DGT: las enfermedades por las que pueden impedirte conducir

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Renovar el carnet en la DGT es un engorroso trámite por el que tienen que pasar todos los conductores a lo largo de su vida. Normalmente con una foto, el dinero de las tasas, un test psicotécnico y una revisión médica valdría para tener tu licencia de conducir durante diez años más, pero existen una serie de limitaciones si sufres según qué enfermedades o trastornos que a continuación te especificaremos.

El texto del Reglamento General de Conductores especifica todas las enfermedades que pueden afectar al conductor del vehículo mientras maneja y, por tanto, a la obtención o renovación del permiso de conducir. Con estas será obligatorio presentar “un informe favorable del médico especialista para poder llevar a cabo la renovación del carnet de conducir”.

“Sin dicho informe ningún Centro de Reconocimiento de Conductores podrá realizar la tramitación”, añade la organización. Se estima que unas 26.000 personas al año ven imposibilitada su renovación del permiso de conducir por este condicionante.

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AFECCIONES NEUROLÓGICAS QUE TE INCAPACITAN SEGÚN LA DGT

La epilepsia incapacita al conductor en según qué casos.

Entre las enfermedades neurológicas que pueden condicionar la no renovación de tu carnet de conducir por parte de la DGT está la epilepsia. Si la persona ha tenido su primera crisis o una sola crisis, transcurrido medio año y con un informe favorable se le dará una vigencia de entre uno y diez años. 

Si se trata de un caso recurrente de epilepsia pero hace un año que el conductor no sufre un ataque ni crisis convulsivas, un médico podrá otorgarle un permiso de hasta dos años. Transcurridos tres años sin crisis o pérdidas de conciencia dicho permiso podrá llegar hasta los cinco años.

Si has tenido un accidente isquémico transitorio podrás obtener de tu médico un permiso de 12 meses si no has presentado síntomas durante los últimos seis. Pero si has tenido una crisis o pérdida de conciencia hasta un año antes la DGT te marcará como ‘no apto’.