Mujeres Juezas ven falta de perspectiva de género en la sentencia de la Audiencia de Navarra

La Asociación de Mujeres Juezas de España han lamentado, este miércoles, la «total y rotunda ausencia de toda perspectiva de género e infancia en el análisis de los hechos» juzgados en la Audiencia Provincial de Navarra, de un delito de abuso sexual a una menor de 14 años, así como «la interpretación y aplicación del Derecho que se lleva a cabo en la misma».

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra decidió, este martes, absolver a un acusado de haber abusado sexualmente de su hijastra, a quien dejó embarazada. Para los magistrados, no está probado que, en el mes de marzo de 2018, el procesado, «al que la menor trataba como un padre, y aprovechándose de esta situación», hubiera mantenido relaciones sexuales completas con su hijastra.

En su declaración judicial, la menor exculpó al acusado y relató que fue ella quien, estando él dormido y «borracho» en el sofá, se puso encima suya y mantuvo la relación sexual sin que el procesado se percatara, según ha informado el TSJN.

Para la Asociación de Mujeres Juezas, esta sentencia con falta de perspectiva ha «sacrificando bienes jurídicos consagrados» en la Constitución, «como la protección de la infancia y la adolescencia frente a la violencia o la salvaguarda del interés superior de las personas menores de edad», en pro de «una claramente mal interpretada defensa del principio de presunción de inocencia».

«LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA PUEDE QUEBRARSE»

«Sin perspectiva de género, el derecho penal no sirve a las mujeres ni, lamentablemente hemos de añadir en este caso, a las niñas», ha señalado la entidad.

Así, creen que la sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra parte de un relato de «hechos probados» en el que se limita a copiar y reproducir elementos de valoración de prueba y en el que, a su juicio, «se incluyen sesgos de género y datos innecesarios que vulneran la intimidad de la menor y su familia que no guardan relación con los hechos objeto de investigación y enjuiciamiento».

Además, señalan, las conclusiones alcanzadas «no se explican en la resolución y resultan insólitas e increíbles». «El principio in dubio pro reo permite la absolución cuando la culpabilidad no ha quedado acreditada más allá de toda duda razonable y las dudas expresadas en la resolución no parecen nada razonables y desde luego no se explican de forma lógica en la sentencia», indican.

A su juicio, la presunción de inocencia «es un derecho fundamental imprescindible para fundar y mantener un régimen democrático que garantice los derechos humanos», pero, explican, «como todo derecho fundamental encuentra su límite en el respeto a los demás derechos fundamentales reconocidos en la Constitución», entre los que se encuentran «el derecho a la integridad física y moral, y el derecho la libertad e integridad sexuales».

Así, creen que «la presunción de inocencia puede quebrarse» y recuerdan que «toda sentencia de condena dictada en un proceso penal supone, de hecho, una quiebra esa presunción, que ha podido desvirtuarse gracias a la actividad de la acusación».

SE APARTA DE LOS CONVENIOS INTERNACIONALES

«No es legítimo, ni democrático, ni garantista ignorar todos los derechos fundamentales de la víctima con el fin de preservar un derecho de la persona acusada», apuntan, para insistir en que «la menor también tiene que ver garantizados sus derechos fundamentales».

A través de un comunicado, la asociación quiere «dejar constancia» del «desconcierto y consternación» de las magistradas que lo forman, ante el «modo de concebir y aplicar el derecho procesal penal» en este caso.

Según explican, se ha apartado «de los tratados internacionales suscritos por España», como la Convención de Naciones Unidas de Derechos del Niño, las Observaciones Generales del Comité de los Derechos del Niño y, «especialmente», de la Observación General número 12, de 2009, sobre el derecho a ser escuchado, entre otros convenios.

Desde la entidad, recuerdan que la profesión «no puede» abstraerse de que «entre un 10% y un 20% de la población ha sufrido abusos sexuales en su infancia» y de que «en un alto porcentaje el abusador es un familiar o persona del entorno». También hay que tener constancia, apuntan, de que «los procedimientos no están diseñados ni adaptados a los niños y niñas».

«Tampoco podemos cerrar los ojos que las niñas, niños y adolescentes que valientemente denuncian abusos sexuales o malos tratos por parte de algún familiar muchas veces no reciben el apoyo de las personas más cercanas y sufren el prejuicio de que mienten, estereotipo que hay que desterrar», concluyen.