El caso Errejón suma un nuevo capítulo judicial. El juez Arturo Zamarriego ha archivado la querella por calumnias (acusar formalmente de haber difamado a alguien con una falsedad) que Íñigo Errejón presentó contra Elisa Mouliáa, la mujer que le denunció por una presunta agresión sexual. La decisión, firmada este miércoles, no cierra el procedimiento principal, pero sí deja sin recorrido una de las acciones penales que impulsaba el exdiputado.
La resolución llega después de meses de idas y venidas. Mouliáa no acudió a las primeras citaciones como investigada en la querella por calumnias, lo que llevó al juzgado a dictar una orden de detención. Finalmente se presentó de forma voluntaria el pasado junio, según consta en la actuación judicial.
Qué ha decidido el juez con la querella
El magistrado Arturo Zamarriego ha firmado el archivo de la querella. Vamos por partes: Errejón sostenía que las declaraciones de Mouliáa eran calumniosas y llegó a afirmar que confiaba en que la justicia la haría responder por 'tantas mentiras y tantas difamaciones'. El instructor, sin embargo, no ha visto motivos para continuar la causa.
El archivo se produce en la fase de instrucción. Traducido: el juez no transforma la querella en un procedimiento penal con juicio oral. La decisión puede ser recurrida por la acusación, aunque por ahora la querella queda sin efecto.
El juicio por presunta agresión sexual sigue su curso
Aquí está el detalle que conviene no mezclar. El archivo afecta a la querella por calumnias, no al procedimiento por la presunta agresión sexual. Ese proceso, en el que Errejón figura como investigado y Mouliáa como denunciante, continúa su tramitación.
La diferencia entre archivar una querella y cerrar un juicio por agresión sexual es clave. La primera solo afecta a la petición de pena contra Mouliáa por sus declaraciones. El procedimiento principal responde a otros hechos y a otra calificación jurídica.
Esta distinción importa porque en el debate público se han mezclado ambos planos. La querella por calumnias es la acción que Errejón dirigió contra Mouliáa por sus declaraciones; el procedimiento por agresión sexual es la causa que nació de la denuncia de ella. Uno se archiva y el otro queda pendiente, con tiempos judiciales propios.
El auto cierra la vía penal que impulsó Errejón, pero no toca el fondo del caso que nació de la denuncia de Mouliáa.
Qué antecedentes y qué lecturas caben tras el archivo
En el ordenamiento español, las calumnias exigen que quien acusa falsamente lo haga con conocimiento de la falsedad o con un desprecio temerario hacia la verdad. El derecho a denunciar unos hechos, si existen indicios, no equivale automáticamente a calumniar. Por eso, muchos procedimientos de este tipo se archivan cuando el juez no aprecia que se haya cruzado ese límite.
No es la primera vez que una querella por calumnias queda archivada antes de juicio en un caso con repercusión mediática. La justicia suele ser restrictiva a la hora de convertir denuncias cruzadas en delitos contra el honor cuando hay un procedimiento penal de fondo. Esa es una de las lecturas jurídicas que se abren paso tras el auto.
También existe otra lectura. La defensa de Errejón planteó que las declaraciones de Mouliáa perseguían dañar su reputación y pidió que se abriera juicio por calumnias. El archivo deja esa vía sin continuidad, aunque no se pronuncia sobre la veracidad de los hechos denunciados por ella, que se dirimen en la causa penal principal. Quienes esperaban una resolución de fondo no encontrarán en este auto el cierre definitivo.
El siguiente paso está en los recursos. La representación de Errejón puede recurrir el archivo ante la instancia superior si considera que el instructor se ha equivocado en la calificación. Mientras tanto, el caso principal por presunta agresión sexual continuará con su calendario de instrucción, sin que este archivo altere de forma directa su avance.
📌 En claves: lo que debes saber
- Qué ha pasado: El juez Arturo Zamarriego ha archivado la querella por calumnias presentada por Íñigo Errejón contra Elisa Mouliáa.
- Por qué te importa: Muestra cómo la justicia separa una acción por honor de un procedimiento penal por presunta agresión sexual, y qué vías quedan abiertas.
- A quién afecta: A Errejón como querellante, a Mouliáa como denunciante y querellada, y al debate público sobre el caso.
- Hacia dónde vamos: La defensa de Errejón puede recurrir; el procedimiento principal por presunta agresión sexual sigue en tramitación.



