Si trabajas por cuenta ajena, tu empresa tendrá que explicarte por escrito cómo asigna turnos, fija salarios o decide un despido. La nueva transparencia laboral entra en vigor el próximo 5 de octubre y cambia la relación entre plantilla y empleador.
El Consejo de Ministros aprobó el 8 de septiembre un real decreto que traslada al ordenamiento español la Directiva (UE) 2019/1152, sobre condiciones laborales transparentes y previsibles. Bruselas fijó el 1 de agosto de 2022 como límite, así que España cierra el expediente con más de cuatro años de retraso.
Publicado en el BOE, el texto entra en vigor a los veinte días, es decir, el próximo 5 de octubre. Busca blindar el derecho del trabajador a conocer por escrito los elementos esenciales de su empleo y adaptar la normativa española a un marco europeo que exige más previsibilidad en salarios, jornada y sistemas automatizados.
También incorpora reglas específicas para colectivos con alta movilidad, como el trabajo en el extranjero, la pesca o la marina mercante.
Qué cambia desde el 5 de octubre
A partir de esa fecha, las empresas tendrán que informar por escrito sobre los sistemas algorítmicos que usen para determinar condiciones de trabajo. Traducido: si un software reparte tareas, turnos, salarios, promociones o despidos, la explicación ya no es opcional: es obligatoria.
Además, los nuevos contratos deberán detallar salario, jornada y previsibilidad del tiempo de trabajo. La plantilla ya existente tendrá que pedir esa información por escrito y la compañía tendrá un máximo de 30 días para entregarla.
La norma no será automática para toda la plantilla: en contratos ya vigentes, el detalle depende de que el trabajador lo pida por escrito.
Lo que sí será automático desde el primer día es comunicar por escrito cualquier modificación de las condiciones laborales en el momento en que se produzca.
Qué debe incluir el contrato y cuándo hay que pedirlo
El real decreto obliga a especificar identidad de las partes, contenido de la prestación, categoría o grupo profesional, distribución de la jornada y salario base. También entran complementos, variables, horas extra, vacaciones y condiciones del periodo de prueba, junto con el convenio aplicable, el procedimiento de extinción y, cuando proceda, las medidas del plan de igualdad y LGTBI.
Para los contratos ya existentes, el trabajador debe solicitar expresamente por escrito esos detalles si no los tiene. La empresa tiene 30 días para responder. La norma excluye a las relaciones laborales de cuatro semanas o menos, que no tendrán que cumplir todo el despliegue informativo.
El periodo de prueba obliga a informar de su duración concreta, dentro del límite legal de seis meses o por encima si un convenio lo justifica. Eso solo valdrá cuando lo permita la naturaleza del empleo, el interés del trabajador o la evaluación de su idoneidad.
Por qué llega con cuatro años de retraso
La directiva europea tenía que transponerse antes del 1 de agosto de 2022, según el calendario de Bruselas. Quienes defienden el real decreto destacan que convierte en obligación legal algo que hasta ahora quedaba en la práctica interna de cada empresa, sobre todo en la gestión algorítmica de los puestos.
En cambio, los sectores empresariales critican que llega con costes de adaptación y sin un desarrollo sancionador completo. La propia transposición es parcial en algunos aspectos sancionadores.
El siguiente paso será comprobar cómo aplican las empresas el deber de información, sobre todo en contratos temporales breves y algoritmos de recursos humanos. Conviene seguir el desarrollo en los próximos meses.
📌 En claves: lo que debes saber
- Qué ha pasado: El Consejo de Ministros aprobó el 8 de septiembre un real decreto que transpone la Directiva 2019/1152 sobre transparencia laboral.
- Por qué te importa: Desde el 5 de octubre tu empresa debe explicarte por escrito condiciones laborales y uso de algoritmos en salario, turnos o despidos.
- A quién afecta: A todas las empresas y a su plantilla, con menos obligaciones para contratos de cuatro semanas o menos.
- Hacia dónde vamos: Habrá que seguir cómo se aplica la información algorítmica y si se completa el desarrollo sancionador.



