Pensión de viudedad para parejas con hijos: dos años de convivencia ya dan derecho a cobrarla

La medida del Consejo de Ministros abre la viudedad a parejas no casadas con hijos y eleva al doble del SMI la pensión de los huérfanos de la violencia machista. El decreto-ley llega sin la letra pequeña publicada y deberá convalidarse en el Congreso.

Las parejas con hijos y dos años de convivencia podrán cobrar la pensión de viudedad sin casarse ni registrarse.

El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto-ley que amplía la cobertura de varias prestaciones de la Seguridad Social. La medida con más beneficiarios potenciales es esa nueva puerta a la viudedad, pero el paquete incluye también cambios en la prestación CUME, en las pensiones de orfandad por violencia machista y en dos tipos de baja médica. La ministra de Seguridad Social, Elma Saiz, lo presentó como una 'ampliación de la acción protectora' del sistema.

Dos años de convivencia y derecho a la viudedad

Hasta ahora la pensión de viudedad se movía por el vínculo matrimonial o por la inscripción en el registro de parejas de hecho. El decreto rompe ese esquema cuando hay hijos: dos años de convivencia acreditada bastan, sin boda ni registro formal. Es una realidad en alza, según el Ejecutivo.

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Saiz anunció además que habrá una ventana de un año para reclamar la prestación. Falta la letra pequeña: qué documentos valdrán para demostrar la convivencia y desde qué fecha se podrá presentar la solicitud.

Traducido: hasta ahora, si esa pareja no había pasado por el juzgado ni por el registro, la Seguridad Social no la reconocía como familia a efectos de la pensión. Sin boda y sin registro no había derecho a la pensión.

Queda por saber cuántas personas se beneficiarán. El Gobierno no ha detallado el número de perceptores ni el coste de la medida, y sin la letra pequeña publicada tampoco es posible calcularlo. La norma tendrá que publicarse en el Boletín Oficial del Estado para desplegar sus efectos.

Dos años de convivencia con hijos en común sustituyen al matrimonio y al registro como puerta de entrada a la viudedad.

Del CUME a la baja por menopausia: el resto del paquete

La prestación CUME, que permite a padres y madres reducir jornada para cuidar a hijos con cáncer y otras enfermedades graves, podrá cobrarse de forma alternativa o simultánea entre los dos progenitores. Además se extiende más allá de los 26 años del hijo si tiene una discapacidad superior al 65% o un grado de dependencia 3. El reglamento que regula esta ayuda está 'a punto de ver la luz', según la ministra.

En el capítulo de bajas médicas, dos situaciones pasan a ser especialmente protegidas: las patologías incapacitantes relacionadas con la menopausia y las trabajadoras víctimas de violencia de género con lesiones que les impidan trabajar. Se cobra desde el día siguiente a la baja, sin periodo de carencia y sin cotización mínima.

La prestación equivale al 60% de la base reguladora y sube al 75% a partir del día 20. Se suman a las bajas por reglas dolorosas y por interrupción voluntaria del embarazo aprobadas en la legislatura anterior.

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El precedente que explica por qué llega ahora

Este decreto se apoya en un camino ya recorrido. La baja por reglas dolorosas y la interrupción del embarazo entraron en el catálogo de incapacidades especialmente protegidas en la legislatura anterior. La ampliación sigue la misma lógica: sacar de la incapacidad común situaciones que el sistema trataba como ordinarias. La pensión de orfandad para los huérfanos de la violencia machista conecta con el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, renovado con el respaldo de todos los grupos salvo Vox, según el Gobierno.

El texto llega con deberes pendientes. El real decreto-ley deberá convalidarse en el Congreso en el plazo de un mes. A partir de ahí habrá que ver si se tramita como proyecto de ley con capacidad de enmienda. La letra pequeña del decreto, el desarrollo del CUME y la acreditación de esos dos años de convivencia son los siguientes hitos.

📌 En claves: lo que debes saber

  • Qué ha pasado: El Gobierno aprueba un real decreto-ley que abre la pensión de viudedad a parejas con hijos tras dos años de convivencia y mejora otras prestaciones.
  • Por qué te importa: Si tu pareja fallece y tenéis hijos en común, podrás cobrar la viudedad sin estar casada ni inscrita en el registro.
  • A quién afecta: Parejas no casadas ni registradas, huérfanos de la violencia machista, familias con hijos con enfermedad grave y trabajadoras de baja por menopausia o agresión machista.
  • Hacia dónde vamos: Falta la letra pequeña y el decreto-ley debe convalidarse en el Congreso, donde puede tramitarse como proyecto de ley.