Cámaras en piso compartido: la AEPD multa con 6.000 euros al casero aunque el contrato lo permitiera

La Agencia Española de Protección de Datos sanciona al propietario de un piso compartido por instalar cámaras en zonas comunes. La resolución establece que una cláusula en el contrato no legitima la grabación si el consentimiento no es libre. Te explicamos qué cambia para tu inti

Mala noticia para los caseros que ponen cámaras en pisos compartidos y se escudan en un papel. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) acaba de soltar un varapalo de 6.000 euros a un propietario que grababa las zonas comunes de su vivienda alquilada por habitaciones. La resolución deja claro que incluir una cláusula de consentimiento en el contrato no sirve de escudo si quien te alquila la habitación no ha aceptado realmente de forma libre.

Qué ha pasado exactamente

El caso es claro: un casero instala cámaras en el salón, la cocina y el pasillo de un piso donde viven varios inquilinos. Alega que todos firmaron un contrato donde aparecía esa cláusula. Pero la AEPD ha dicho que no, que firmar un contrato de alquiler bajo la presión de conseguir una habitación no equivale a un consentimiento libre para ser grabado en tu propia casa.

La multa, de 6.000 euros, no es la más alta de la historia, pero sí envía un mensaje contundente. La videovigilancia en espacios alquilados compartidos no se puede colar como una letra pequeña más. Tiene que haber un consentimiento específico, informado y, sobre todo, voluntario. Traducción: si te ves obligado a aceptar las cámaras para poder vivir ahí, tu 'sí' no vale.

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Cómo te afecta si compartes piso

Vamos al grano. Si vives en un piso compartido y tu casero ha puesto cámaras en zonas comunes sin consultarte de verdad, esta resolución de la AEPD te da un argumento legal sólido para pedir que las retire. No es algo que dependa de la buena voluntad del propietario: la ley está de tu lado.

El criterio que ha fijado la Agencia es claro. No basta con que aparezca en el contrato: el inquilino tiene que poder negarse sin represalias ni chantajes. Y si el casero te dice 'o firmas o no hay habitación', precisamente ahí está la prueba de que el consentimiento no era libre. La intimidad en tu propio hogar no es negociable por contrato.

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Por qué esta multa sienta un precedente

Esta sanción no va de un único casero pillado en fuera de juego. Va de un problema que llevan años denunciando sindicatos de inquilinos y bufetes especializados en vivienda. En los últimos tiempos, con la tensión del mercado del alquiler y la precariedad habitacional, cada vez son más los propietarios que instalan sistemas de videovigilancia con la excusa de la seguridad o de controlar el buen uso de la vivienda.

Hasta ahora, la zona gris legal era enorme. Muchos caseros pensaban que con incluir una línea en el contrato ya estaban cubiertos. Pero la AEPD ha venido a recordar lo que ya establece el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD): para captar imágenes de personas en espacios privados necesitas una base jurídica sólida, y el consentimiento forzado no es una base jurídica sólida.

Conviene no olvidar otros casos recientes, como las polémicas con las cámaras de vigilancia en residencias universitarias o en alojamientos turísticos donde los huéspedes ni siquiera sabían que estaban siendo grabados. Esta resolución de la AEPD es, de alguna manera, la consecuencia lógica de una línea que ya se estaba endureciendo. El derecho a la intimidad no caduca al cruzar la puerta de un piso compartido y la AEPD lo ha dejado meridianamente claro.

Además, la resolución es relevante porque pone el foco en el desequilibrio de poder entre casero e inquilino. La Agencia entiende que en un mercado tan tensionado como el del alquiler de habitaciones, el consentimiento de quien busca un techo está viciado de partida. O dicho de otra forma: no puedes pedirle a alguien que elija entre su intimidad y tener un sitio donde vivir.

En resumen (para tu bolsillo y tu salud mental)

  • 💸 ¿Qué ha cambiado? La AEPD ha multado con 6.000 euros a un casero por grabar zonas comunes aunque el contrato incluyera una cláusula de videovigilancia. El consentimiento forzado por la necesidad de encontrar piso no es válido.
  • 👥 ¿A quién afecta exactamente? A cualquier persona que comparta piso y se encuentre cámaras en el salón, la cocina o los pasillos sin haber dado un consentimiento realmente libre e informado.
  • ¿Qué puedes hacer al respecto? Si eres inquilino, puedes exigir por escrito la retirada de las cámaras amparándote en este criterio de la AEPD. Si tu casero se niega, puedes presentar una reclamación ante la propia Agencia.