Gobierno central, comunidades autónomas o ayuntamientos: el reparto real de competencias en Vivienda, Sanidad y Educación en España

Con las urnas convocadas para el 29 de noviembre tras el choque parlamentario por los decretos de vivienda, vuelve la pregunta: ¿quién decide de verdad sobre el alquiler, el centro de salud o el colegio?

La vivienda ha sido el detonante del adelanto electoral que Pedro Sánchez anunció este lunes. Los españoles votarán el 29 de noviembre, después de que PP, Junts y Vox tumbaran el viernes en el Congreso los decretos de vivienda del Gobierno, que el Consejo de Ministros vuelve a aprobar este martes. Pero lo más curioso de todo es que se trata precisamente de la materia en la que el Ejecutivo central tiene menos margen para actuar por su cuenta.

Y es que siempre está la duda: ¿decide Pedro Sánchez o mi presidente autonómico? ¿Qué porcentaje de influencia tienen los ayuntamientos? Te adelantamos que es bastante enrevesado, pero vamos a intentar aclararlos con datos para que te quede lo más cristalino posible.

Las competencias en vivienda

La Constitución permite a las comunidades asumir la ordenación del territorio, el urbanismo y la vivienda en su artículo 148.1.3ª, y todas lo han hecho. En la práctica, son los gobiernos autonómicos quienes deciden cuánta vivienda protegida se promueve, cómo se califica y quién puede acceder a ella, hasta el punto de que la clasificación de esas viviendas cambia, por ejemplo, de Andalucía a Madrid.

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El Estado entra en este terreno por la puerta de otros títulos que sí son suyos. La legislación civil le permite regular los contratos de alquiler, las bases de la planificación económica le dan pie para fijar reglas de mercado y la garantía de unas condiciones básicas de igualdad le habilita para establecer mínimos comunes en todo el país. Sobre esos tres pilares se apoya el Real Decreto-ley 26/2026, publicado en el BOE del 30 de septiembre, cuyo propio preámbulo admite que la mayoría de las competencias en vivienda corresponden a las comunidades y a las entidades locales.

Esto ha acabado varias veces en el Tribunal Constitucional. En la sentencia 79/2024, dictada a raíz de un recurso de la Junta de Andalucía, el tribunal avaló el grueso de la Ley de Vivienda de 2023, pero anuló la regulación estatal de la vivienda protegida por invadir competencias autonómicas, tal y como recoge el BOE. El Gobierno sostiene en el nuevo decreto que el encaje constitucional de la ley ha quedado refrendado en los ocho recursos ya resueltos, mientras que las comunidades recurrentes subrayan los artículos en los que el tribunal les dio la razón.

El dinero es la otra gran palanca estatal. El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana cofinancia las actuaciones autonómicas a través del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 y gestiona un parque propio mediante CASA 47, la entidad pública a la que se han traspasado inmuebles estatales como los procedentes de la Sareb. Aun así, la herramienta más conocida de la ley, la contención de los alquileres en zonas tensionadas, solo se aplica allí donde la comunidad autónoma decide declararlas.

El presidente de la Generalitat Valenciana, Juanfran Pérez Llorca, y el presidente de Ceuta, Juan Jesús Vivas
El presidente de la Generalitat Valenciana, Juanfran Pérez Llorca, y el presidente de Ceuta, Juan Jesús Vivas | Fuente: Agencias

Por último, están los ayuntamientos, que conceden licencias, aprueban el planeamiento urbanístico dentro del marco autonómico y promueven vivienda pública a través de sus empresas municipales. El nuevo decreto les da además un instrumento fiscal propio, la posibilidad de aprobar por ordenanza un recargo de hasta el 50 % en el IBI de los pisos turísticos situados en zonas tensionadas, que puede escalar al 150 % para quienes tengan cuatro o más.

