Condenan a Correos por 177 contratos temporales a una trabajadora: ¿qué significa para el empleo público?

La Justicia declara el despido improcedente y obliga a readmitir o indemnizar con 34.294 euros. La sentencia refuerza la lucha contra la temporalidad abusiva en las administraciones públicas.

Si has pasado años encadenando contratos temporales en Correos y crees que no hay forma de hacer valer tus derechos, esta sentencia cambia las cosas. Una juez de lo Social de Almería ha condenado a la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos por el despido improcedente de una empleada que acumuló 177 contratos temporales a lo largo de 20 años, al considerar que hubo fraude de ley. El fallo obliga a la entidad pública a readmitir a la trabajadora o a pagarle una indemnización de 34.294,83 euros.

¿Qué ha pasado exactamente?

La historia empezó en mayo de 2005. Aquel año, la trabajadora se apuntó a una bolsa de empleo y firmó su primer contrato eventual con Correos. Lo que vino después fueron casi dos décadas de encadenar contratos temporales sin solución de continuidad real. En total, prestó 12 años, siete meses y 28 días de servicios efectivos, alternando periodos de trabajo con meses en el paro. Su último contrato se extinguió en marzo de 2025 y la empresa le abonó entonces 17,33 euros como finiquito.

La diferencia entre esa cifra y los más de 34.000 euros que reconoce ahora la jueza muestra la brecha que abre una sentencia de este tipo. La magistrada ha dado la razón a la demandante al entender que las interrupciones entre contratos no rompían la unidad del vínculo laboral. El periodo más largo sin trabajar apenas representó un 3,28 % del total de los 20 años que duró la relación, un dato que refuerza la idea de continuidad.

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El fallo se apoya en un argumento de peso: Correos no logró justificar la causa real de temporalidad en cada contrato. A juicio del tribunal, la empresa pública utilizó esta modalidad para cubrir una necesidad estructural de plantilla, no un pico puntual de trabajo. Eso convierte el encadenamiento en un fraude de ley.

¿Por qué esta sentencia marca un antes y un después en el empleo público?

La resolución se alinea con la doctrina más reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y del Tribunal Supremo sobre el abuso de la temporalidad en el sector público. En este caso, la trabajadora llegó a presentarse a unas oposiciones en mayo de 2023 que aprobó, aunque no obtuvo plaza por falta de vacantes. El juzgado ha considerado ese hecho suficiente para reconocerle la condición de personal fijo, apoyándose en la nueva línea del Supremo que empieza a asimilar a fijos a quienes superan procesos selectivos aunque no consigan hueco.

Desde el sindicato Sipcte, que respaldó a la empleada, han celebrado el criterio judicial y lo califican como un avance en la protección frente a la temporalidad abusiva. Sin embargo, no todo son buenas noticias. La trabajadora verá rebaremada su antigüedad por aplicación de la Base 5.1 de las Bolsas de Empleo de Correos, lo que la obligará a competir de nuevo en las listas como si empezara de cero. Una paradoja que el propio sindicato denuncia: la justicia reconoce el fraude, pero la norma interna hace que la víctima pierda los años acumulados.

La sentencia deja claro que encadenar 177 contratos en dos décadas no es un hecho aislado, sino una práctica continuada para cubrir carencias estructurales de Correos.

¿Qué consecuencias tiene para otros trabajadores públicos?

Este fallo no solo afecta a la demandante. Refuerza una vía jurídica que ya están explorando otros empleados públicos con situaciones similares. El mensaje que lanza es que superar largos periodos de contratos temporales encadenados puede dar derecho a la fijeza, sobre todo si se ha aprobado una oposición o se puede probar que la plaza respondía a una necesidad estructural. La clave está en demostrar que la temporalidad ocultaba un puesto fijo.

En la práctica, esto significa que cualquier trabajador de Correos —o de otras administraciones— que haya vivido años de concatenación de contratos temporales puede valorar reclamar su condición de fijo. La vía judicial es el camino, y contar con asesoramiento sindical resulta casi imprescindible. Eso sí, como recuerda el caso, el reconocimiento judicial no evita las contradicciones internas: las bolsas de empleo siguen sin adaptarse al nuevo escenario jurídico.

La ficha práctica

  • ¿A quién afecta esta sentencia? A cualquier trabajador de Correos que haya encadenado contratos temporales durante años, y en especial a quienes hayan aprobado un proceso selectivo sin obtener plaza.
  • ¿Cuánto se puede reclamar? En este caso, la indemnización fijada es de 34.294,83 euros. La cuantía depende de la antigüedad y de las condiciones concretas, por lo que cada caso se valora individualmente.
  • ¿Hay un plazo para actuar? No hay un plazo único. La reclamación judicial debe ejercitarse dentro del año siguiente al cese o despido. Si ya has cesado, conviene consultar cuanto antes con un profesional.
  • ¿Dónde puedo informarme? En los sindicatos con representación en Correos (Sipcte, CCOO, UGT, CSIF…) y a través de la asesoría jurídica especializada en empleo público.
  • Letra pequeña clave: Aunque un juez reconozca tu fijeza, las bases internas de las bolsas de empleo pueden rebaremarte y hacerte perder antigüedad. Revisa siempre esas reglas antes de iniciar una acción.

El resumen rápido (TL;DR)

  • 🎯 ¿Qué ha pasado? Una empleada de Correos con 177 contratos temporales en 20 años ha ganado en los tribunales: su despido se declara improcedente y se le reconoce como fija.
  • 💰 ¿A quién le interesa? A cualquier trabajador público que lleve años encadenando contratos temporales, sobre todo si ha aprobado una oposición sin plaza.
  • ¿Qué tienes que hacer? Si crees estar en una situación parecida, busca asesoramiento sindical o jurídico especializado y revisa los plazos para reclamar judicialmente.