Si cobras el salario mínimo, la próxima subida del SMI no debería hacerte pagar IRPF. Hacienda ya trabaja en el ajuste técnico para que el incremento salarial no se te quede por el camino en forma de retención.
El anuncio lo hizo el secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón, en la clausura de las Jornadas Anuales del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), celebradas en Oviedo. Su idea de fondo: quien cobra el salario mínimo no puede acabar tributando solo porque su sueldo sube.
Cuánto sube el SMI y qué cambia en la nómina
El Gobierno ha anunciado una subida del 5,3% que deja el SMI en 1.286 euros al mes. En cómputo anual son 18.004 euros, repartidos en 14 pagas.
La cifra, por sí sola, dice poco. Vamos por partes.
El IRPF es el impuesto sobre la renta de las personas físicas y Hacienda lo va descontando cada mes en la nómina, a cuenta de lo que te corresponda pagar al año. Si tu salario bruto sube y esa retención no se toca, ese mes cobras menos de lo que esperabas aunque hayas ganado más.
Para evitar ese efecto, en los últimos ejercicios Hacienda ha ido exonerando de tributación las rentas salariales que se sitúan en el entorno del SMI. Lo hace con una deducción estatal en cuota: un importe que se resta directamente de la cuota a pagar, no de la base sobre la que se calcula el impuesto. El problema es que esa deducción hay que corregirla cada vez que sube el SMI, y en eso está ahora el ministerio.
Una subida de sueldo deja de serlo si Hacienda no mueve la deducción al mismo ritmo. Ese es, en el fondo, el ajuste que prepara el ministerio.
Quién queda exento y hasta dónde llega la deducción
Gascón fue más allá del colectivo que cobra exactamente el salario mínimo. Según explicó, habrá también una pendiente para minimizar el impacto del conocido como 'error de salto': ese escalón por el que un aumento pequeño de sueldo provoca un salto desproporcionado en la factura fiscal. En la práctica, la deducción se irá reduciendo de forma gradual conforme el salario sube, en lugar de desaparecer de golpe.
Ojo con esto.
El alcance va más allá de lo que parece. El secretario de Estado apuntó que estas deducciones favorecerán incluso a salarios por encima de los 20.000 euros anuales, de modo que los beneficiarios no serían solo los perceptores del SMI, sino también las posiciones retributivas cercanas. Eso sí, no concretó importes ni umbrales.
Aquí está el detalle que conviene retener: no es una rebaja general de impuestos, sino una corrección técnica para que el aumento del salario mínimo llegue íntegro a la nómina de quien lo cobra.
Por qué hay que retocar la deducción cada vez que sube el SMI
La fórmula elegida en los últimos ejercicios ha sido precisamente esa deducción estatal en cuota, que hay que recalcular cada vez que el salario mínimo se mueve. El propio Gascón lo resumió así: se trata de que el trabajador que cobra el SMI no se encuentre 'con la obligación de tributar por un incremento del sueldo'.
Y hay un matiz. Lo nuevo, esta vez, es la magnitud del incremento y la intención de suavizar también el tramo inmediatamente superior. Hasta ahora el ajuste se pensaba casi en exclusiva para quienes estaban justo en el SMI; ahora se abre a sueldos algo más altos. El objetivo es evitar que quien gana un poco más acabe con una nómina neta peor que la de quien cobra menos.
En la práctica, esto alcanza a cualquiera que cobre el salario mínimo o un sueldo muy próximo, perfiles con poco margen para absorber una retención inesperada. Las rentas medias y altas no se ven afectadas.
Toca esperar.
De momento hay un anuncio y trabajos técnicos; no hay texto legal publicado, así que ni la cuantía de la deducción ni los umbrales están cerrados. Cuando la subida entre en vigor, merece la pena mirar la retención que figura en la nómina. Si algo no cuadra, puedes consultar las retenciones vigentes en la sede electrónica de la Agencia Tributaria o preguntar a un asesor.
La ficha práctica
- ¿Quién tiene derecho? Los perceptores del SMI y, según lo anunciado, también quienes cobran sueldos cercanos, incluso por encima de 20.000 euros anuales.
- ¿Cuánto? La subida del SMI es del 5,3%, hasta 1.286 euros al mes (18.004 al año). La cuantía de la deducción aún no se ha publicado.
- ¿Hasta cuándo hay plazo? No hay plazo de solicitud: es una reforma fiscal que Hacienda aplicará de oficio cuando la norma esté aprobada.
- ¿Dónde se consulta? En la sede electrónica de la Agencia Tributaria y en el BOE, cuando se publique la norma.
- Requisito o letra pequeña clave: el anuncio es un compromiso; sin texto legal publicado no hay cifras cerradas ni umbrales definitivos.
El resumen rápido (TL;DR)
- 🎯 ¿Qué ha pasado? Hacienda trabaja en ajustar la deducción del IRPF para que el SMI siga exento tras la subida.
- 💶 ¿A quién le interesa? A quien cobra el salario mínimo o un sueldo cercano, también por encima de 20.000 euros.
- ✅ ¿Qué tienes que hacer? Nada por ahora: espera la norma y revisa la retención de tu nómina cuando entre en vigor.



