La Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Donostia ha reconocido dos bajas por ansiedad de un operario de CAF como accidente de trabajo. La resolución abre la puerta a que el origen laboral de un problema de salud mental deje de depender de si la empresa quiere verlo así.
Qué ha decidido la Justicia en el caso de CAF
El fallo considera probado que la compañía introdujo un cambio en el sistema de trabajo que generó una sobrecarga por falta de personal. Esa sobrecarga afectó al operario y al resto de su sección en la planta de Beasain, en Gipuzkoa. Y el tribunal concluye que fue la causa directa de su cuadro de ansiedad.
Dos datos sostienen esa conclusión. El primero: Osakidetza ya había señalado el origen laboral de la patología. El segundo: el trabajador no tenía antecedentes de ansiedad ni de depresión, y tampoco aparecieron causas externas al trabajo que explicaran lo que le estaba pasando.
Las bajas que el juzgado examina van de noviembre de 2022 a marzo de 2023 y, después, de abril a septiembre de 2023. La sentencia fija que el segundo periodo fue una recaída del primero y no un episodio suelto.
Hay un detalle del caso que explica bien por qué importa. Tras la primera baja, el trabajador volvió a su mismo puesto, el que había generado la sobrecarga. Solo después de la recaída la dirección lo cambió de área, y desde entonces no se han vuelto a registrar episodios de ansiedad.
Si el origen de tu ansiedad está en cómo se reparte el trabajo, el problema no es tu cabeza: es la organización de la empresa.
Qué cambia en tu baja si el origen es laboral
Que una baja se tramite como contingencia profesional (la vía que se aplica cuando el origen de la baja es el trabajo y no la enfermedad común) no es un trámite menor. Cambia quién paga los primeros días de baja, cambia el porcentaje de tu base reguladora que cobras, y cambia si te queda derecho a una indemnización cuando el cuadro deja secuelas.
Aquí está la letra pequeña que conviene entender. Como CAF opera como autoaseguradora, es su propio servicio de prevención el que decide cómo se tramita la baja. Lo rechazó alegando que no se había demostrado una situación de acoso laboral. El juzgado le ha respondido que ese no era el único camino posible.
La clave es que la sobrecarga también es un origen laboral reconocible, no solo el acoso. No hace falta que nadie te esté hostigando para que tu ansiedad tenga un origen laboral que la empresa deba asumir.
Por eso el sindicato CC OO ha pedido a las empresas que analicen cómo reparten la carga de trabajo y a qué riesgos psicosociales exponen a su plantilla. Y ha instado a los servicios de prevención a no reducir todo lo psicosocial al acoso moral.
Por qué esta sentencia importa más allá de un caso concreto
El problema de fondo es quién decide. En la mayoría de las empresas, el primer filtro lo pone el servicio de prevención de tu empresa —o la mutua— y el criterio suele ser estrecho: o hay acoso probado, o tu baja se tramita como enfermedad común. Cuando eso pasa, al trabajador solo le quedan dos opciones: tragar o ir al juzgado. Y eso convierte un derecho en una carrera de obstáculos que mucha gente no puede permitirse.
Esta resolución no cambia la ley. Cambia la interpretación de cómo se aplica, y eso tiene recorrido: si los tribunales empiezan a admitir la sobrecarga como causa, a las empresas les costará más negar la contingencia profesional a la primera. También pone el foco en algo que suele quedarse fuera de los planes de prevención: un reparto de tareas desequilibrado y una plantilla insuficiente son riesgos laborales, no simple mal ambiente.
Lo que conviene mirar ahora es si la sentencia se recurre y si el criterio se consolida. Si lo hace, el siguiente paso será ver cuántos servicios de prevención dejan de cerrar estas bajas por la vía rápida. Mientras tanto, quien esté en esa situación tiene una herramienta más: pedir por escrito el motivo del rechazo y guardar los informes médicos que vinculen el cuadro con el trabajo.
En resumen (para tu bolsillo y tu salud mental)
- 💸 ¿Qué ha cambiado? Un juzgado reconoce que la ansiedad por sobrecarga laboral es accidente de trabajo en un caso concreto.
- 👥 ¿A quién afecta exactamente? A cualquier asalariado con una baja por ansiedad cuyo origen esté en el trabajo, no solo en el acoso.
- ✅ ¿Qué puedes hacer al respecto? Si tu empresa o tu mutua rechaza tramitarla como laboral, pide el motivo por escrito y consulta con tu sindicato.



