Si eres uno de los medio millón de españoles que obtuvo la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática, tu voto está en pausa provisional.
Indignómetro
Nivel de impacto social: 8/10. La suspensión afecta a unos 500.000 ciudadanos con nacionalidad ya reconocida y deja en suspenso un derecho fundamental, aunque de forma cautelar.
Qué ha decidido la Junta Electoral Central
Según publica infoLibre, la Junta Electoral Central (JEC) se reunió este lunes, 14 de septiembre, y adoptó una postura doble: confirmó que acata las medidas cautelares dictadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, pero dejó claro que no comparte el fondo. Es decir, cumplir la orden judicial no significa que la Junta considere acertada la suspensión del voto de estos españoles.
El órgano está formado por ocho magistrados del Supremo elegidos por sorteo y cinco catedráticos de Derecho o Ciencia Política propuestos por los partidos. La resolución que la JEC defiende se aprobó el pasado 16 de julio. Entonces, el organismo rechazó suspender el voto de los descendientes de exiliados republicanos nacionalizados gracias a la Ley de Memoria Democrática. Argumentó que no era competente para revisar la concesión de nacionalidad y recordó que el sufragio es un derecho inherente a la ciudadanía española, según la Constitución.
Aquella decisión de julio tuvo un apoyo transversal: cuatro magistrados progresistas, dos conservadores y tres vocales académicos votaron a favor. El voto particular que pedía frenar el acceso al censo solo lo firmaron dos magistrados conservadores y dos catedráticos, vinculados al sector conservador.
A quién deja sin voto y qué se está jugando
La suspensión cautelar frena la tramitación de nuevas altas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) para aproximadamente medio millón de españoles que lograron la nacionalidad por la ley de nietos. El CERA es el registro que permite votar a los residentes en el extranjero, así que no estar inscrito equivale a no poder votar. En la práctica, quienes aún no figuraban en el censo no podrán votar hasta que haya sentencia firme. La letrada de las Cortes que defiende a la JEC ya avisó de que esta medida cautelar resulta desproporcionada: privar del voto a quienes reúnen los requisitos legales atenta, según su escrito, contra la ponderación de intereses del conflicto.
El único recurso posible era presentar una reposición ante los mismos magistrados que dictaron la medida. El presidente de la JEC, Eduardo Calvo Rojas, consideró que era un acto inútil y se impuso su criterio. Algunos miembros de la Junta defendieron presentarlo igualmente para escenificar su rechazo, pero finalmente se descartó. El detalle importante: ni una sola voz progresista, ni en la Junta ni en el Supremo, ha apoyado la suspensión. Al menos dos vocales conservadoras del órgano electoral, Carmen Lamela y Fernando Cerdá, coinciden en que privar de voto a tanta gente es desproporcionado.
La suspensión del voto es cautelar y provisional, pero ya es efectiva: medio millón de personas quedan fuera del censo hasta que haya sentencia.
Una decisión que divide a la justicia por líneas ideológicas
En la sección cuarta del Supremo, la suspensión se aprobó solo con votos de magistrados del sector conservador. La única componente progresista, Alicia Millán, redactó un voto particular discrepante. Sostuvo que el interés general no solo exige garantizar la regularidad de los procesos electorales, sino también asegurar que quienes han visto reconocida su condición de españoles puedan participar en el proceso electoral.
El voto particular de julio que inspiró a Vox y a Iustitia Europa lo firmaron únicamente dos magistrados conservadores y dos académicos, como Carlos Vidal Prado, Javier Tajadura, Vicente Magro y Fernando Marín Castán. En la sección cuarta, el ponente Antonio Narváez fue aupado por el PP al puesto de magistrado del Constitucional; el presidente, Luis Díez-Picazo, fue quien en 2018 forzó un pleno para revertir la sentencia sobre el impuesto de las hipotecas. Algunos observadores ven un patrón similar: una suspensión de derechos fundamentales con un respaldo judicial casi exclusivamente conservador.
Lo que viene ahora es esperar a que la Sala de lo Contencioso-Administrativo dicte sentencia. Hasta entonces, la JEC mantiene su resolución de julio y acata la medida cautelar, que queda en vigor. El foco está en si el Supremo confirmará su criterio o acabará por dar la razón a la Junta y al voto particular de Alicia Millán.
📌 En claves: lo que debes saber
- Qué ha pasado: La JEC acata las medidas cautelares del Supremo que suspenden el voto de medio millón de descendientes de exiliados, pero no comparte el fondo.
- Por qué te importa: Quienes no figuren ya en el CERA verán suspendido su derecho de sufragio pese a tener la nacionalidad reconocida.
- A quién afecta: A hijos y nietos de exiliados republicanos nacionalizados por la Ley de Memoria Democrática.
- Hacia dónde vamos: Habrá sentencia firme en el Supremo; mientras, la suspensión cautelar continúa en vigor.