Las competencias en sanidad

En la sanidad, el reparto está mucho más asentado. El artículo 149.1.16ª de la Constitución reserva al Estado las bases y la coordinación general de la sanidad, la sanidad exterior y la legislación sobre productos farmacéuticos, mientras que la gestión de los servicios de salud pasó a manos autonómicas en un proceso que culminó en 2002 con los últimos traspasos del antiguo Insalud. El resultado son 17 servicios de salud que funcionan con amplia autonomía dentro del Sistema Nacional de Salud.

Las cifras despejan cualquier duda sobre quién gestiona. Las comunidades fueron responsables del 93,6 % del gasto sanitario público en 2024, un total que alcanzó los 101.739 millones de euros, el 6,4 % del PIB, según la última Estadística de Gasto Sanitario Público del Ministerio de Sanidad. De ellas dependen los hospitales, los centros de salud, las listas de espera, la contratación de médicos y enfermeras o los conciertos con la privada, y también el esfuerzo que cada territorio decide hacer, que va del 8,9 % del PIB regional en Extremadura al 4 % de la Comunidad de Madrid.

El Ministerio conserva, aun así, decisiones de alcance nacional. Fija la cartera común de servicios que cualquier comunidad debe garantizar, autoriza los medicamentos a través de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y decide cuáles financia el sistema público, organiza la formación sanitaria especializada y presta directamente la asistencia en Ceuta y Melilla a través del Ingesa. La coordinación entre administraciones se canaliza en el Consejo Interterritorial, cuyos acuerdos tienen más peso político y técnico que fuerza jurídica, según la misma publicación.

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La pandemia de covid-19 fue la gran prueba de estrés de este modelo y dejó en evidencia lo difícil que resulta pactar estrategias únicas cuando la gestión está repartida, apuntan los autores de Ocronos, que también señalan las diferencias entre territorios en tiempos de espera y acceso a tratamientos. Los ayuntamientos juegan un papel más discreto pero real, ya que la Ley General de Sanidad de 1986 les encarga el control sanitario del medio ambiente, de los alimentos y de edificios de convivencia como escuelas, hoteles o peluquerías.

Las competencias en educación

En educación, la balanza también se inclina hacia las autonomías, aunque el Estado retiene más resortes que en vivienda. El Punto de Acceso General de la Administración describe un sistema descentralizado y simétrico, en el que el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, las consejerías autonómicas, las administraciones locales y los propios centros se reparten las funciones, y en el que la LOMLOE de 2020 delimita qué corresponde al Gobierno y qué a las comunidades.

El presidente de la Generalitat de Cataluña, Salvador Illa; el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez y el alcalde de Barcelona, Jaume Collboni, cada uno con distintas competencias
El presidente de la Generalitat de Cataluña, Salvador Illa; el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez y el alcalde de Barcelona, Jaume Collboni | Fuente: Agencias

La pieza clave son las llamadas enseñanzas mínimas. El Gobierno fija los aspectos básicos del currículo, que ocupan el 50 % del horario escolar en las comunidades con lengua cooficial y el 60 % en el resto, según el portal educativo del Ministerio, y las administraciones autonómicas y los centros completan lo demás. Al Estado le corresponden también la regulación de los títulos académicos, válidos en todo el país, el sistema general de becas y la Alta Inspección, encargada de vigilar que se cumpla la normativa básica.

Las comunidades contratan y pagan al profesorado, construyen y gestionan los colegios e institutos públicos, deciden los conciertos con la escuela concertada, fijan el calendario escolar y desarrollan el currículo, incluido el peso del castellano y de la lengua cooficial como lenguas vehiculares, un asunto que ha terminado repetidamente en los tribunales. Las ciudades autónomas son la excepción. En Ceuta y Melilla es el propio Ministerio quien asume la gestión educativa, una carencia competencial que responsables ceutíes han reivindicado en público.

A los ayuntamientos les toca el día a día de los centros educativos. La legislación de régimen local les atribuye la conservación, el mantenimiento y la vigilancia de los colegios públicos de infantil, primaria y educación especial, y muchos gestionan escuelas infantiles de 0 a 3 años o actividades extraescolares desde sus concejalías de Educación. Es una función poco visible, pero explica por qué la avería de la calefacción de un colegio se reclama al consistorio y no a la consejería.