Absuelto el ‘voyeur’ de Konecta que instaló una cámara en el baño de mujeres al obtener el perdón de las víctimas

El perdón de las ocho víctimas del que fuera trabajador de la empresa Konecta en Valladolid, acusado de instalar en el baño de mujeres una cámara oculta, ha permitido a Luis Alberto O.S.J. obtener una sentencia absolutoria, frente a los 19 años de cárcel que inicialmente pedía el Ministerio Fiscal.

El juicio en el Juzgado de lo Penal número 4 de Valladolid no ha llegado a celebrarse debido a que seis de las trabajadoras de Konecta a las que grabó en el baño y la empleada del hogar del propio acusado, a la que también recogió con cámara oculta mientras se cambiaba, han ‘desfilado’ una a una por la sala para ratificar el perdón otorgado al ‘voyeur’, circunstancia que en este tipo de delitos contra la intimidad supone la extinción de la responsabilidad penal y, por ende, la absolución.

Ante ello, el fiscal del caso, que imputaba por la grabación de esas siete mujeres, ha retirado la acusación contra Luis Alberto. De este modo, tan solo quedaba por concretar si otra de las trabajadoras, la octava víctima que descubrió la minicámara escamoteada en el rollo de papel higiénico del servicio de Konecta, aceptaría también retirar su petición de tres años de cárcel y 5.000 euros de indemnización.

PERDÓN E INDEMNIZACIÓN

Un breve receso entre los letrados de la acusación particular y la defensa–el fiscal entendía que no era perjudicada porque solo aparece su cara en la grabación–se ha traducido igualmente en la retirada de cargos contra el acusado, quien de esta forma, por boca del propio juez, obtenía un fallo absolutorio al conseguir el perdón de las ocho mujeres perjudicadas, cuyo acuerdo económico con Luis Alberto en forma de indemnización no ha trascendido, según informaron fuentes jurídicas.

Al acuerdo también ha contribuido el hecho de que la empresa Konecta, que figuraba como parte acusadora, ni siquiera ha llegado a personarse en la vista oral.

El acusado, de 53 años, se enfrentaba a un total de 19 años de privación de libertad, a razón de tres años por cada uno de los cinco delitos continuados contra la intimidad que le imputaba la Fiscalía y los dos años por otros dos delitos contra la intimidad, junto con multas por 11.400 euros e indemnizaciones de 1.000 euros a cada una de las siete víctimas. A ello se sumaban los tres años y los 5.000 euros de multa de otra de las víctimas.

La detención del ahora absuelto se produjo en octubre de 2019 por hechos que se habían iniciado un año antes en las instalaciones de la operadora, ubicada en la calle Oro del Polígono de San Cristóbal, donde, provisto de una minicámara de vídeo, se venía dedicando a grabar a sus compañeras por debajo de la mesa del trabajo con la única finalidad de obtener imágenes de sus piernas, bragas y/o partes íntimas.

EN EL PORTARROLLOS DEL PAPEL HIGIÉNICO

También aprovechaba las jornadas de trabajo para, con idéntico fin lascivo, fotografiar o grabarlas por debajo de la falda cuando sus compañeras se levantaban de la mesa, hasta que en octubre de 2019, en un peldaño más en su afán de espiarlas, instaló la cámara en el baño de señoras, oculta en el portarrollos del papel higiénico.

Sin embargo, sobre las 21.00 horas del día 8 de octubre de ese año una de sus compañeras que había accedido al baño descubrió la cámara al percatarse de que del portarrollos salía una pequeña luz, con lo que, una vez hallado el aparato, decidió poner los hechos en conocimiento de la Policía Nacional.

En un análisis de la minicámara, los agentes hallaron una tarjeta y al realizar el visionado de la misma, que contenía 14 archivos de vídeo, se identificó a varias trabajadoras cuyas imágenes había grabado el procesado ese mismo día.

Además, en la detención del ‘voyeur’, vecino de Medina del Campo y empleado de Konecta durante 20 años, le fue intervenido un disco duro externo y el mismo acusado, en una muestra de colaboración con la policía que podría ser tenida en cuenta ante una hipotética sentencia de conformidad, hizo entrega de otro disco duro, dos tablet, dos cámaras y varias tarjetas de memoria SD que contenían grabaciones ocultas, en su gran mayoría, de una empleada que trabajaba en su domicilio.

Del análisis practicado a todo el material incautado por parte del Grupo de Investigación Tecnológica se identificó a la empleada del hogar que el acusado y su madre tenían contratada, así como a otra mujer de la que ambos eran clientes y que visitaba el domicilio familiar en numerosas ocasiones y otras cinco mujeres más, compañeras de trabajo en la empresa Konecta.

En el primer caso, se visionaron 57 archivos de vídeo en los que aparecía la empleada del hogar cuando se cambiaba de ropa en una habitación al comenzar o concluir la jornada laboral o bien cuando ella iba al baño, material grabado entre julio de 2018 y julio de 2019.

Además, en otros vídeos obtenidos de ‘estrangis’, en total siete archivos, aparecía una mujer que acudía frecuentemente al domicilio del acusado y su madre, ya que éstos eran clientes de ella. Las imágenes fueron tomadas por debajo de la falda de la víctima cuando ella hablaba con la progenitora del encausado o bien cuando iba al baño, material datado entre julio de 2017 y julio de 2019.

COMENTARIOS VEJATORIOS

En el material inspeccionado aparecen otras cinco mujeres más, compañeras de trabajo del procesado, con imágenes grabadas por debajo de la falda en distintos periodos temporales y por debajo de la blusa.

Las perjudicadas denunciaron en su día haber visto vulnerada su intimidad con tales grabaciones, alguna de las cuales fue incluso editada con comentarios de carácter vejatorio, como el caso de un vídeo en el que aparecen imágenes íntimas de una de sus compañeras en el que puede leerse «cómo me pones, puta».

Además de las víctimas citadas, en los dispositivos analizados hay multitud de vídeos en los que aparecen imágenes del mismo tipo grabadas de forma subrepticia con cámara oculta, enfocando a las partes íntimas de otras mujeres que, sin embargo, no han podido ser identificadas.