Fiscalía considera «prematuro» aventurar un careo entre Rajoy y Bárcenas

El fiscal Anticorrupción Antonio Romeral, que ejerce la representación del Ministerio Público en el juicio por la ‘caja b’ del PP en la Audiencia Nacional, ha rechazado pronunciarse sobre la conveniencia de la celebración de un careo entre el ex tesorero del PP Luis Bárcenas, juzgado en este caso, y el expresidente del Gobierno Mariano Rajoy. Lo considera «prematuro» al desconocerse aún si habrá contradicciones entre ambos en el curso de la vista oral.

Rajoy ha sido citado como testigo en esta causa, y según el fiscal además de la existencia de contradicciones la Ley de Enjuiciamiento criminal exige para justificar un careo que éstas afecten al interés de la causa y al objeto del enjuiciamiento, que son las obras en la sede del PP en Madrid sufragadas presuntamente con dinero en negro y «no a otros hechos».

Por ello, considera que aventurar la necesidad de este trámite procesal lo considera prematuro y deja esta decisión al criterio de la Sala.

Sobre las propuestas de testigos periodistas realizadas por esta misma defensa, Romeral ha señalado que por realizar una investigación periodística no puede considerarse que uno es testigo de un hecho, aunque carece de más elementos para decidir sobre este asunto y tampoco se pronuncia en aras a lo que decida el tribunal al respecto.

La defensa quiere llamar como testigo al periodista Francisco Mercado, a quien se señala como autor de una grabación aludida por Bárcenas en un reciente escrito ante la Fiscalía Anticorrupción. En este documento su antecesor en la tesorería del PP, Álvaro Lapuerta, comenta «sobre las entregas en metálico que se realizaban mensualmente a estos miembros del partido, en la que se mencionaba entre otros, expresamente, a Mariano Rajoy».

La defensa también ha solicitado que se llame al periodista Eduardo Inda porque «escuchó esa grabación» así como a los también informadores Ernesto Ekaizer y a María Luisa Bernal porque escribieron sendos libros en los que contaron la existencia de esta grabación.

Sobre la solicitud de ausentarse de todas las sesiones del juicio planteadas por algunos acusados, el fiscal señala que lo deseado es su presencia en aras del derecho de defensa, si bien este derecho no es absoluto, por lo que el Ministerio Público no se opone a una dispensa siempre que comparezcan en el momento de su declaración y al término de la vista, en el turno de última palabra.

ABOGACÍA ELIMINA DELITOS FISCALES

Por su parte, la representante de la Abogacía del Estado, Rosa María Seoane, se ha adherido a la postura de la Fiscalía respecto a la «limitación objetiva de los hechos de enjuiciamiento», para sacar de este proceso el presunto delito fiscal cometido por la formación con el impuesto de sociedades de 2008, así como el posible delito fiscal relacionado con el impuesto de sociedades de 2006 de la empresa Unifica, que realizó las obras de reforma de la sede.

«Haciendo un repaso cronológico de los matices con los que han sido interpretados estos limites de acusaciones populares para delitos de hacienda publica, debe rechazarse su legitimación», ha afirmado, en alusión a la denominada ‘doctrina Botín’, ya que ni Fiscalía ni Abogacía del Estado acusan por estos hechos concretos.