La AN absuelve a cinco acusados de formar una red yihadista en cárceles pese a la «vehemencia» de sus cartas

La Audiencia Nacional (AN) ha acordado absolver a los cinco acusados de formar un frente yihadista mientras estaban en prisión para unir a presos por delitos relacionados con el terrorismo islamista, al considerar que no hay pruebas de que existiese una red para favorecer a Estado Islámico, que aleccionaran a otros reclusos o que quisieran realizar conductas terroristas pese a sus cartas. En una sentencia de este mismo miércoles, a la que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados explican que durante el juicio no se demostró que alguna acción de los acusados persiguiera conductas terroristas ya fueran entre ellos o con otros presos.

Así, la Sala de lo Penal ha absuelto a Abderrahmane T., conocido como Mohamed Achraf; Mohamed E., Karim A., Abdelah A. y Lahcen Z., para los que la Fiscalía pedía 12 años de cárcel y 10 de libertad vigilada por el delito constitución de grupo terrorista. Se da la circunstancia que todos ya habían sido condenados antes por la AN.

La Audiencia Nacional los absuelve «a pesar de la vehemencia de muchos de los textos religiosos que enviaban y recibían, e incluso a pesar de los dibujos de banderas y la plasmación de lemas utilizados por los militantes y simpatizantes de DAESH, que en ocasiones es aludido expresamente como Estado Islámico y nuevo Califato». En los hechos probados de la sentencia se plasma que los acusados, mientras estaban internos en prisión como presos preventivos y luego ya como penados por delito de integración en organización terrorista en diferentes cárceles españolas, efectuaron entre 2015 y 2019, «cada uno por su cuenta, una intensa labor de emisión y recepción de cartas, muchas de ellas por circuitos no oficiales, alejados del control que ejercían las prisiones».

Mediante este envío de cartas, según la Sala, se estableció una «corriente de mutuo apoyo» entre unos y otros para «sobrellevar mejor» su estancia entre rejas e intentar no caer en la «desesperanza de creer que sus vidas acababan en el recinto penitenciario». De esta forma «se apoyaban mutuamente por el cauce religioso, considerando a Alá como principal sostén de sus vidas».

La mayoría de las cartas incluía banderas, lemas, mensajes y consignas relacionados con los postulados de Estado Islámico, ‘nasheeds’ (cánticos muchas veces empleados por las organizaciones yihadistas para infundir ánimos a sus seguidores), así como textos religiosos a los que daban la interpretación radical que les era conveniente, animándose a ser pacientes y fuertes en el «cumplimiento de las respectivas responsabilidades criminales».

NEGARON EL «FRENTE DE CÁRCELES»

Sobre las huelgas de hambre que hicieron tres de ellos y respecto a las pintadas aparecidas en las cárceles, los magistrados de la AN rechazan que tengan los efectos penales previstos por las acusaciones. «Se trata más bien de formas de reivindicación propias del ámbito carcelario en que se desarrollan, y protagonizadas por personas privadas de libertad por su evidente pertenencia a la organización terrorista DAESH, por lo que fueron finalmente condenadas, debiendo solventarse ambas formas de reivindicación en el ámbito disciplinario correspondiente», apunta la resolución.

Los acusados, que tenían «prestigio» entre los internos musulmanes por sus conocimientos del islam, negaron en el juicio, celebrado en julio, la existencia del «frente de cárceles» y calificaron de «puro cinismo» la acusación dirigida contra ellos. Todos ellos, que se limitaron a responder únicamente a las preguntas de sus defensas, descartaron haber mantenido contacto de forma presencial en algunas de las prisiones en las que coincidieron, haciendo hincapié en que se encontraban en régimen cerrado, lo que les mantenía cerca de 20 horas en su celda.

«Eso significa que hasta el último pedo que vas a soltar te lo van a escuchar», manifestó Abdelah A. para aclarar que era imposible entablar conversación con otros reclusos sin que los funcionarios penitenciarios tuvieran conocimiento, a lo que la presidenta del tribunal le rogó que no dijera «vulgaridades» mientras declaraba. En septiembre, la AN acordó dejar en libertad a Mohamed Achraf, que estaba en la cárcel por yihadismo y que pensó atentar contra este órgano judicial con un camión con 500 kilos de explosivo. Su salida de prisión anticipaba, por tanto, una sentencia absolutoria.