UGT pide una subida del SMI para compensar el repunte de la inflación, que en agosto se situó en el 4,3%. Es la tasa más alta en más de tres años y golpea de lleno a los trabajadores que cobran el salario mínimo o tienen el sueldo atado a él por convenio.
Por qué UGT pide ahora una subida del SMI
La petición la puso sobre la mesa el secretario general del sindicato, Pepe Álvarez, en la reunión celebrada este jueves con el Gobierno y los agentes sociales para analizar el impacto económico de la guerra de Irán. Según UGT, el conflicto en el entorno del estrecho de Ormuz se está alargando más de lo previsto y esa tensión ya se traslada a los precios.
El dato que ha encendido las alarmas es el IPC de agosto, que se situó en el 4,3% según el INE, la tasa más alta en más de tres años. Ese repunte está erosionando la capacidad de compra de los salarios y, para el sindicato, exige moverse rápido en dos frentes: revisar el SMI y abrir cuanto antes la negociación del VI AENC, el acuerdo marco que orienta las subidas salariales en los convenios.
Lo que explica la urgencia es otro dato. La subida del SMI pactada para este año fue del 3,1%, aplicada en enero, y la inflación de agosto (4,3%) supera ya en más de un punto ese porcentaje. El punto de partida es incómodo: lo que se reclama ahora no es un extra, sino recuperar el poder de compra que se ha quedado por el camino.
Cuánto subiría tu nómina y de qué depende la cifra
Antes de hacer cuentas conviene aclarar algo básico. La cifra no la decide un sindicato: el SMI se fija por real decreto, lo aprueba el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Trabajo y se publica en el BOE. Hasta que ese texto vea la luz, cualquier porcentaje que se mencione es una propuesta encima de la mesa, no un derecho adquirido. Sin publicación en el BOE, no hay subida.
Todavía no hay cifra oficial. Cuando llegue, se notará en la nómina de quienes cobran el salario mínimo —se fija como una cantidad anual y se abona habitualmente en 14 pagas— y también en la de los trabajadores cuyo convenio usa el SMI como referencia. Cada punto de subida eleva esa cuantía anual de forma proporcional, así que el efecto exacto dependerá del porcentaje que se apruebe y de la fecha que fije la norma.
Una subida del salario mínimo no se queda en quien lo cobra: arrastra también los convenios que lo usan como referencia para el resto de la tabla.
La letra pequeña: absorción de complementos y negociación colectiva
Cuando el SMI sube, algunas empresas absorben ese aumento con los complementos que ya venían pagando y el trabajador no ve ni un euro más en su nómina. Es la llamada absorción y compensación salarial, y UGT reclama aplicar con rigor los límites fijados por el Ministerio de Trabajo, que dejan fuera de ese juego la nocturnidad, la toxicidad, la penosidad, la peligrosidad o la turnicidad.
El segundo frente es la negociación colectiva. El sindicato pide abrir de inmediato la negociación del VI AENC y activar un marco de condiciones allí donde los convenios no alcanzan a cubrir al 80% de la población trabajadora, como recoge su comunicado tras el encuentro. La idea: que el salario mínimo no sea la única herramienta para ganar poder de compra.
Y el calendario aprieta. Las rebajas fiscales sobre carburantes y electricidad se extinguen en octubre y UGT ha pedido prorrogarlas, además de estudiar si el bono social llega de verdad a las familias que más lo necesitan. También reclama abrir mesas sectoriales para afrontar las amenazas de una crisis que se alarga más de lo previsto.
Si tu caso es particular, la recomendación es siempre la misma: revisa tu convenio, comprueba si tiene cláusulas de absorción y consúltalo con tu representación sindical o con un profesional. La revisión, si sale adelante, llegará por norma y sin trámite de por medio.
La ficha práctica
- ¿Quién se vería afectado? Los trabajadores que cobran el salario mínimo y quienes tienen el sueldo referenciado al SMI en su convenio, si la revisión sale adelante.
- ¿Cuánto subiría? No hay cifra oficial. UGT pide una revisión al alza y el porcentaje final lo fijará el Gobierno en el real decreto.
- ¿Cuándo se sabría? Sin fecha cerrada. La norma se publicará en el BOE y se aplicará con los efectos que ella misma indique.
- ¿Dónde se consulta? En el BOE, donde se publica el real decreto con la nueva cuantía. No hay solicitud que hacer.
- La letra pequeña: la absorción y compensación puede neutralizar la subida en tu nómina, salvo en los complementos que el Ministerio de Trabajo deja fuera de ese mecanismo.
El resumen rápido (TL;DR)
- 🎯 ¿Qué ha pasado? UGT ha reclamado al Gobierno una revisión al alza del SMI ante el repunte de la inflación.
- 💶 ¿A quién le interesa? A quien cobra el salario mínimo o lo tiene como referencia en su convenio.
- ✅ ¿Qué tienes que hacer? Estar atento al real decreto con la nueva cifra; no hay trámite que solicitar.




