Teresa Barea, notaria: la donación de dinero de padres a hijos no tributa en el IRPF (pero ojo con este impuesto)

La operación es neutra en la renta, pero el Impuesto de Sucesiones y Donaciones puede variar mucho según dónde vivas. La notaria nos cuenta cómo hacerlo bien para no llevarse un susto.

Reconócelo: cada vez que tus padres te sueltan un pellizco para la entrada del piso o para montar ese negocio, lo primero que te viene a la cabeza es si Hacienda te va a crujir. Pues respira, porque la notaria Teresa Barea lo deja clarísimo: esa donación no paga IRPF. Pero no te precipites, que hay otro impuesto acechando.

El mito de la declaración de la renta

Seguro que has oído mil veces que recibir dinero de tus padres es un regalo transparente para Hacienda. Y en parte es cierto, pero la jugada tiene truco. La Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas no considera las donaciones entre familiares como un rendimiento, así que ni tú ni tus padres tenéis que incluirlo en la casilla correspondiente. La clave está en que la operación es completamente neutra en el IRPF, como explica Teresa Barea, portavoz del Consejo General del Notariado, en un vídeo publicado por el órgano.

Ahora bien, que no tribute en la renta no significa que sea un chollo fiscal automático. El Estado tiene otro cajón para estas transacciones: el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), que se liquida con el modelo 651 y cuya factura puede variar una barbaridad según la comunidad autónoma donde residas. La legislación española separa con claridad los ingresos del trabajo de las transmisiones gratuitas entre familiares, así que ese ingreso no aparece por ningún lado en tu borrador.

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La letra pequeña que puede hincharte el pago

Aquí empieza lo interesante. Aunque la ley estatal (la 29/1987) fija las bases, cada comunidad puede aplicar sus propias bonificaciones, y las diferencias son de locos. En Madrid, Andalucía o Canarias, por ejemplo, las donaciones de padres a hijos disfrutan de reducciones de hasta el 99%, lo que deja el impuesto prácticamente en nada. En otras regiones, sin embargo, los porcentajes son menos generosos y el desembolso puede sorprenderte.

Pero ojo, que para acceder a esas ventajas no basta con hacer un bizum. La notaria insiste en que, salvo cantidades muy pequeñas, la donación debe formalizarse en escritura pública ante notario. "Basta que acudáis a la notaría más cercana con los documentos de identidad y el justificante de la transferencia", detalla Barea. Solo así Hacienda reconoce la operación y puedes aplicar las bonificaciones.

La donación de padres a hijos es completamente neutra en el IRPF, tanto para el donante como para el donatario.

El consejo de la notaria para no meter la pata

Si estás pensando en que tus padres te echen un cable, no esperes al momento del apuro. Planifica con tiempo y consulta la normativa autonómica del lugar donde resides (porque tributas donde vives, no donde naciste). El modelo 651 se presenta en los treinta días hábiles siguientes a la donación y, si la comunidad te lo permite, puedes beneficiarte de bonificaciones casi totales. Si vives en una autonomía con menos ventajas, el coste puede ser considerable, así que infórmate antes de mover el dinero.

En resumen: la ayuda familiar no te hará sudar en la renta, pero no subestimes el Impuesto de Sucesiones y Donaciones; un despiste puede costarte un buen pellizco. Y recuerda que siempre puedes preguntar en tu notaría de confianza: como repite Teresa Barea, es el paso más sencillo y el que te libra de sustos con Hacienda.

🧠 Para soltarlo en la cena

Donar dinero de padres a hijos no paga IRPF, pero sí Sucesiones.