El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha comenzado el proceso legislativo para recuperar la asimilación, a efectos laborales, de la consideración como personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33% a los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez.
Asimismo, se quiere recuperar esta asimilación para los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Con este fin, el Ministerio ha abierto este viernes 10 de septiembre la consulta pública previa del Anteproyecto de Ley por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, con plazo hasta el 28 de septiembre, según informa en un comunicado.
La propuesta de reforma de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, que inicia ahora su trámite, busca, según explica el Ministerio, «resolver el grave problema creado por sucesivas sentencias de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 2018 que por una cuestión meramente formal declaró nula esta asimilación legal, vigente desde el año 2003, jurisprudencia que ha venido perjudicado gravemente la empleabilidad de las personas con discapacidad».
Asimismo, detalla que trata de dar respuesta a una demanda social y empresarial en la que se reclamaba reparar la pérdida de empleo de muchas mujeres y hombres que por su situación de mayor vulnerabilidad ante el empleo necesitaban acogerse a las medidas de acción positiva para la contratación laboral que se contempla en esta Ley.
La consulta pretende recabar la opinión de la ciudadanía, organizaciones y asociaciones potencialmente afectadas por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.