Un juzgado de Alcobendas admite la demanda de la OCU por el apagón del 28A, vía para reclamar una indemnización. Si te quedaste sin luz, esto te interesa.
La resolución, dictada el 8 de septiembre por el letrado de la Administración de Justicia del Tribunal de Instancia de Alcobendas, admite a trámite el acto de conciliación presentado por la Organización de Consumidores y Usuarios. En la práctica no es una sentencia: es el paso previo para intentar un acuerdo y, si no llega, dejar preparada la vía judicial.
Qué ha admitido el juzgado y a quién reclama la OCU
La OCU dirige su reclamación hacia Red Eléctrica, las distribuidoras, y las comercializadoras, con un reparto de responsabilidad compartida. En concreto, la petición menciona a Red Eléctrica como operador del sistema y gestor de la red de transporte, a diez distribuidoras con relevancia en la causa y a las cincuenta principales comercializadoras como garantes de los contratos.
El objetivo es doble. Por un lado, recabar información suficiente para determinar que la responsabilidad no se debe a una causa de fuerza mayor. Por otro, conseguir un cauce colectivo de información, compensación y reparación para todos los afectados.
Cómo saber si te afecta y qué compensación podrías recibir
Según la encuesta de la OCU, el corte duró una media de 12 horas. Para una vivienda urbana con 4,6 kW de potencia contratada, la compensación automática de calidad del suministro rondaría una media de 17 euros.
Además de ese importe, la conciliación pide indemnizar los daños patrimoniales documentados y los daños personales y morales cualificados de los consumidores domésticos. Habrá una liquidación individual posterior cuando la cuantía exija una prueba singular.

Documentar los daños y guardar la factura es la base de cualquier reclamación por el apagón.
El apagón del 28A dejó a millones de usuarios sin luz y puso sobre la mesa quién responde ante un fallo de esta escala. La vía elegida por la OCU, el acto de conciliación, permite explorar un acuerdo sin esperar a una sentencia. El tribunal no decide ahora quién tiene razón: comprueba si hay voluntad de reparar y, si no la hay, la demanda colectiva puede seguir su curso.
Qué esperar en las próximas semanas y cómo actuar
Las empresas requeridas disponen de 10 días procesales para responder a la petición de conciliación. El plazo vence este 22 de septiembre, según la resolución judicial.
También se pide a las distribuidoras que regularicen las compensaciones automáticas de calidad del suministro en un máximo de 30 días desde la admisión a trámite. Conviene revisar si la compensación aparece en la factura.
El acuerdo propone, además, un calendario de negociación de 60 días para elaborar una propuesta de reparación colectiva. Es decir, el proceso busca una salida común y no miles de reclamaciones aisladas.
Mientras tanto, puedes dar algunos pasos básicos:
- Revisa tu factura para comprobar si incluye la compensación automática.
- Guarda facturas, albaranes y comunicaciones relacionadas con el corte.
- Presenta una reclamación formal ante tu comercializadora y conserva el justificante.
- Si no obtienes respuesta, acude a una oficina municipal de consumo o a una Junta Arbitral de Consumo.
Para tu caso concreto, la OCU, Facua o la oficina de consumo pueden orientarte. Una reclamación colectiva no sustituye al asesoramiento individual, así que conserva toda la documentación y consulta las vías oficiales.
🛒 La ficha de consumo
- ⚠️ Problema: El juzgado admite la conciliación de la OCU por el apagón del 28A.
- 💸 Posibles consecuencias: Compensación media de 17 euros y daños patrimoniales si se acreditan.
- ✅ Consejos para solucionarlo: Guardar facturas, reclamar a la comercializadora y sumarse al cauce colectivo.
- 🏁 Resultado final: Procedimiento de reparación para todos los afectados si se alcanza acuerdo.



