UGT celebra el Convenio 191 de la OIT: derechos para trabajadores de plataformas digitales

El nuevo instrumento internacional reconoce el derecho a la sindicación, el salario mínimo y la transparencia algorítmica. Ahora queda que los gobiernos lo ratifiquen para que los derechos se hagan efectivos.

Trabajes para una app de reparto o de transporte, el Convenio 191 de la OIT te respalda con derechos laborales hasta ahora esquivos.

Después de un intenso proceso de negociación que culminó en la 114.ª Conferencia Internacional del Trabajo en Ginebra (del 1 al 12 de junio), la Organización Internacional del Trabajo ha aprobado un nuevo instrumento que reconoce derechos fundamentales a quienes trabajan en plataformas digitales. UGT celebra esta aprobación como una victoria sindical que afectará a millones de personas en todo el mundo.

¿Qué es el Convenio 191 y qué derechos reconoce?

El Convenio 191 de la OIT no es todavía una ley en España. Es un tratado internacional que, una vez ratificado por los estados, obliga a adaptar la legislación nacional. Lo fundamental es que reconoce que los trabajadores de plataformas tienen los mismos derechos básicos que cualquier otro asalariado.

Publicidad

Entre esos derechos el texto incluye la libertad de asociación sindical y la negociación colectiva. Es decir, los riders y repartidores podrán organizarse para negociar sus condiciones, algo que ahora resulta imposible en la mayoría de los Estados miembro de la OIT. También protege contra la clasificación incorrecta de la relación laboral (que un falso autónomo sea tratado como trabajador por cuenta ajena) y frente a la desactivación injustificada de la cuenta en la plataforma.

Además, exige a los gobiernos que garanticen el pago puntual de un salario mínimo y el acceso a la protección social. La gestión algorítmica —los sistemas automáticos que deciden despidos o sanciones— tendrá que ser transparente y estar sujeta a rendición de cuentas.

Por primera vez, un tratado internacional establece derechos mínimos para los trabajadores de plataformas: salario, sindicación y transparencia algorítmica.

Transparencia algorítmica y otras protecciones clave

Una de las novedades más importantes es la obligación de que las plataformas expliquen cómo toman decisiones automáticas que afectan al día a día del trabajador. No hablamos solo de bloquear perfiles, sino de la asignación de tareas, las evaluaciones o las penalizaciones. El convenio reclama transparencia y mecanismos de supervisión humana para evitar abusos.

El texto también incluye la protección de los datos personales de los trabajadores y la posibilidad de interrumpir una tarea si existe un riesgo para la salud o la seguridad, sin temor a represalias. Asimismo, obliga a los estados a proteger frente a la violencia y el acoso en el trabajo en el entorno digital.

UGT, que ha participado activamente en las negociaciones, admite que el resultado queda por debajo de sus expectativas porque los representantes de los empleadores y ciertos gobiernos bloquearon avances más ambiciosos. Sin embargo, califica el balance como positivo y la aprobación como una enorme victoria sindical.

¿Y ahora qué? La ratificación pendiente en España

La aprobación en la OIT es solo el primer paso. Ahora son los gobiernos nacionales los que tienen que dar el siguiente: ratificar el convenio y adaptar su legislación. UGT ya ha anunciado que instará al Gobierno de España a ser uno de los primeros en hacerlo y dar ejemplo a otros países.

Publicidad

Este es el verdadero campo de batalla. Países como Estados Unidos o Argentina votaron en contra y buena parte del grupo de los Empleadores mostró una hostilidad inusual durante las negociaciones. La rapidez con la que actúen los gobiernos progresistas determinará cuándo los derechos sobre el papel se convierten en derechos reales para los riders, los repartidores y todos los que viven de una app.

Mientras tanto, los trabajadores de plataformas digitales en España no pueden invocar el Convenio 191 directamente si su empresa no respeta sus derechos. Necesitan que se publique en el BOE después del proceso de ratificación parlamentaria, y que luego se aprueben las leyes internas que desarrollen esas protecciones. Pero la dirección está marcada y, por primera vez, hay un estándar internacional claro.

La ficha práctica

  • ¿Quién tiene derecho? Todos los trabajadores de plataformas digitales (reparto, transporte, microtareas, etc.), aunque no estén reconocidos como asalariados hoy.
  • ¿Qué derechos concretos incluye? Sindicación, salario mínimo, protección social, transparencia algorítmica y protección frente a desactivaciones arbitrarias.
  • ¿Cuándo se aplicará en España? Solo cuando el Gobierno ratifique el convenio y adapte las leyes; no hay fecha todavía.
  • ¿Dónde puedo informarme? En la página oficial de UGT puedes seguir las novedades.
  • Letra pequeña clave: Hasta que no se publique en el BOE, los derechos no son exigibles directamente en España.

El resumen rápido (TL;DR)

  • 🎯 ¿Qué ha pasado? La OIT ha aprobado el Convenio 191 que reconoce derechos laborales a los trabajadores de plataformas digitales.
  • 💶 ¿A quién le interesa? A riders, repartidores y cualquier persona que trabaje a través de una app.
  • ¿Qué tienes que hacer? Mantente informado sobre la ratificación y exige a las plataformas que respeten los estándares internacionales.