Si tienes hijos menores de 12 años, puedes pedir teletrabajo sin que te toquen el sueldo. Lo reconoce el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, y no es una concesión de la empresa: es un derecho laboral.
La clave está en que no hablamos de una reducción de jornada. Si reduces horas, reduces sueldo. Aquí no: el artículo 34.8 permite adaptar el horario, reorganizar las horas y, cuando el puesto lo permite, teletrabajar todos los días o solo algunos, manteniendo la jornada completa y el mismo salario.
Qué dice el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores
El Estatuto de los Trabajadores reconoce a quienes tienen hijos menores de 12 años el derecho a pedir una adaptación de jornada (cambiar horarios, turnos o pasar a teletrabajo sin reducir horas). No es algo automático, ojo: hay que plantearlo a la empresa y justificar las circunstancias familiares. A partir de ahí, toca negociar.
La principal diferencia con la reducción de jornada es que no trabajas menos horas. Por eso tampoco tiene por qué bajar la nómina. Puedes mantener la jornada completa y cobrar lo mismo mientras organizas tus horas para encajar los horarios del colegio, las extraescolares o las vacaciones.
El convenio colectivo (el acuerdo que fija condiciones por sector o empresa) puede marcar un procedimiento concreto. Si no lo hace, empresa y trabajador tienen un máximo de 15 días para negociar. Y aquí llega el detalle que cambia todo: pasado ese plazo sin una negativa motivada, la petición se entiende concedida.
La empresa puede aceptar, proponer otra alternativa o rechazar la solicitud. Si decide decir que no, tiene que explicar las razones objetivas que lo justifican. No basta con un 'no' sin más. Y si la empresa guarda silencio, no paga: el silencio juega a tu favor.
El derecho existe desde hace años, pero el Supremo lo ha puesto en el mapa: sin negociación previa y sin razones, el 'no' de la empresa no se sostiene.
Cómo pedirlo y cuánto tiempo tienes que esperar
Para pedirlo, escribe a la empresa explicando tu situación y la adaptación que necesitas. Da igual que sea teletrabajo completo, dos días desde casa, o un cambio en la hora de entrada. Lo importante es que tu propuesta tenga en cuenta, también, lo que permite tu puesto.
Durante los 15 días de negociación, empresa y trabajador pueden estudiar alternativas. Si el convenio colectivo no contempla otro plazo, ese es el margen. Si no hay respuesta, la petición se entiende aceptada. Y si después quieres volver a tu horario anterior porque cambian las circunstancias familiares, también puedes pedirlo.
El límite está en el propio puesto. Una persona que atiende al público o maneja maquinaria difícilmente podrá hacerlo desde casa; un perfil de administración o desarrollo, sí. Por eso la negociación es clave: la empresa puede ofrecer otra alternativa aunque no acepte el teletrabajo.
La sentencia del Supremo que desmonta el 'no' sin razones
El asunto ya ha llegado a los tribunales. En septiembre de 2025, el Tribunal Supremo estableció que no puede rechazar de plano una petición de adaptación de jornada sin iniciar antes el proceso de negociación previsto. La empresa se limitó a negarse sin abrir la negociación. Aquel caso terminó con una adaptación horaria para el trabajador y una indemnización de 7.501 euros, una condena que no fija un máximo ni un mínimo para todos los supuestos, pero sí marca el camino.
La sentencia no obliga a conceder el teletrabajo en todos los casos. Pero sí deja claro que el silencio o una negativa vacía no valen. La empresa tiene que sentarse, negociar y motivar su decisión. En la práctica, eso desplaza la carga de la prueba: si no documenta sus razones, el trabajador llega a un juzgado con ventaja.
Es un avance real para quienes crían con un sueldo justo y un calendario imposible. Pero la letra pequeña importa: el teletrabajo sigue dependiendo de que el puesto lo permita, y la decisión final puede acabar en los tribunales si la empresa no razona su negativa. Prepara la solicitud por escrito, guarda los correos y haz valer el silencio positivo.
En resumen (para tu bolsillo y tu salud mental)
- 💸 ¿Qué ha cambiado? Puedes pedir teletrabajo o cambio de horario sin reducir jornada ni sueldo si hay hijos menores de 12 años.
- 👥 ¿A quién afecta exactamente? A padres y madres con hijos menores de 12 años, con convenio o sin él, siempre que el puesto lo permita.
- ✅ ¿Qué puedes hacer al respecto? Presenta la solicitud por escrito y, si no hay negativa motivada en 15 días, se entiende concedida.



