Declaración de la Renta: por qué debes presentarla si cobras el Ingreso Mínimo Vital

-

El Ingreso Mínimo Vital aprobado por el Gobierno no está siendo tan útil como se preveía. A pesar de los deseos del Ejecutivo su implantación ha estado envuelta de polémica porque la gran mayoría de los solicitantes no han sido seleccionados para recibirlo. Ahora, además, surge una duda: ¿si percibí el IMV tengo que realizar la Declaración de la Renta 2020?

Cabe recordar que esta medida vio la luz durante el pasado mes de mayo buscando reducir un 80% la pobreza extrema en el país, intentando llegar a cerca de 850.000 hogares. Hasta el momento, sin embargo, solo ha sido concedido a un total de 160.000 hogares, lo que ha beneficiado a más de 460.000 personas.

4
¿QUÉ PASA CON MI DECLARACIÓN DE LA RENTA SI HE PERCIBIDO EL IMV?

El 7 de abril comienza la declaración de la renta.

En cuanto a los 460.000 perceptores del Ingreso Mínimo Vital, de los que más de 226.000 son menores de edad, la Agencia Tributaria les recuerda que deben presentar declaración por IRPF, con independencia de la cuantía de sus ingresos. O lo que es lo mismo: aquellos que tenían reconocida esta ayuda a finales de 2020 tendrán que presentar la declaración de la renta en Hacienda, a pesar de que esté exenta de tributación.

Lo que deberá declararse, como rendimientos del trabajo, son las cuantías que superen los 11.279,39 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, Iprem) en el caso de que, junto al IMV, se perciban otras ayudas a colectivos con riesgo de exclusión social, como la renta mínima de inserción, rentas garantizadas y ayudas similares de CC.AA. y ayuntamientos. Solo se debe declarar, y tributar, por ese exceso, precisa Hacienda.

Des esta manera, en el caso de las familias o personas beneficiarias de cobrar solo el IMV, distribuida en 12 pagas, estará libre de impuestos hasta ese máximo. Pero si se perciben otras ayudas, el máximo se aplicará a la suma de todos los ingresos.