Pagar el entierro con la herencia: el banco tiene que liberar el dinero sí o sí, según un abogado

El abogado David Jiménez explica que la entidad está obligada a liberar fondos para pagar el entierro y el impuesto de sucesiones. Solo hay que presentar la factura.

Seguro que alguna vez te has hecho la pregunta —o te ha tocado vivirla—: ¿qué pasa con la cuenta del banco de un familiar que acaba de fallecer? Te lo adelanto: se bloquea. Pero, como casi siempre en estos casos, hay un matiz que te puede ahorrar un disgusto y un buen pellizco de dinero en el peor momento.

El dinero de la persona fallecida deja de estar operativo en cuanto la entidad tiene constancia de la defunción. El banco congela la cuenta para asegurarse de que se liquida el Impuesto de Sucesiones. Y es lógico: si el heredero no paga, la entidad responde subsidiariamente ante Hacienda. Pero ojo, porque congelada no significa inaccesible del todo.

El banco te bloquea la cuenta, pero hay gastos que no puede ignorar

David Jiménez, abogado y economista especializado en herencias, lo explica con claridad meridiana en sus redes. El bloqueo de la cuenta no es un capricho de la banca, sino una obligación fiscal. Sin embargo, existe una excepción que muy poca gente conoce y que está pensada precisamente para los primeros días tras el fallecimiento, cuando la familia tiene que hacer frente a la funeraria sin haber resuelto aún la herencia.

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El banco debe permitir utilizar el dinero del fallecido para cubrir gastos esenciales, como los del entierro”, sentencia el experto. Y aquí está la clave que te evita tener que adelantar de tu bolsillo facturas que pueden superar los 3.000 o 4.000 euros.

Vaya por delante que el banco no te va a dar el dinero en mano sin más. Lo que hace es transferir el importe directamente a la empresa funeraria o utilizar un medio de pago que deje claro que el destino es ese y no otro. Basta con presentar en la oficina la factura emitida a nombre del fallecido.

También te sirve para pagar el impuesto sin esperar meses

La misma lógica se aplica al propio Impuesto de Sucesiones. Si los herederos tienen ya el documento de autoliquidación, el banco puede transferir esa cantidad directamente a la Administración, sin necesidad de que esté todo el papeleo resuelto. Después, una vez acreditado el pago y presentada la documentación completa, el resto del saldo se libera.

Son dos excepciones puntuales, sí, pero conocerlas te cambia el drama. Ya me contarás si no vale la pena tener este dato guardado en la recámara.

El consejo de un abogado que sabe de lo que habla

David Jiménez no es un opinador más. Es abogado en Eyco Abogados, un despacho especializado en herencias y fiscalidad, y lleva años explicando en TikTok situaciones cotidianas que la mayoría de la gente desconoce. Su enfoque es práctico y se agradece en un tema donde la letra pequeña suele jugar en contra de las familias. Puedes ver uno de sus vídeos en su perfil oficial de TikTok para interiorizarlo mejor.

La moraleja es clara: si mañana te encuentras en ese trance, no asumas que el banco te va a poner las cosas fáciles, pero tampoco te creas que no puedes mover un euro. La ley te ampara para lo imprescindible, y eso incluye despedir a un ser querido con la dignidad que merece.

🧠 Para soltarlo en la cena

El banco debe pagar el entierro con el dinero del fallecido, previa factura.

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