Declaración de la Renta: la advertencia de los asesores fiscales sobre las dietas y gastos de viajes

En plena campaña de la Renta los asesores fiscales del Consejo General de Economistas han ofrecido sus recomendaciones a tener en cuenta a la hora de rendir cuentas ante el Fisco. Los expertos han puesto el acento en que Hacienda está haciendo un especial seguimiento en dietas y gastos de viajes.

Los asesores recuerdan que es fundamental conservar las facturas de aquellos gastos que se incluyan. «Si le han satisfecho gastos de viaje y dietas exceptuadas de gravamen es conveniente que se guarde las facturas de alojamiento, de los viajes en transporte público, de peajes y de estacionamientos, quizás la Administración tributaria quiera comprobar estos extremos», aseguran a ‘El Mundo‘.

«Los gastos de alojamiento y de locomoción deben estar justificados. Si el transporte se realiza en vehículo particular, la cuantía exenta es el resultado de multiplicar 0,19 por los kilómetros recorridos», recuerdan.

En cuanto a los gastos de manutención, los asesores recuerdan que no es necesario justificarlos, y que bata con «probar la realidad del desplazamiento fuera del municipio donde se sitúa el centro de trabajo. Se exoneran determinadas cuantías, independientemente del gasto que realmente se haya producido».

Los viajes en el extranjero merecen también una mención especial. Recomiendan tener preparadas «las pruebas que pueden exigirle: justificantes de las salidas del territorio nacional, de los trabajos realizados en el extranjero y del cálculo de las retribuciones exentas».

En caso de que los viajes realizados fuera de España a lo largo de 2018 se hubieran llevado a cabo en territorios donde se aplica «un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a nuestro IRPF», el contribuyente «no tendrá que declarar la totalidad del sueldo percibido, pues estará exenta la parte correspondiente a los días trabajados en el extranjero, con un límite máximo de 60.100 euros».