Estar de baja médica no anula por sí solo un despido: la Justicia exige a la empresa acreditar otra causa y respetar los trámites del Estatuto.
A ver, la duda es legítima. Mucha gente da por hecho que la baja funciona como un escudo y que nadie puede tocarle el puesto mientras se recupera. La realidad es más incómoda: la protección existe, pero no es absoluta.
La resolución que ha vuelto a poner el tema encima de la mesa es una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de enero de 2025. Lo que fija se resume rápido: la incapacidad temporal (la baja que firma el médico cuando no puedes trabajar) no convierte el cese en nulo de forma automática. Lo que importa es el motivo.
Qué dice la sentencia y qué no
El tribunal pone el foco en la causa. Si el despido está relacionado con la enfermedad, es nulo. Si responde a otra razón legal y la empresa la prueba, el cese puede ser procedente o improcedente, pero no nulo por el simple hecho de que estuvieras de baja.
Ahí está el matiz que cambia todo: la salud no puede ser la excusa encubierta, pero la empresa tampoco está obligada a congelar tu contrato hasta que te recuperes.
La baja médica protege frente al despido por estar enfermo, no frente a cualquier despido.
En qué casos puede la empresa despedirte estando de baja
El Estatuto de los Trabajadores permite despidos por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas cuando se cumplen los requisitos legales. Es el conocido como despido objetivo, que obliga a documentar el motivo y a respetar plazos e indemnizaciones.
También cabe el despido disciplinario por incumplimientos graves y culpables: desobediencias, abusos de confianza, y otros supuestos parecidos. Eso sí, en ambos casos la empresa tiene que justificar la decisión. Si no lo hace, el cese se cae en el juzgado.
Y aquí entra la Ley 15/2022, que prohíbe expresamente discriminar por enfermedad o condición de salud. El Tribunal Superior de Justicia de Murcia anuló en febrero de 2026 un despido al entender que el motivo real era la situación médica de la trabajadora. El mensaje del tribunal es claro: si la baja es el fondo del asunto, el despido no se sostiene.

Si te despiden: 20 días hábiles y tres escenarios
Tienes 20 días hábiles para impugnar el despido. No son naturales: se cuentan sin sábados, domingos ni festivos, y el reloj arranca cuando te comunican la decisión.
Si el cese se declara improcedente, la empresa elige, por regla general, entre readmitirte o indemnizarte. Si se declara nulo por discriminación, la cosa cambia: readmisión obligatoria y salarios de tramitación, es decir, los sueldos dejados de cobrar desde el despido.
Ojo con el calendario.
Por qué esta sentencia no es un cheque en blanco
Conviene mirar el precedente. La doctrina sobre bajas y despidos lleva años moviéndose en la misma dirección: protección reforzada frente a la discriminación, pero sin blindaje automático del puesto. Desde que la Ley 15/2022 endureció el marco, los tribunales revisan con lupa los ceses de personas con problemas de salud prolongados. Lo de Galicia no inventa nada; confirma una línea. Y el resultado es un equilibrio inestable: ni impunidad para la empresa ni protección total para el trabajador.
Dicho de otro modo: el fallo no le da la razón a la empresa por defecto. Le exige pruebas. Y eso, en la práctica, es una carga considerable: un despido objetivo mal documentado o un disciplinario sin prueba sólida acaban en improcedente, con la indemnización legal que corresponda.
Tres cosas que conviene hacer si te llega la carta estando de baja: guardar toda la documentación médica con fechas, apuntar quién te comunicó la decisión y cuándo, y consultar a un sindicato o a un abogado laboralista antes de que se agoten los 20 días hábiles. La diferencia entre nulo e improcedente se juega, muchas veces, en esos papeles.
La salud nunca es un motivo, pero tampoco es un escudo mágico.
En resumen (para tu bolsillo y tu salud mental)
- 💸 ¿Qué ha cambiado? La Justicia confirma que la baja médica no anula por sí sola un despido, pero exige una causa ajena a la salud.
- 👥 ¿A quién afecta exactamente? A cualquier trabajador en incapacidad temporal, sobre todo en bajas largas donde el puesto se vuelve incómodo.
- ✅ ¿Qué puedes hacer al respecto? Guardar los papeles médicos y consultar a un laboralista: tienes 20 días hábiles para impugnar el despido.



