Tu convenio dice dos días por hospitalización de un familiar y la ley te da cinco: nadie puede quitártelos.
Lo ha vuelto a dejar claro el abogado laboralista Miguel Benito Barrionuevo, que lleva tiempo avisando de que algunas empresas usan trucos bastante poco elegantes para no reconocer según qué permisos. Su frase de cabecera: 'da igual lo que ponga en el convenio colectivo, es un derecho irrenunciable'. Y tiene toda la razón.
Vamos al lío. El Estatuto de los Trabajadores recoge los derechos básicos de cualquier trabajador, seas del sector que seas. Ningún convenio colectivo puede quitarte esos mínimos, ni recortarlos, ni reinterpretarlos a su antojo. Lo que sí puede hacer un convenio es mejorarlos. Eso, y solo eso.
Qué dice la ley y por qué tu convenio de hace cinco años ya no manda
El artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores reconoce un permiso retribuido de cinco días laborables por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario. Es el texto que salió de la reforma aprobada por el Real Decreto-ley 5/2023, en vigor desde el 30 de junio de 2023.
Antes de esa fecha eran dos días, cuatro si había desplazamiento. Ahora son cinco. Y ojo con el detalle: son días laborables, así que sábados y domingos no cuentan. Si operan a tu madre un viernes y tú libras el fin de semana, te reincorporas el viernes de la semana siguiente. Cinco días laborables dan para mucho.
Un convenio firmado hace cinco años no puede dejarte con dos días cuando la ley ya te reconoce cinco.
Los trucos para esquivarlo y la respuesta que puedes dar
Aquí llega el problema real. La ley se actualizó, pero hay convenios de hace cuatro o cinco años que se quedaron con la redacción antigua. Y hay empresas que se agarran a ese papel como si fuera sagrado: 'aquí pone dos días'. Pues no.
Como explica Benito, que ese convenio no se haya negociado todavía no te deja sin derecho. Si tu convenio es anterior a la reforma, se te aplica la ley, no la versión caducada. Tú tienes cinco días. Ni tu empresa ni el convenio pueden quitártelos por mucho que insistan.
Así de simple.
Lo que sí puede pasar es lo contrario: que tu convenio sea más generoso y te dé siete días en lugar de cinco. Eso es perfectamente legal, porque mejora el mínimo. La norma es el suelo, nunca el techo.
Por qué esto sigue pasando tres años después de la reforma
La negociación colectiva va a su ritmo, y el ritmo es lento. Muchos convenios se firman para cuatro años y nadie los reabre hasta que toca, así que la reforma de 2023 aún no ha llegado a un montón de sectores. Mientras, el trabajador es el que se queda con la duda, y muchas veces con miedo a preguntar.
Mi opinión, después de ver cómo funciona esto: el desconocimiento es la mejor herramienta que tiene la empresa para ahorrarse días. Conocer el artículo 37.3.b es tu mejor seguro. Si te piden justificante, lo aportas; si te dicen que solo hay dos días, respondes con la norma en la mano y por escrito. Nada de discusiones de pasillo.
Y si tu empresa insiste en aplicar un convenio desfasado, ahí tienes la inspección de trabajo y a los sindicatos. No es una guerra, es una revisión de texto.
🧠 Para soltarlo en la cena
Tu convenio antiguo no puede quitarte los cinco días legales.



