Bono social eléctrico: requisitos, descuento del 25% al 65% y cómo pedirlo

El descuento es del 42,5% para el consumidor vulnerable y del 57,5% para el vulnerable severo, vigente hasta el 31 de diciembre de 2026. También da acceso automático al bono social térmico del año siguiente.

El bono social eléctrico rebaja la factura de la luz entre un 42,5% y un 57,5% hasta el 31 de diciembre de 2026, con requisitos de renta.

A ver, lo primero: no es una ayuda que te ingresen en la cuenta. Es un descuento que se aplica directamente sobre la potencia contratada y sobre la energía que consumes, y lo gestiona tu comercializadora.

Traducido a euros: un 42,5% menos sobre una factura de 70 euros son casi 30. En el tramo severo, el 57,5%, el ahorro se acerca a los 40 euros al mes.

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Cuánto te descuentan exactamente (y hasta cuándo)

Los porcentajes vigentes son dos: 42,5% para el consumidor vulnerable y 57,5% para el vulnerable severo. Ambos están fijados hasta el 31 de diciembre de 2026, según el marco que regula el bono social eléctrico, el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre.

Se aplica sobre la potencia contratada y la energía consumida, siempre que se cumplan las condiciones. No es un pago único ni una transferencia: es un recorte en cada recibo.

Y hay un extra que mucha gente no conoce: el bono social térmico llega de forma automática. Es otra ayuda anual, para calefacción y agua caliente, que se ingresa en la cuenta bancaria. Quien sea beneficiario a 31 de diciembre de 2026 lo cobrará en 2027 sin presentar otra solicitud.

Ojo con el calendario: ese 31 de diciembre no es la fecha límite para pedirlo. Es hasta cuándo están fijados los porcentajes. La solicitud se puede presentar en cualquier momento del año.

Un 42,5% sobre el recibo no es un detalle: es la diferencia entre pagar la luz y decidir qué no pagas ese mes.

Quién puede pedirlo y con qué límite de renta

Los requisitos son cuatro y los tres últimos eliminan a más gente de la que parece: suministro en la vivienda habitual y a tu nombre, potencia contratada igual o inferior a 10 kW, tarifa PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor, la tarifa regulada del mercado eléctrico) y estar empadronado en esa vivienda.

El de la tarifa es el que más consultas genera. Si estás en el mercado libre, no puedes cobrarlo: hay que pasarse a una comercializadora de referencia y contratar la PVPC. El cambio se puede hacer en la misma solicitud del bono.

En cuanto a la renta, el umbral base es de 12.600 euros anuales para una persona que vive sola. Por cada adulto adicional se suman 2.520 euros y por cada menor, 4.200. Una pareja con dos hijos tiene el techo en 23.520 euros.

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Y no todo es renta. También pueden pedirlo las familias numerosas, los pensionistas de la Seguridad Social con complemento por jubilación o incapacidad permanente que no sumen más de 500 euros de otros ingresos, y los hogares donde alguien cobra el Ingreso Mínimo Vital. La norma estatal añade supuestos que amplían los límites: monoparentales, personas con discapacidad igual o superior al 33%, dependencia de grado II o III, o electrodependencia, además de víctimas de violencia machista en el ámbito de la pareja y de terrorismo.

Por qué esta ayuda sigue dejando gente fuera

Hay una pista en el propio origen de esta guía. El Departament de Drets Socials i Inclusió de la Generalitat ha puesto en marcha un programa de formación para el personal del sistema catalán de servicios sociales, con el objetivo de que sepan explicar la ayuda y acompañar a quien la pide. Cuando hace falta formar a los propios profesionales para que un trámite funcione, el problema no es que el ciudadano no se informe. El problema es el diseño.

El segundo muro es la puerta de entrada. La solicitud se presenta ante una comercializadora de referencia, no en un portal único, y ahí cabe todo: cambiar de tarifa, cambiar el titular y pedir el bono. Sobre el papel es eficiente. En la práctica, deja la gestión en manos de una empresa a la que le estás pidiendo que te cobre menos todos los meses.

El tercer escollo es el umbral. Los 12.600 euros para una persona sola funcionan en un pueblo con alquileres de 400 euros y se quedan cortos en Barcelona o Madrid, donde esa misma renta se va entera en el piso. La norma no distingue territorios.

Y queda la pregunta que el texto no responde: qué pasa a partir del 1 de enero de 2027. Los porcentajes están fijados hasta el 31 de diciembre de 2026 y no hay detalle sobre el régimen siguiente. Si cobras el bono, revisa la factura de enero: lo que veas aplicado te dirá si se ha prorrogado o si toca volver a hacer números.

📅 Dónde y cuándo

  • Plazo: la solicitud está abierta todo el año; los porcentajes actuales (42,5% y 57,5%) están fijados hasta el 31/12/2026.
  • Quién puede pedirlo: vivienda habitual a tu nombre, tarifa PVPC, potencia de 10 kW o menos, empadronamiento y renta por debajo de 12.600 euros (más 2.520 por adulto y 4.200 por menor).
  • Cuánto: descuento del 42,5% o del 57,5% sobre potencia y energía; el bono térmico se suma aparte.
  • Dónde se solicita: en una comercializadora de referencia, aunque ahora tengas tarifa del mercado libre.

En resumen (para tu bolsillo y tu salud mental)

  • 💸 ¿Qué ha cambiado? El descuento sobre la factura queda en el 42,5% o el 57,5% hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • 👥 ¿A quién afecta exactamente? Hogares con renta por debajo de 12.600 euros, familias numerosas, pensionistas y quienes cobran el IMV.
  • ✅ ¿Qué puedes hacer al respecto? Comprueba si tu tarifa es PVPC y pide el bono en tu comercializadora de referencia.