El Pleno del TC continuará este martes el debate sobre el primer estado de alarma

El Pleno del Tribunal Constitucional en el que se ha debatido este martes sobre la constitucionalidad de determinados aspectos del decreto por el que se declaró el primer estado de alarma frente a la pandemia de coronavirus ha concluido sin acuerdo por parte de los magistrados y por ende sin fallo.

Fuentes del tribunal de garantías han confirmado que este martes no se ha votado la ponencia del magistrado Pedro González-Trevijano y que el Pleno volverá a reunirse mañana para continuar el debate y acordar una resolución.

La decisión mantiene dividido al cónclave, que ya optó el pasado junio por aplazar el asunto a la convocatoria de esta mañana, en la que los jueces han analizado una ponencia que cuestiona la constitucionalidad de algunas medidas de restricción de movillidad –como el confinamiento domiciliario– aplicadas por el Ejecutivo de Pedro Sánchez al inicio de la pandemia.

En caso de que el texto consiguiese un apoyo mayoritario, se admitirían algunos presupuestos señalados en el recurso presentado por Vox, que fue el primero en acudir al Tribunal Constitucional para impugnar los decretos dictados por el Gobierno de coalición durante la crisis del coronavirus.

ANÁLISIS DE LAS RESTRICCIONES

Según han precisado fuentes jurídicas, la ponencia contempla que las medidas más restrictivas del decreto hubieran sido merecedoras de una declaración del estado de excepción en España, por sobrepasar los presupuestos del estado de alarma.

El asunto llega a Pleno en un momento en el que en el tribunal de garantías hay mayoría de magistrados conservadores, aunque esto no quiere decir que el apoyo a todos los puntos de la ponencia de Pedro González-Trevijano sea automático.

De hecho, el Pleno se mantiene bastante dividido, según las citadas fuentes. De rechazarse el texto, se tendría que nombrar un nuevo ponente para que redactara el sentir mayoritario del Constitucional y habría que esperar incluso meses a la resolución final de este asunto.

¿SUSPENSIÓN O LIMITACIÓN DE DERECHOS?

Otra de las claves del debate pasa por dilucidar si el primer estado de alarma supuso una suspensión total de los derechos fundamentales afectados o una mera limitación de los mismos que sí podría estar amparada por la figura del estado de alarma. De imponerse la visión del ponente, la decisión tendrá consecuencias inmediatas, puesto que todas las multas emitidas durante el estado de alarma deberían ser anuladas.

Este tema está pendiente de resolverse en el Constitucional desde mayo de 2020, cuando el asunto fue admitido a trámite en un Pleno que se celebró de manera telemática debido a las propias restricciones por la COVID-19.

Desde Vox entienden que el decreto del 14 de marzo incluía restricciones de ciertas libertades públicas que no estarían contempladas para ese tipo de estado en la Constitución. Sostienen que determinadas suspensiones dictadas por el Ejecutivo sólo cabrían en la fórmula del estado de excepción.