Puedes parar de trabajar por calor, pero casi nadie hace uso de la ley por miedo al despido

El RD-ley 4/2023 permite suspender la actividad cuando hay alerta naranja o roja y sin pérdida salarial, pero sindicatos denuncian que falta inspección y persiste el miedo a represalias.

¿Sabías que tienes derecho a parar de trabajar por calor extremo sin que te descuenten el sueldo? Seguramente no, porque casi nadie lo usa. El miedo al despido y la falta de inspección hacen que la normativa dé absolutamente igual en términos prácticos.

Y es que no hablamos de un favor de la empresa, sino de que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto-ley 4/2023 obligan a protegerte frente al estrés térmico —el riesgo para la salud por calor excesivo—. En este Real Decreto se explica que "se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público colectivo terrestre por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas".

Pero la cosa no es tan compleja como parece; el resumen básico es que, cuando la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) activa un aviso naranja o rojo y tu trabajo es al aire libre, la empresa debe adaptar las condiciones o, si el peligro no se elimina, suspender la actividad sin tocarte la nómina.

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Entre las medidas que deberías ver ya figuran el cambiar el horario para esquivar las horas de más sol, las pausas más largas y frecuentes, el acceso continuo a agua fresca, zonas de sombra o espacios con aire acondicionado y llevar los equipos de protección adecuados. Además, desde la reforma del artículo 85.1 del Estatuto de los Trabajadores, todas las empresas están obligadas a tener un protocolo frente a fenómenos meteorológicos adversos. Sí, también la tuya si trabajas en hostelería o en una obra pequeña.

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Obreros de la construcción bajo el sol | Fuente: Agencias

De hecho, la Inspección de Trabajo ya está exigiendo esos protocolos en sectores como la construcción, la agricultura, la limpieza viaria o el reparto. Pero, como sabrás, la realidad es muy distinta el día a día.

Por qué nadie para por calor pese a tener derecho

Los sindicatos mayoritarios —CCOO, CGT y el Sindicato Andaluz de Trabajadoras (SAT)— coinciden en que el derecho existe, pero la gente no lo ejerce. El principal freno es el miedo a represalias. Muchas personas desconocen qué obligaciones tiene la empresa o qué derechos pueden ejercer cuando consideran que su salud está en peligro", resume Óscar Reina, portavoz del SAT, en declaraciones recogidas por El Salto. Y cuando lo saben, a menudo callan por temor a perder el empleo, sobre todo si tienen contratos temporales o trabajan en empresas pequeñas donde el despido es más fácil.

Rubén Pinel, de CCOO, añade que la normativa es clara, pero muchas empresas no tienen una práctica ágil a la hora de implantarla. Además, la Inspección de Trabajo, aunque ha reforzado sus campañas de calor, no consigue llegar a todas las obras, terrazas y campos donde se cuecen los abusos. La patronal, mientras, suele aplicar lo mínimo, como adelantar el horario diez minutos o repartir sombreros, olvidándose incluso de proporcionar puntos de sombra y servicio de agua fría.

El miedo a ser señalado o a ser despedido hace que multitud de trabajadores continúen su jornada corriendo peligro bajo el sol

Lo cierto es que el calor extremo ya no es una excepción veraniega... es la nueva normalidad climática. En 2022, varios trabajadores murieron por golpes de calor, y aquello aceleró el decreto de 2023. Pero seis años después, seguimos viendo casos como el del operario fallecido en Sevilla, hace apenas unos días, que aún se investiga. La regulación existe, pero se queda corta si no va acompañada de inspecciones reales y un cambio de mentalidad empresarial.

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Trabajadores del centro logístico de Ikea en San Fernando de Henares (Madrid) | Fuente: Europa Press

Los sindicatos proponen medidas concretas: que se prohíba trabajar solo cuando hay alerta por calor —los accidentes mortales a menudo se descubren horas después—, que los protocolos den autonomía al trabajador para modificar su recorrido o ritmo sin pedir permiso, y que los convenios colectivos, como hacen en la construcción andaluza, obliguen a adaptar horarios en los meses cálidos. Mientras tanto, la Inspección de Trabajo sigue pidiendo protocolos por escrito, pero la realidad de muchas terrazas y obras es que el papel no enfría.

Si este verano estás currando al sol, recuerda: no te pagan por arriesgar la vida. El artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales te ampara para detener la actividad si hay riesgo grave: "regula el derecho de los trabajadores a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo cuando consideren que esta entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud, sin sufrir ningún tipo de perjuicio".

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Por tanto, ningún jefe puede sancionarte por ejercer un derecho laboral básico. Otra cosa es que, estando como están las cosas y sin casi ningún tipo de inspección que se encargue de controlar el cumplimiento, haga falta valor para dar el paso.