si no quieres perder salario, puedes pedir un cambio de turno, teletrabajar algunos días o flexibilizar la entrada y la salida. La empresa tiene que negociar de buena fe y solo podrá denegarlo con razones de peso. Muchos trabajadores optan por combinar ambas herramientas: una pequeña reducción diaria más un ajuste en los horarios de entrada.

Conviene presentar la solicitud por escrito, detallando el horario que se necesita y el periodo durante el que se prevé mantener la medida. La empresa está obligada a responder y, si se opone, debe hacerlo por escrito con los motivos. Si la negativa no está justificada, el trabajador puede reclamar ante la inspección de trabajo o el juzgado de lo social.

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La ficha práctica

  • ¿Quién tiene derecho? Cualquier trabajador por cuenta ajena con un menor de 12 años a su cuidado o con un familiar dependiente que requiera atención directa.
  • ¿Cuánto puedo reducir? Entre un octavo y la mitad de la jornada diaria. El salario se reduce en la misma proporción.
  • ¿Cómo se solicita? Mediante escrito a la empresa, indicando el horario concreto y la duración prevista. La empresa debe contestar por escrito.
  • ¿Hasta cuándo está vigente? Mientras el menor no cumpla los 12 años o persista la situación de dependencia del familiar. No hay un plazo administrativo fijo, porque es un derecho laboral permanente.
  • Letra pequeña clave La reducción es sobre la jornada diaria: no se pueden acumular horas para librar días completos ni disfrutarla por semanas alternas.

El resumen rápido (TL;DR)

  • 🎯 ¿Qué ha pasado? El Gobierno ha confirmado que los trabajadores pueden reducir su jornada diaria hasta el 50% para cuidar de hijos menores de 12 años o familiares dependientes.
  • 💶 ¿A quién le interesa? A cualquier persona con un empleo por cuenta ajena que tenga menores o mayores a su cargo y necesite conciliar.
  • ¿Qué tienes que hacer? Solicitar por escrito la reducción diaria que necesites, aceptando que el sueldo bajará en la misma proporción. Si no quieres perder ingresos, valora pedir una adaptación horaria sin reducción salarial.