Audiencia de Madrid desoye a la Fiscalía y envía al TSJ catalán la causa contra Illa por mascarillas no homologadas

La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de la Fiscalía y ha declarado que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña es competente para estudiar la denuncia presentada contra el exministro de Sanidad Salvador Illa por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores en el reparto de mascarillas no homologadas entre el personal sanitario durante la primera etapa da la pandemia.

En un auto, la Sección Segunda ha confirmado la decisión del Juzgado de Instrucción Número 14 de Madrid, que el pasado noviembre se inhibió y envió al TSJ catalán la querella presentada por el Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM).

La Audiencia se ha pronunciado después de que la Fiscalía presentara un recurso de apelación al considerar que la decisión adecuada sería el archivo o la atribución de la competencia al Tribunal Supremo.

Los magistrados han considerado que el archivo «no puede prosperar por la falta de competencia objetiva por razón de aforamiento del querellado», en referencia al exministro y ahora diputado –por tanto aforado– del Parlament. «Será el órgano competente -el TSJ de Cataluña– el que habra de pronunciarse sobre ese particular», han señalado.

En este sentido, han explicado que la querella se presentó contra Illa por delitos habría cometido durante el tiempo en que ostentó el cargo de Ministerio de Sanidad. Ha matizado, sin embargo, que el escrito se interpuso el 2 de agosto de 2021, cuando Illa ya había cesado como ministro, por lo que el Supremo no es el órgano competente para evaluar la causa.

Así las cosas, la Audiencia de Madrid ha concluido que «no procede más que confirmar» la decisión de enviar el procedimiento al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

En septiembre de 2020, la Fiscalía del Tribunal Supremo se pronunció sobre las querellas interpuestas contra el Gobierno por la gestión del coronavirus. En el caso de la presentada por la confederación contra Illa, el Ministerio Público aseguró que procedía la inadmisión a trámite porque estimaba que los hechos relatados no eran constitutivos de un ilícito penal.

La Fiscalía consideró que la responsabilidad criminal que se le atribuye al exministro es «difusa y genérica» y no se hace por su concreta intervención en unos hechos delimitados, sino por el cargo que ocupaba al momento de desatarse la crisis sanitaria. Ahora será el TSJ catalán el que deberá pronunciarse sobre la querella del sindicato médico.