Abrir un piso turístico nuevo en la Región de Murcia ya no depende solo del propietario: la comunidad de vecinos tiene que dar su permiso expreso.
Desde el 3 de abril de 2025, la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal (la norma que organiza la convivencia y las decisiones en los bloques de viviendas) obliga a cumplir un requisito impensable hace poco: sin el voto favorable de la junta, no hay piso turístico nuevo.
Y no basta con tener licencia turística. Antes, el propietario solo miraba la normativa municipal o autonómica; ahora, además, el edificio tiene que decir que sí.
Tampoco vale un sí por la mínima. La ley exige una mayoría reforzada: el voto favorable de tres quintas partes de los propietarios y, al mismo tiempo, de tres quintas partes de las cuotas de participación.
Qué cambia exactamente con la nueva barrera vecinal
La comunidad no se limita a votar sí o no. Puede condicionar la actividad o prohibirla, y puede aprobar un recargo en los gastos comunes para las viviendas turísticas del edificio, con un tope del 20% y sin carácter retroactivo.
Además, todo anuncio en plataformas digitales necesita ya un número de inscripción en en el Registro Único de Arrendamientos (el censo estatal de viviendas turísticas). Sin ese número, el anuncio no es legal, aunque la normativa autonómica diga lo contrario.
El 'sí' de los vecinos ya no es un trámite simbólico: es la primera puerta que tiene que abrirse para anunciar un piso turístico nuevo.
¿Y los pisos turísticos que ya estaban funcionando?
Aquí está la buena noticia para quien ya operaba de forma legal. La ley no actúa hacia atrás: los alquileres vacacionales que funcionaban antes del 3 de abril de 2025 pueden seguir alquilándose dentro de los plazos y condiciones de la normativa turística autonómica.
Traduzco: el filtro vecinal se activa para las viviendas que quieran sumarse ahora, no para cerrar negocios que ya estaban en marcha. Lo que no se puede es intentar esquivar la junta anunciando una vivienda antigua como si fuera nueva.
Por qué esta barrera importa más allá de Murcia
Detrás de la norma hay un problema que no es exclusivo de Murcia: la escasez de vivienda para alquiler residencial, la subida de precios y el malestar en los bloques por la rotación constante de turistas con maletas, ruido y uso intensivo de zonas comunes. La rotación constante no es una anécdota de ascensor: es una fuente de conflicto puerta a puerta.
La ley intenta equilibrar el pulso entre la rentabilidad que deja un piso turístico y el derecho de los vecinos a decidir sobre su propio edificio. No prohíbe, pero encarece la entrada: quien quiera colgar su vivienda necesita convencer a una mayoría que antes no pintaba nada.
No es casual que la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal llegara con el registro estatal ya en marcha. El legislador vio que las licencias autonómicas bastaban para legalizar la oferta, pero no para resolver la tensión puerta a puerta en los edificios. La medida es potente porque traslada la decisión al lugar donde se sufre la turistificación (la convivencia diaria del rellano, y no a un expediente administrativo).
Dicho en claro: para quien quisiera hacer caja con un segundo o tercer alquiler vacacional, el camino se ha vuelto mucho más exigente. Para los vecinos, es una herramienta real de control que no existía.
Habrá que ver cómo se aplica en la práctica en Murcia y si otras ciudades tensionadas acaban importando la fórmula. De momento, si en tu junta aparece una propuesta para abrir un piso turístico, cuenta los votos: ya no basta con que la ley autonómica diga que es legal.
En resumen (para tu bolsillo y tu salud mental)
- 💸 ¿Qué ha cambiado? Abrir un piso turístico nuevo exige ya el permiso expreso de la comunidad de vecinos, con mayoría de tres quintos.
- 👥 ¿A quién afecta exactamente? A propietarios que quieran iniciar alquiler turístico y a comunidades de vecinos que quieren decidir sobre su edificio.
- ✅ ¿Qué puedes hacer al respecto? Si te toca decidir, revisa si la vivienda es nueva o ya operaba legalmente antes del 3 de abril de 2025.



