La huelga general del 11 de noviembre llega con un frente abierto: CCOO, UGT y CNT acusan a la Comunidad de Madrid de querer imponer servicios mínimos desproporcionados sin negociarlos de verdad.
El choque no es nuevo. Primero, la patronal calificó la convocatoria de ilegal. Ahora la pelea se traslada a la mesa donde se reparten los porcentajes de plantilla que tendrán que trabajar ese día. La cita afecta a sanidad, residencias y transporte, entre otros sectores.
Qué son los servicios mínimos y quién los decide
Servicios mínimos son la parte de la plantilla que la Administración obliga a seguir trabajando durante una huelga para cubrir lo imprescindible. Y aquí va el primer detalle que cambia todo: no los fijan las empresas, los fija la autoridad competente. El artículo 10.2 del Real Decreto-ley 17/1977 atribuye esa potestad a la autoridad gubernativa (la Administración responsable en cada sector), no a la dirección de la empresa.
CGT lo ha recordado esta semana a propósito de Correos, donde el Centro Directivo remitió una propuesta con un 50% de la plantilla en las unidades de distribución, un 25% en centros de tratamiento y hasta un 100% en los servicios rurales con atención al público. El sindicato los considera 'abiertamente abusivos' y avisa de que, en la práctica, restringirían el derecho de huelga de miles de personas.
Si te toca trabajar el 11N: qué se puede exigir
La doctrina constitucional exige una motivación concreta, una ponderación real de los derechos afectados y la menor restricción posible del derecho de huelga. Traducido: si te designan para cubrir servicios mínimos, la cobertura tiene que estar justificada y ser la mínima imprescindible. No vale el 100% por si acaso.
En Madrid, CNT dio por rota la interlocución con la Comunidad de Madrid después de la reunión del 23 de octubre. La Administración mostró su propuesta en una presentación de pantalla, sin entregar copia, y el documento prometido no llegó nunca, según el sindicato. CCOO y UGT, en la misma mesa, se reservan la vía judicial contra los mínimos que se acaben fijando.
Unos servicios mínimos pueden vaciar de contenido la huelga sin llegar a prohibirla: basta con exigir el 100% de la plantilla.
Los antecedentes muestran hasta dónde llega el problema cuando el porcentaje se infla. En las residencias gallegas, con mínimos del 100% durante la huelga de abril de 2025, el sindicato CIG-Servizos denunció que ese día había más personal trabajando que en una jornada ordinaria. En marzo de 2024, el Ayuntamiento de Madrid impuso el 100% en los paros parciales del Samur Social.
En el transporte, CCOO y UGT registraron el 22 de octubre una petición de reunión con el Ministerio de Transportes, tomando como referencia las huelgas generales de 2010 y 2012. Su planteamiento: garantizar la movilidad, no la actividad ordinaria. Desde FeSMC-UGT lo resumen así: los servicios mínimos 'tienen que garantizar lo esencial, no garantizar la normalidad'.
En el Ministerio para la Transición Ecológica, ambas centrales se sentaron con Recursos Humanos el 29 de octubre para negociar los mínimos de Costas, los organismos autónomos y la AEMET. Ahí sigue la pelota.

Lo que los tribunales ya han tumbado (y qué mirar la semana que viene)
Los mínimos abusivos no son una sospecha sindical: hay sentencias. En enero de 2025, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia estimó la demanda de la CIG contra el decreto de la Consellería de Sanidade en la sanidad privada de A Coruña. El fallo cuestionó que la Administración delegara en las empresas privadas la decisión de quién seguía trabajando.
En julio de 2024, el mismo tribunal anuló los mínimos de la huelga de limpieza de Lugo por desproporcionados y sin motivación. En Andalucía, el TSJA ha tumbado dos veces los del personal técnico de integración social (sentencias 433/2025 y 289/2025), y en Euskadi cinco sindicatos presentaron en febrero de 2026 una propuesta para revisar los criterios.
El patrón se repite: administraciones que aprueban coberturas sin motivarlas, plantillas reales que no llegan a cubrirlas y sindicatos que ganan en los tribunales meses después, cuando la huelga ya ha pasado. Sin motivación, el recurso está cantado.
Para el 11N, el BOE publicó el 4 de noviembre la resolución de servicios mínimos de la seguridad privada; quedan por concretarse los de transporte, sanidad, y residencias. Lo que hay que mirar no es el porcentaje en abstracto, sino si cada orden explica por qué ese porcentaje y no otro. Esa es la diferencia entre regular una huelga y vaciarla.
En resumen (para tu bolsillo y tu salud mental)
- 💸 ¿Qué ha cambiado? De momento nada: los servicios mínimos del 11N se negocian estos días y los sindicatos preparan recursos.
- 👥 ¿A quién afecta exactamente? A sanidad, residencias, transporte, Correos, Costas y AEMET, entre otros sectores.
- ✅ ¿Qué puedes hacer al respecto? Si te designan para un mínimo, pide la orden por escrito y consulta a tu sección sindical.



