Herencia: estos son los impuestos que debes pagar para recibirla

Cuando hablamos de herencia nos referimos a los bienes, derechos u obligaciones que se transmiten de una persona a otras consideradas como sus herederos legítimos o los que se designan por testamento.

Por lo general, cuando una persona muere deja su patrimonio a sus familiares más cercanos o seres queridos. Lo más habitual es que la persona deje un testamento en el que especifica cuáles son sus bienes y a quién se los lega. Cuando una persona no deja testamento, es la ley la que define quienes son sus herederos. Lo habitual es que sean los viudos, los hijos, padres o parientes más cercanos.

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Una herencia trae aparejados derechos y obligaciones para los herederos

Herencia: Estos Son Los Impuestos Que Debes Pagar Para Recibirla

En primer lugar, es importante saber que no es obligatorio aceptar una herencia. Es decir, la herencia puede aceptarse, asumiendo todos los derechos y obligaciones que implica. O repudiarse, por ejemplo si los gastos son mayores que los beneficios, los herederos pueden considerar que no les interesa aceptar la herencia.

En cualquier caso el proceso implica una serie de trámites que pueden ser más o menos complicados y alargarse en el tiempo

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Qué es el tercio de la legítima

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La ley establece unos límites para el reparto de las herencias. Esto quiere decir que la persona que lega sus bienes puede hacerlo como quiera siempre que respete los mínimos marcados por la ley. Es el Código Civil el que regula que los bienes a repartir en la herencia deben dividirse en tres partes. Esta se denominan el tercio de la legítima, el tercio de la mejora y el tercio de libre disposición.

Esto es así porque la ley determina que los herederos forzosos y legales tienen derecho a recibir ( repartido a partes iguales y de forma equitativa) un tercio de la herencia, es lo que se conoce como tercio de la legítima.

El tercio de la mejora también les corresponde a los herederos forzosos, pero en este caso se reparte tal como determine el testamento si lo hubiera. En caso de no existir testamento la repartición también debe hacerse de un modo equitativo.

Por último, el testador puede utilizar el tercio de libre disposición de la herencia  para repartirlo a quien y como quiera, Pero de no haber testamento también pasa a los herederos forzosos. Suele ser la parte que va al cónyuge aunque solo como usufructo.

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Qué trámites hay que seguir para cobrar la herencia

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Antes de cobrar una herencia y poder disfrutar de los bienes recibidos hay que llevar a cabo una serie de trámites. El primero es obtener el certificado de defunción de la persona fallecida. Tras obtener el certificado habrá que esperar unos quince días para solicitar el certificado de últimas voluntades y los contratos de seguros.

Una vez hechos los paso previos llega el momento de comprobar si existe o no testamento, en caso afirmativo, los herederos legales pueden solicitar una copia autorizada al notario que firmó el testamento.

Posteriormente hay que realizar el inventario de bienes y deudas. Es importante que tengas claro que desde el momento en el que aceptas recibir los bienes de una herencia también te haces responsable de pagar las deudas contraídas por el testador. Lo ideal es aceptar la herencia a beneficio de inventario. Eso quiere decir que los bienes que figuran en el inventario se utilizarán primero para pagar la deuda y los restantes serán los que se repartan entre los diferentes herederos. Por lo general, si las deudas superan a los bienes lo habitual es renunciar directamente a la herencia.

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Liquidar y adjudicar la herencia

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Una vez realizada la liquidación correspondiente se procede a la adjudicación de la herencia. Ahora, es cuando llega el momento de pagar el impuesto de sucesiones. En España, todos los herederos tienen la obligación de liquidar el Impuesto de Sucesiones. Para hacerlo dispones de un plazo de tiempo de seis meses. Si lo necesitas puedes ampliar el plazo, pero debes saber que Hacienda te cobrará intereses por ello.

El Estado ha cedido el impuesto sobre sucesiones a las Comunidades Autónomas. lo que quiere decir que dependiendo de cada Comunidad Autónoma sus condiciones cambian mucho.

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No puedes disponer de los bienes heredados antes de pagar el Impuesto de Sucesiones 

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A la hora de pagar el Impuesto de Sucesiones se tiene en cuenta la Comunidad Autónoma en la que residía el fallecido. (En el caso de las donaciones, en cambio, se considera la Comunidad en la que reside la persona que recibe la donación).

El valor a pagar en el Impuesto de Sucesiones depende de varias variables. La primera es el valor del patrimonio a recibir, también por el tipo de bien heredado, este puede consistir en dinero líquido, en el valor de inmuebles, dinero recibido por el seguro de vida, etc. 

Una vez determinada la cantidad a pagar se tiene que cumplimentar el modelo 650 de la Agencia y Tributaria (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Autoliquidación adquisición «mortis causa») y hacer el pago. Además, debes tener claro que hasta que formalices este pago no podrás disponer legalmente de los bienes de la herencia. Eso quiere decir, que no puedes hacer uso del dinero que vas a heredar para pagar el impuesto de sucesiones.

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Los fondos de inversión y planes de pensión en las herencias

Herencia: Estos Son Los Impuestos Que Debes Pagar Para Recibirla

Si en la herencia figuran fondos de inversión o planes de pensiones, una vez que se ha pagado el Impuesto de Sucesiones, la entidad financiera será la encargada de dividir y traspasar las participaciones del fondo. El valor del fondo que se hereda es el de la cotización del día de la gestión más la suma del dinero que se abona en las sucesiones. Eso sí, las ganancias que se generará desde que la persona fallecida compró el fondo no pagan impuestos, es lo que se conoce como “plusvalía del muerto

En definitiva queda claro que recibir una herencia es un proceso complejo. Se simplifica mucho si el fallecido ha dejado hecho testamento. Pero aún así, hay que valorar los gastos que la herencia conlleva para decidir aceptarla o renunciar a ella. 

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