La justicia corrige la sentencia y amplía a tres años de cárcel la condena a Jaime Botín por el contrabando de un ‘picasso’

El juzgado de lo Penal número 27 de Madrid ha dictado un auto aclaratorio de la sentencia contra Jaime Botín por contrabando de un Picasso y duplica la pena que se le impuso en un primer momento, imponiéndole tres años y un día de prisión y una multa de 91,7 millones de euros.

El juez hecho este auto a petición del Ministerio Fiscal y de la Abogacía del Estado tras haber observado un error en la imposición de la pena recaída en la sentencia impuesta a Jaime Botín por un delito de contrabando de bienes culturales por el que se le condenó y cuya pena debía corresponder a lo previsto en la ley para este delito en su mitad superior.

Así, de conformidad con el artículo 66.6 del Código Penal, Botín deberá hacer frente a una pena de tres años y un día de prisión y multa de 91,7 millones de euros con responsabilidad subsidiaria de cuatro meses.

El expresidente de Bankinter había sido condenado a 18 meses de prisión y 52 millones de euros de multa por contrabando de cuadros. En concreto, la condena se acuerda por el intento de sacar de España ilegalmente un cuadro de Pablo Picasso que aun siendo de su propiedad formaba parte del patrimonio nacional.

La sentencia considera probado que el banquero intentó sacar el cuadro en un yate de su propiedad después de que las autoridades se lo denegaran. Esa actuación constituye un delito de contrabando de bienes culturales. La Fiscalía había pedido para él cuatro años de prisión y 100 millones de euros de multa.

La sentencia fija además que el Estado se quede con el cuadro, en aplicación de lo previsto en el artículo 29 de la Ley de Patrimonio Histórico Español. Durante todo el proceso, el cuadro ha estado custodiado en el depósito judicial en los almacenes del museo Reina Sofía. Se trata de la pintura titulada ‘Cabeza de mujer joven’, datada en 1906.

Según la Fiscalía, Botín quería subastar la obra en Christie’s, que la incluyó en su catálogo para la venta en febrero de 2003 en Londres. La galería informó al banquero de que debía pedir autorización al Ministerio de Cultura español para la exportación y venta de la obra por tratarse de un bien perteneciente al Patrimonio Histórico Español. La autorización administrativa le fue denegada y es imprescindible para salida del cuadro de territorio nacional.

El propio Botín autorizó de su puño y letra a Christie’s Ibérica, S.L. “la presentación y gestión de la licencia de exportación con posibilidad de venta, como dueño de pleno dominio de la obra, ante el Ministerio de Cultura”. En ese momento la compañía de subastas hizo solicitud telemática al Ministerio de la solicitud de exportación definitiva para su subasta. La autorización le fue denegada. Pese a ello, Botín decidió trasladar el cuadro en el yate de su propiedad ‘Adix’ que se encontraba atracado en el puerto de Valencia y dio instrucciones al capitán de ocultar la obra a las autoridades. Así lo hizo cuando la embarcación fue inspeccionada por la Guardia Civil. Y en el puerto de Calvi (Córcega), contrató un vuelo para trasladar la obra. Los servicios aduaneros franceses, “al tener conocimiento de que el acusado estaba tramitando el permiso de salida del vuelo con un cuadro”, ordenaron una inspección y localizaron el cuadro embalado en la cabina del comandante.

(SERVIMEDIA)