El Supremo abre la puerta a imputar desobediencia a Bolaños y Albares por 163.000 votos de la ley de nietos

La Sala Tercera reclama la lista nominal de los votantes y advierte de que el asunto puede saltar a la Sala Segunda, la competente para juzgar a aforados. El Gobierno alega que el cruce de datos es inviable.

El Tribunal Supremo ha subido un escalón en su pulso con el Gobierno. La advertencia de multa por no identificar a 163.020 votantes de la ley de nietos puede acabar con dos ministros imputados por desobediencia.

Los señalados son Félix Bolaños, ministro de Justicia, y José Manuel Albares, de Exteriores. La Sala Tercera del Supremo les ha reclamado la lista nominal de esas personas y el Ejecutivo se ha negado a entregarla. El tribunal ya no habla solo de una sanción económica.

Los magistrados han advertido de que impondrán una multa coercitiva, un apremio económico que no castiga un delito sino que sirve para forzar el cumplimiento de una resolución. Y, en paralelo, han abierto la puerta a una posible imputación por desobediencia, según las informaciones publicadas por ABC, infoLibre y El Mundo.

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Qué pide el Supremo y qué alega el Gobierno

El origen está en el voto exterior. Las 163.020 personas por las que pregunta el tribunal se acogieron a la ley de nietos, el nombre con el que se conoce la vía de la Ley de Memoria Democrática para que los descendientes de emigrantes españoles accedan a la nacionalidad. El Supremo quiere saber quiénes son para comprobar si cumplían los requisitos cuando votaron.

El Gobierno sostiene que esa identificación es materialmente inviable, porque no existe un rastro nominal que permita cruzar cada papeleta con cada expediente, según la versión que publica infoLibre. Los datos que recoge ABC tampoco ayudan: solo 91 de 31.390 expedientes están acreditados.

El Supremo puede multar sin que haya delito; la desobediencia, en cambio, abre la puerta a la inhabilitación.

A ver, ¿por qué importa tanto el nombre? Porque sin la lista el tribunal no puede verificar nada y el procedimiento se queda dando vueltas. Y porque, si el Ejecutivo no colabora, la sala tiene dos formas de apretar: la cartera y el Código Penal.

Multa, inhabilitación o banquillo: qué se juegan los ministros

Hay dos escenarios y conviene no mezclarlos. El primero es la multa coercitiva: la Sala Tercera puede imponerla sin que nadie haya cometido un delito, solo para que se cumpla lo ordenado. El segundo es más serio. Si el tribunal aprecia desobediencia, el asunto sale de lo contencioso y entra en la Sala Segunda, la Penal.

Ese traslado tiene una explicación técnica: los miembros del Gobierno son aforados, es decir, solo el Tribunal Supremo puede juzgarles por un delito. En ese escenario, el Código Penal prevé una multa de tres a doce meses y una inhabilitación especial de seis meses a dos años. Traducido: no hay cárcel, pero sí la posibilidad de que un juez les aparte del cargo.

El departamento de Bolaños tiene las competencias relacionadas con los expedientes de nacionalidad. El de Albares controla la red consular, donde se presentaron las solicitudes. Sin la colaboración de ambos, el cruce de datos no es posible.

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El precedente que explica por qué este pulso se atasca

No es la primera vez que el volumen del voto exterior desborda los mecanismos de control. La reforma de 2022 suprimió el voto rogado, la obligación de pedir permiso previo para votar desde el extranjero, e incrementó de forma notable las papeletas que llegan desde fuera. Los consulados asumieron más carga y el cruce entre censo, nacionalidad y voto se volvió más complejo.

Ahí está el nudo. El tribunal pide una prueba que la Administración dice no tener. Para la sala, sin nombres no hay verificación posible y la ley obliga a colaborar con la justicia. Para el Ejecutivo, la exigencia choca con un registro que no permite ese nivel de detalle y convierte un problema técnico en una amenaza penal contra dos ministros.

El siguiente paso es de la Sala Tercera: decidir si impone la multa coercitiva y si eleva el caso a la Sala Segunda. Si lo hace, el conflicto dejará el terreno administrativo y entrará en el penal. Mientras tanto, los 163.020 afectados siguen con su voto en el aire, sin saber si su papeleta cuenta.

📌 En claves: lo que debes saber

  • Qué ha pasado: La Sala Tercera del Supremo exige a Bolaños y Albares la lista nominal de 163.020 votantes de la ley de nietos y les advierte de multa e imputación.
  • Por qué te importa: El pulso decide si el voto exterior se puede verificar y si un ministro en funciones puede acabar inhabilitado por no entregar papeles.
  • A quién afecta: A los 163.020 votantes con la papeleta en el aire, a los dos ministros y al Registro Civil y la red consular que gestionan los expedientes.
  • Hacia dónde vamos: El Supremo debe decidir si impone la multa coercitiva y si traslada el caso a la Sala Segunda, competente para juzgar a aforados.