El Gobierno confirma la reducción de jornada por hijos hasta los 12 años: requisitos

El Estatuto de los Trabajadores reconoce este derecho a progenitores con hijos menores de 12 años, con recorte proporcional de sueldo. Te explicamos cómo se solicita y qué plazos maneja la empresa.

Si tienes hijos menores de 12 años, la reducción de jornada es un derecho que recoge el Estatuto de los Trabajadores. Conviene que lo sepas: no es una opción que la empresa pueda denegar sin más.

El Gobierno ha confirmado que los progenitores pueden solicitar una reducción de jornada con recorte proporcional de sueldo hasta que los hijos cumplan 12 años. Muchas personas creían que este derecho se limitaba a los 8 o 10 años. La clave está en el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores.

Qué dice el Estatuto de los Trabajadores

La norma reconoce a las personas trabajadoras el derecho a pedir adaptaciones de la duración y distribución de la jornada, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación a distancia. Todo ello para hacer efectivo el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral.

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Estas adaptaciones deben ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la persona trabajadora y con las necesidades organizativas o productivas de la empresa. No es un cheque en blanco, pero tampoco un imposible.

Y aquí está el dato que más confunde: se puede solicitar hasta que los hijos o hijas cumplan doce años. Ni ocho ni diez: doce. La letra de la ley es taxativa.

El derecho no se limita a los hijos menores de 12 años. También se extiende a otros supuestos: hijos mayores de 12 que necesiten cuidado, el cónyuge o pareja de hecho, y familiares por consanguinidad hasta el segundo grado con los que se conviva y que, por edad, accidente o enfermedad, no puedan valerse por sí mismos. En esos casos, hay que justificar las circunstancias.

Si la empresa no se opone por escrito en un plazo de quince días, la solicitud se considera concedida. Ese silencio administrativo laboral juega a favor de la persona trabajadora.

Requisitos y cómo se solicita la reducción de jornada

La solicitud debe presentarse por escrito con un plazo de quince días de antelación, salvo fuerza mayor. Conviene dejar constancia por escrito.

Una vez presentada la solicitud, la empresa debe abrir un proceso de negociación con la persona trabajadora. El proceso debe desarrollarse con la máxima celeridad. Si pasan quince días y no hay oposición motivada por escrito, se presume la concesión.

La empresa debe comunicar por escrito la aceptación de la petición. Si no, planteará una propuesta alternativa que posibilite las necesidades de conciliación o manifestará la negativa a su ejercicio.

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La norma deja en manos de la negociación colectiva los términos concretos, con criterios que garanticen la ausencia de discriminación directa o indirecta entre personas trabajadoras de uno y otro sexo. Si no hay convenio aplicable, la empresa debe negociar directamente con la persona solicitante.

Transcurrido el periodo acordado o cuando decaigan las causas que motivaron la solicitud, la persona trabajadora tiene derecho a regresar a la situación anterior. Es decir, la reducción no es irreversible.

La reducción de jornada no es una excedencia ni un permiso retribuido. Implica trabajar menos horas a cambio de un salario proporcionalmente menor. Calcula bien el impacto económico antes de pedirla.

Por qué importa esta confirmación del Gobierno

La confirmación del Gobierno no introduce una novedad legal, pero aclara un punto que genera confusión. Muchas personas creían que solo podía pedirse hasta los 8 o 10 años. El límite de 12 años ya estaba en el Estatuto, pero la aclaración ayuda a que más progenitores ejerzan un derecho que a menudo no se pide por miedo o desconocimiento.

La letra pequeña está en las condiciones: la empresa puede oponerse, pero tiene que motivarlo por escrito. Si no lo hace en 15 días, la solicitud se presume aceptada. Conviene leer el convenio colectivo aplicable, porque puede establecer términos concretos. Ante dudas, consulta el convenio o pide asesoramiento sindical.

La ficha práctica

  • ¿Quién puede solicitarlo? Personas trabajadoras con hijos o hijas de hasta 12 años, y también quienes cuiden a familiares dependientes.
  • ¿Cuánto? La reducción de jornada implica un recorte proporcional del salario. No hay una cuantía fija: dependerá de las horas reducidas.
  • ¿Hasta cuándo hay plazo? No hay una fecha límite general. Se puede pedir en cualquier momento mientras se cumplan los requisitos, con 15 días de antelación a la fecha deseada.
  • ¿Dónde se solicita? Por escrito ante la empresa, idealmente con acuse de recibo. No es un trámite ante el SEPE ni una ayuda pública.
  • Requisito o letra pequeña clave: Si la empresa no contesta por escrito en 15 días, la solicitud se considera concedida. Guarda copia de todo.

El resumen rápido (TL;DR)

  • 🎯 ¿Qué ha pasado? El Gobierno confirma que la reducción de jornada por cuidado de hijos puede pedirse hasta que cumplan 12 años.
  • 💶 ¿A quién le interesa? A progenitores con hijos menores de 12 años y a cuidadores de familiares dependientes.
  • ¿Qué tienes que hacer? Presenta la solicitud por escrito con 15 días de antelación y guarda justificante.