Apunta esta cifra: el Gobierno prepara un real decreto que exigirá a los centros de datos un 80% de consumo eléctrico renovable. La norma, ya en audiencia pública, condicionará el acceso a la red y afectará de lleno al negocio inmobiliario de estos activos en España.
El proyecto, elaborado por los Ministerios para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Economía, Comercio y Empresa, y Transformación Digital y Función Pública, se tramita por vía de urgencia tras el visto bueno del Consejo de Ministros del pasado martes. Su objetivo: ordenar un despliegue que ya supera con creces las previsiones oficiales.
¿Qué exige el nuevo real decreto a los centros de datos?
La regulación fija condiciones para las instalaciones de más de 1 MW de potencia. Deberán cumplir los estándares europeos más exigentes de eficiencia energética e hídrica y acreditar que el 80% de su consumo eléctrico procede de fuentes renovables cada hora de funcionamiento.
Ese consumo renovable debe ser adicional: cada megavatio nuevo de demanda tendrá que venir acompañado de un megavatio renovable instalado en los 18 meses anteriores a la entrada en funcionamiento del centro, ya sea mediante autoconsumo (generación propia) o con contratos de compraventa de energía a largo plazo (PPA). El control se hará hora a hora, no como media anual.
Además, los centros de datos tendrán que cumplir los mejores niveles del futuro etiquetado europeo de eficiencia, que entrará en vigor en agosto de 2027 conforme al Reglamento Delegado (UE) 2024/1364.
Soberanía digital, plazos y consecuencias para los proyectos
En materia de soberanía digital, quien opere el centro deberá estar establecido en la UE; los datos, metadatos y registros de operación tendrán que permanecer en territorio comunitario y se controlarán los accesos desde terceros países.
La norma convierte el consumo renovable en un permiso de obra: sin cumplirlo, el centro de datos no se enchufa a la red.
El incumplimiento no sale gratis: puede acarrear recargos crecientes en cargos y peajes y, en última instancia, la pérdida de los derechos de acceso y conexión a la red eléctrica.
Los proyectos en tramitación tendrán seis meses para adaptarse y acreditarlo, un plazo que baja a tres meses si están a la espera de un concurso de acceso a la red. También podrán renunciar a esos derechos sin que se ejecuten las garantías.
Por qué toca de lleno al negocio inmobiliario y a la red eléctrica
La justificación del Ejecutivo es clara: España tiene una Estrategia de IA que estima unos 2,5 GW de potencia de computación para 2030, que necesitarían entre 3,5 y 4 GW de demanda eléctrica. Sin embargo, los permisos de acceso ya concedidos superan varias veces esa cifra: más de 12 GW desde 2021.
Todos los centros de datos mayores de 500 kW deberán remitir a MITECO sus datos de eficiencia y sostenibilidad para su publicación anual. Los de más de 1 MW tendrán que detallar además si cumplen las mejores prácticas del código de conducta europeo sobre eficiencia energética.
La regulación encarece y ralentiza la entrada de proyectos especulativos, pero también da previsibilidad a los inversores que sí aporten generación renovable. Quien no sume renovables no podrá conectarse.
Los interesados pueden remitir alegaciones hasta el 4 de septiembre a la dirección bzngabinete_see@miteco.es.
🏠 Las llaves de la noticia
- 🔑 Qué te importa: El nuevo real decreto condiciona los centros de datos a un 80% de renovables para operar y conectarse a la red.
- 💡 Por qué te importa: Afecta a los costes, a los plazos de los proyectos y al valor de los activos inmobiliarios ligados a estos centros.
- 📊 Apunta estas cifras: 80% de consumo renovable; 18 meses para acreditar la generación adicional; más de 12 GW de acceso concedidos desde 2021; alegaciones hasta el 4 de septiembre.



