Los funcionarios del subgrupo C1 que cuentan con un título universitario pueden ascender al grupo A sin pasar por el B. No es un rumor de pasillo: lo recoge el Estatuto Básico del Empleado Público.
¿Se puede saltar del C1 al grupo A sin pisar el grupo B?
La respuesta corta es sí. El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP, la norma que ordena el empleo público en toda España) abre una vía poco conocida en su disposición transitoria tercera, apartado 3. El texto dice que los funcionarios del subgrupo C1 que reúnan la titulación exigida podrán promocionar al grupo A sin necesidad de pasar por el nuevo grupo B. Puedes leerlo en el texto consolidado del BOE.
Traducido a la vida real: si llevas tiempo en un C1 y tienes el título que se pide para el subgrupo A2, no estás condenado a escalar peldaño a peldaño. La promoción interna permite el salto directo al grupo A. Y conviene tenerlo claro: el Estatuto no lo plantea como un favor, sino como un derecho de carrera profesional.
Requisitos: título, dos años de antigüedad y pruebas selectivas
El artículo 18.2 del TREBEP fija las condiciones básicas, y son tres:
- La titulación universitaria que exija la convocatoria para el subgrupo A2. La norma menciona Grado, Licenciatura, Diplomatura o equivalente.
- Una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el subgrupo C1.
- Superar las pruebas selectivas correspondientes.
Ojo con esto. Esos dos años se refieren al servicio activo en el propio subgrupo C1, así que antes de presentarte merece la pena revisar tu hoja de servicios. Y el título tiene que ser el que pida la convocatoria concreta, no uno parecido.
La norma no regala el ascenso: pide título, dos años en el C1 y superar unas pruebas. Lo que elimina es el peaje obligatorio del grupo B.
Aquí no hay un examen único ni un calendario común para toda España. Cada administración convoca sus propios procesos de promoción interna y los publica en el BOE o en el boletín oficial de su comunidad. El TREBEP obliga a las administraciones a fomentar la promoción interna de su personal, de modo que estos procesos deben tener difusión en esas mismas sedes.
Por qué esta vía importa más de lo que parece
Durante años, el grupo B hizo temer un ascenso escalonado obligatorio, y esa lectura caló entre miles de administrativos. Mucha gente con diplomatura o grado asumió que primero tocaba el B y luego, quizá, el A. La disposición transitoria tercera desmonta esa idea: el legislador dejó una puerta abierta para quien ya contaba con la titulación de dos niveles por encima. No es una interpretación sindical, sino letra impresa en la norma básica del empleo público.
El efecto práctico es doble. Por un lado, el salto al A2 se nota en la nómina: cambian las retribuciones básicas y el sueldo mensual, además de la carrera profesional a futuro. Por otro, se ahorra tiempo. Un funcionario que se veía encadenando dos procesos selectivos puede jugarse el ascenso en uno solo, siempre que cumpla los requisitos.
Eso sí, la vía no es automática ni uniforme: cada convocatoria fija sus pruebas, sus méritos y sus plazos, y no todas las administraciones abren procesos con la misma frecuencia. Conviene vigilar el boletín oficial de tu administración y leer la convocatoria completa antes de presentar papeles. Para el caso concreto, lo prudente es consultar con la administración convocante o con la representación sindical.
La ficha práctica
- ¿Quién tiene derecho? Los funcionarios del subgrupo C1 que acrediten la titulación exigida para el A2 y dos años de servicio activo en el C1.
- ¿Cuánto? No hay una cifra única: el ascenso al A2 sube las retribuciones básicas y el sueldo mensual según el puesto y el complemento de destino.
- ¿Hasta cuándo hay plazo? Depende de cada convocatoria de promoción interna; no existe una fecha común, hay que seguir el boletín oficial.
- ¿Dónde se solicita? En el proceso de promoción interna de tu administración, publicado en el BOE o en el boletín oficial autonómico.
- Letra pequeña: hay que superar pruebas selectivas y el título debe ser el que exija la convocatoria; el ascenso no es automático.
El resumen rápido (TL;DR)
- 🎯 ¿Qué ha pasado? El Estatuto del Empleado Público permite al C1 promocionar al grupo A sin pasar por el B.
- 💶 ¿A quién le interesa? A funcionarios del C1 con título universitario y dos años de servicio activo.
- ✅ ¿Qué tienes que hacer? Revisa tu hoja de servicios y sigue las convocatorias de promoción interna de tu administración.



